Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 13/04/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 3 de junio de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga, dimanante del procedimiento núm. 1030/2018. (PP. 749/2020).

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NIG: 2906742120180027307.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1030/2018. Negociado: 3.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Doña María Josefa Fernández Cabrera.

Procurador: Sr. Álvaro Ortigosa Cárdenas.

Contra: Don Arie Cornelis Van Erkel.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1030/2018 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga a instancia de María Josefa Fernández Cabrera contra don Arie Cornelis Van Erkel sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 115/2019

En Málaga, a siete de mayo de dos mil diecinueve.

Vistos por mí, doña Ana Matilla Rodero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Dieciocho de Málaga, los presentes autos de Juicio Ordinario, registrado con el número 1030/2018, y seguido entre partes de una y como demandante doña María Josefa Fernández Cabrera, representada por el Procurador don Álvaro Ortigosa Cárdenas y asistida por el Letrado don Juan Manuel López López, y de otra y como demandado don Arie Cornelis Van Erkel, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, y atendidos los siguientes

F A L L O

Que, estimando parcialmente la demanda formulada por doña María Josefa Fernández Cabrera, representada por el Procurador don Álvaro Ortigosa Cárdenas, contra don Arie Cornelis Van Erkel, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al expresado demandado a satisfacer a la actora la suma de cincuenta mil ciento setenta y cuatro euros ochenta y tres céntimos (50.171,83 euros), más los intereses de la misma, desde la fecha de la interpelación judicial hasta su completo pago, calculados al tipo de interés legal del dinero, incrementado en dos puntos a partir de la presente resolución. Ello con expresa condena del demandado al pago de las costas procesales causadas.

Modo de impugnacion: Mediante recurso de apelacion ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 de la LEC).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, exponiendo las alegaciones en que se base la impugnación, citando la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la LEC, en redacción dada por Ley 37/2011, de 10 de octubre).

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Arie Cornelis Van Erkel, extiendo y firmo la presente.

Málaga, a tres de junio de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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