Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín Extraordinario número 30 de 27/05/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda, Industria y Energía

Resolución de 22 de mayo de 2020, conjunta de la Dirección General de Transformación Digital y de la Dirección General de Patrimonio, por la que se concretan los procedimientos modelados en el Sistema de información de relaciones electrónicas en materia de contratación (SiREC).

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La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, hace una apuesta decidida por la contratación electrónica de extremo a extremo, abarcando todas las fases del ciclo de un procedimiento, estableciendo los medios electrónicos como los exclusivos a los efectos de presentación de las ofertas y práctica de notificaciones y comunicaciones derivadas de los procedimientos regulados en la misma, sin perjuicio de la posibilidad de admitir otros distintos cuando concurrieran las circunstancias excepcionales previstas en la disposición adicional decimoquinta de la propia ley.

El Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), aprueba, en su artículo 40, la implantación del sistema de información de relaciones electrónicas en materia de contratación (SiREC), que garantiza la confidencialidad, integridad y no repudio de las comunicaciones, y crea el Portal de la Licitación Electrónica, como portal de los previstos en el artículo 14.3.b) del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de Administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, para la prestación de los servicios a que se refiere el sistema de información SiREC.

El artículo 41 del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, establece que los órganos de contratación de las entidades del sector público andaluz cuyos perfiles de contratante estén alojados en la Plataforma de Contratación de la Comunidad Autónoma de Andalucía gestionarán obligatoriamente las relaciones electrónicas en materia de contratación que mantengan con los operadores económicos que tengan capacidad para contratar, en el ámbito de los procedimientos de contratación modelados en el sistema de información, a través de SiREC.

Por su parte, la disposición final decimoctava del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, autoriza a las personas titulares de la Dirección General competente en materia de transformación digital y de coordinación de la contratación del sector público andaluz, en el ámbito de sus respectivas competencias, para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en ejecución de lo dispuesto en materia de contratación electrónica en el citado Decreto-ley.

En virtud de lo expuesto anteriormente, en aras del principio de seguridad jurídica y en uso de las facultades conferidas en los artículos 8 y 9 del Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía a la Dirección General de Transformación Digital y a la Dirección General de Patrimonio

RESUELVEN

Primero. Procedimientos modelados en el sistema de información de relaciones electrónicas en materia de contratación (SiREC).

Será obligatorio el uso del sistema de información de relaciones electrónicas en materia de contratación (SiREC) para los órganos de contratación de las entidades del sector público andaluz indicadas en el artículo 41.1 del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), cuyos perfiles de contratante estén alojados en la Plataforma de Contratación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la gestión de las relaciones electrónicas en materia de contratación que mantengan con los operadores económicos en el ámbito de los siguientes procedimientos de contratación que se encuentran modelados en el sistema:

a) Contratos menores cuyo valor estimado sea o igual o superior a 5.000 € en los que se promueva la concurrencia mediante invitación o publicación, siendo opcional el resto de casos.

b) Procedimiento abierto.

c) Procedimiento abierto simplificado.

d) Procedimiento abierto simplificado contemplado en el artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (Procedimiento abierto supersimplificado).

e) Contratos basados en acuerdos marco.

Asimismo, cuando para racionalizar y ordenar la adjudicación de los contratos se utilice como sistema de racionalización de la contratación los acuerdos marco también será obligatorio el uso del sistema de información de relaciones electrónicas en materia de contratación (SiREC).

No obstante lo establecido anteriormente, y de acuerdo con lo dispuesto por la disposición transitoria octava del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, cuando concurran circunstancias técnicas excepcionales debidamente motivadas y acreditadas, podrá excepcionarse la tramitación a través de SiREC de determinados procedimientos, mediante Resolución conjunta de las Direcciones Generales con competencias en materia de transformación digital y en materia de coordinación de la contratación del sector público andaluz, que serán publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.

De conformidad con lo establecido en el artículo 42.2 del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, los distintos órganos de contratación deberán indicar en el pliego de cláusulas administrativas particulares que rija para cada licitación o en el documento que haga sus veces, la obligación de utilizar el sistema de información de relaciones electrónicas en materia de contratación (SiREC) por parte de las personas licitadoras, adjudicatarias y contratistas, así como la información necesaria sobre la utilización del mismo.

Tercero. Régimen transitorio de los procedimientos de contratación en tramitación, así como para aquellas entidades que ya dispusieran de un sistema de información en materia de contratación electrónica.

Se estará a lo dispuesto en las disposiciones transitoria octava y novena del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, para determinar la obligatoriedad del uso del sistema SiREC con respecto a los expedientes de contratación iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del citado Decreto-ley, así como para las entidades que ya dispusieran de un sistema de información que gestione las relaciones electrónicas en materia de contratación y permita presentar ofertas.

Cuarto. Publicación.

La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de mayo de 2020.- La Directora General de Transformación Digital, María Gema Pérez Naranjo; la Directora General de Patrimonio, Myriam del Campo Sánchez.

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