Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín Extraordinario número 58 de 22/09/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Familias

Acuerdo de 22 de septiembre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se toma en consideración la Orden de 22 de septiembre de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en centros sociosanitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, en su artículo 10, la consecución del pleno empleo estable y de calidad en todos los sectores de la producción, con singular incidencia en la salvaguarda de la seguridad y salud laboral y la conciliación de la vida familiar y laboral. Igualmente, en su artículo 22, garantiza el derecho constitucional previsto en el artículo 43 de la Constitución Española a la protección de la salud. El artículo 36 establece la obligación de todas las personas de colaborar en situaciones de emergencia. En su artículo 55.2, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en la ordenación y la ejecución de las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los ámbitos.

La Organización Mundial de la Salud (OMS), en adelante OMS, declaró la emergencia en salud pública de importancia internacional y la pandemia global ante la situación del coronavirus COVID-19, con fechas 30 de enero y 11 de marzo de 2020, respectivamente. Hacer frente a esta emergencia requiere adoptar una serie de medidas orientadas a proteger la salud y seguridad de la ciudadanía, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.

En el ámbito autonómico, la Consejería de Salud y Familias dictó la Orden de 19 de junio de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma, que ha sido objeto de diversas modificaciones para incluir nuevas medidas. Los apartados sexto, séptimo y octavo de esta Orden establecieron las medidas preventivas generales y específicas en materia sociosanitaria para los centros residenciales, los centros de día y los centros de participación activa. Esta Orden, en distintos aspectos de los apartados referidos dedicados a los centros sociosanitarios, fue modificada por la Orden de 25 de junio de 2020, por la Orden de 13 de agosto de 2020, por la Orden de 16 de agosto de 2020 y por la Orden de 1 de septiembre de 2020.

En la actualidad la situación epidemiológica de los rebrotes que se han producido en los referidos centros sociosanitarios precisan, mediante una nueva orden, de una regulación conjunta, actualizada e independiente de la Orden de 19 de junio de 2020.

En esta nueva Orden de 22 de septiembre de 2020 se establecen las medidas generales en el desarrollo de la intervención comunitaria y especializada en el Sistema Público de Servicios Sociales. En particular, los centros residenciales, centros de día, centros ocupacionales y centros de participación activa deberán contar con un Plan de Contingencia y Actuación para la Prevención de la Epidemia por COVID-19, adaptado a la tipología de cada centro, con objeto de garantizar una respuesta eficaz y segura ante nuevos brotes epidémicos de COVID-19.

Asimismo, la orden recoge las medidas relativas a las personas usuarias de los centros, las medidas de prevención para las personas trabajadoras y las medidas preventivas relativas a los proveedores de los centros.

En esta orden se recogen las condiciones mínimas para la realización de salidas y visitas a las personas residentes, disponiendo que se suspenderán las salidas y visitas en aquellos centros donde exista al menos un caso confirmado de COVID-19 entre las personas residentes y trabajadoras hasta 28 días después de la fecha de diagnóstico del último caso, o en caso de existir un único caso, se reducirá a 14 días mínimo, así como si hay más de tres casos en sospecha hasta conocer resultado negativo de las pruebas PCR/Test rápidos (antígenos). En el resto de situaciones, las salidas y visitas de familiares a los centros residenciales estarán permitidas si la situación epidemiológica no indica una suspensión de las mismas.

En el caso de suspensión de visitas, se podrán facilitar los paseos en casos excepcionales, con fines terapéuticos para preservar la salud mental de las personas, por ejemplo, en el caso de personas con discapacidad intelectual y problemas de conducta, siempre y cuando vaya acompañada de un trabajador del centro, la duración máxima sea de una hora, el compromiso de evitar zonas con importante afluencia de personas y con las suficientes medidas de protección para garantizar la seguridad.

En cuanto a los ingresos y regresos a los centros residenciales de mayores, se realizará PCR o test rápido (antígenos) a todo nuevo ingreso o residente que regrese tras un periodo superior a 4 días fuera del centro, en las 48 horas previas a su ingreso.

Por tanto, teniendo en cuenta la situación de emergencia sanitaria declarada por la OMS y la repercusión que el contenido de la Orden tiene en la ciudadanía andaluza, se considera oportuno y conveniente que la misma sea conocida por parte del Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Salud y Familias, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de septiembre de 2020,

ACUERDA

Tomar en consideración la Orden de 22 de septiembre de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en centros sociosanitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

Úbeda, 22 de septiembre de 2020

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
Consejero de Salud y Familias
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