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Mediante Orden de 10 de septiembre de 2019 se acordó avocar la competencia delegada en la persona titular de la Dirección General de Personas con Discapacidad e Inclusión, para resolver las solicitudes de actuaciones a desarrollar en varias provincias y las que sean instadas por entidades de ámbito autonómico o supraprovincial, dentro de la Línea 5 de la convocatoria de subvenciones llevada a cabo por la Orden de 13 de junio de 2019, de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
En la misma orden se delegó la citada competencia en la persona titular de la Secretaría General de Políticas Sociales y Conciliación.
Habiendo desaparecido los motivos que justificaron esta avocación, y en función de lo dispuesto en el artículo 9.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, respecto de que la delegación será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido,
DISPONGO
Primero. Revocar la competencia delegada a favor de la persona titular de la entonces Secretaría General de Políticas Sociales y Conciliación, mediante Orden de 10 de septiembre de 2019, para resolver las solicitudes de actuaciones a desarrollar en varias provincias y las que sean instadas por entidades de ámbito autonómico o supraprovincial, dentro de la Línea 5 de la convocatoria de subvenciones llevada a cabo por la Orden de 13 de junio de 2019, de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
Segundo. Delegar la citada competencia en la persona titular de la Dirección General de Personas con Discapacidad e Inclusión.
Disposición final única. La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de mayo de 2020
ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ | |
Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación |
BOJA Extraordinario nº 31 de 28/05/2020