Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín Extraordinario número 22 de 30/04/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Extracto de la Orden de 23 de abril de 2020, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2020 de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, al amparo de la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015.

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BDNS (Identif): 503964.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la orden cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Se convoca para el ejercicio 2020, en régimen de concurrencia competitiva, conforme a sus bases reguladoras, la Operación 10.1.13 Mantenimiento de sistemas tradicionales de ganadería extensiva de Andalucía en rumiantes de la Medida 10: Agroambiente y Clima, con cargo a los créditos presupuestarios que a continuación se indican:

Medida Operación Ejercicio Posición presupuestaria Dotación
Medida 10: Agroambiente y Clima 10.1.13 Mantenimiento de sistemas tradicionales de ganadería extensiva de Andalucía en rumiantes 2021 1300110000/G/71F/77400/C14A101VG4 8.000.000
2022 1300110000/G/71F/77400/C14A101VG4 8.000.000
2023 1300110000/G/71F/77400/C14A101VG4 8.000.000
2024 1300110000/G/71F/77400/C14A101VG4 8.000.000
2025 1300110000/G/71F/77400/C14A101VG4 8.000.000

Segundo. Beneficiarios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la Orden de 26 de mayo de 2015, podrán ser beneficiarias de las ayudas correspondientes a la Medida 10: Agroambiente y clima, contempladas en la Orden de 26 de mayo de 2015, las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o sociedades civiles que presenten una solicitud de ayuda o de participación en el régimen de ayudas en una determinada operación, estén dispuestas a contraer de forma expresa y por el período establecido en la letra g) del artículo 3 los compromisos que para cada tipo de operación se establecen en el Anexo I de la citada orden y cumplan los siguientes requisitos:

a) Que sean titulares de las explotaciones agrarias sobre las que solicite la ayuda.

b) Que las explotaciones agrarias estén inscritas en el registro de explotaciones agrarias y forestales de Andalucía que se establezca al efecto.

c) Que reúnan las condiciones de admisibilidad que para cada una de las operaciones se establecen en el Anexo I de la citada orden.

Tercero. Objeto.

Convocar para el año 2020 las ayudas a la Operación 10.1.13 Mantenimiento de sistemas tradicionales de ganadería extensiva de Andalucía en rumiantes, de la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

Cuarto. Bases reguladoras.

Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, publicada en el BOJA núm. 102, de 29 de mayo de 2015, modificada posteriormente por las siguientes órdenes: Orden de 8 de abril de 2016 (publicada en el BOJA núm. 68, de fecha de 12 de abril de 2016), Orden de 28 de noviembre de 2016 (publicada en el BOJA núm. 232, de fecha de 2 de diciembre de 2016), Orden de 6 de abril de 2017 (publicada en el BOJA núm. 69, de fecha de 11 de abril de 2017), Orden de 16 de febrero de 2018 (publicada en el BOJA núm. 37, de fecha de 21 de febrero de 2018), y Orden de 16 de abril de 2020.

Quinto. Importe.

La dotación de cada una de las líneas se hace en el cuadro del apartado primero del presente extracto. El importe máximo por beneficiario será el obtenido como consecuencia de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 de las Ordenes de 26 de mayo de 2015. El importe del crédito presupuestario para la convocatoria 2020 asciende a un total de 40.000.000 de euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

1. La ayuda a la citada operación se solicitará a través de la solicitud única de ayudas, de conformidad con la letras a) y b) del apartado segundo del artículo 89 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

2. Para el año 2020, el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda y de las solicitudes de pago comenzará el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), y finalizará el 15 de mayo, ambos inclusive. A partir del año 2021 el plazo de presentación de las solicitudes de pago se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.

3. No obstante, los mencionados plazos de presentación de las solicitudes de ayuda y de las solicitudes de pago estarán sujetos a las modificaciones que pudieran establecerse en la normativa básica en función de las circunstancias de la campaña, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 6 de la Orden de 12 de marzo de 2015, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación de la Solicitud Única y de la solicitud de asignación de derechos de pago básico a partir del año 2015, así como disposiciones de aplicación a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía objeto de inclusión en la Solicitud Única.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados junto con la resolución de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados por la que se dispone para el año 2020 las ayudas que se incluyen en la Solicitud Única, al amparo del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, y de la Orden de 12 de marzo de 2015, así como las particularidades de la Campaña 2020, y en la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en la dirección: https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/areas/politica-agraria-comun/ayudas-pac/paginas/modelos-solicitud-unica-2020.html

Sevilla, 23 de abril de 2020.- La Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, por delegación de firma de la Consejera (Orden de 28.5.2019, BOJA núm. 106, de 5.6.2019), Ana María Corredera Quintana.

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