Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 14/04/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Deporte

Extracto de la Resolución de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se efectúa convocatoria de subvenciones para las escuelas infantiles y centros de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, con objeto de mantener la red de centros que prestan el servicio durante el periodo de aplicación de las medidas adoptadas para la contención del COVID-19.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00171956.

BDNS: 502127

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrns) y en el presente BOJA:

Primero. Se efectúa convocatoria para que las personas físicas o jurídicas titulares de escuelas infantiles y centros de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, para el curso 2019-2020, puedan solicitar la concesión de las subvenciones reguladas en el artículo 2 del Decreto-ley 4/2020, de 20 de marzo, de medidas urgentes, en el ámbito educativo, de apoyo a escuelas-hogar y a centros de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el Coronavirus (COVID-19).

Segundo. Beneficiarios.

Las personas físicas o jurídicas titulares de escuelas infantiles y centros de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, para el curso 2019-2020, que cumplan las obligaciones exigidas en el artículo 2 del Decreto-ley 4/2020, de 20 de marzo, así como las recogidas expresamente en la convocatoria.

Tercero. Objeto.

Mantener la red de centros adheridos al Programa de ayuda que prestan el servicio para la atención del alumnado del primer ciclo de la educación infantil, durante el periodo de aplicación de las medidas adoptadas para la contención del COVID-19.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por lo establecido en el Decreto-ley 4/2020, de 20 de marzo, de medidas urgentes, en el ámbito educativo, de apoyo a escuelas-hogar y a centros de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el Coronavirus (COVID-19) (BOJA extraordinario núm. 9, de 21 de marzo de 2020), así como lo determinado expresamente en la convocatoria.

Quinto. Importe.

La cantidad total que se destinará al conjunto de las subvenciones será coincidente con la cantidad dejada de abonar por la Consejería de Educación y Deporte en el Programa de ayuda como consecuencia del cierre de los centros durante el periodo de aplicación de las medidas adoptadas para la contención del COVID-19, calculada según lo abonado a los centros en la última liquidación realizada antes de dicho periodo.

La subvención que corresponderá a cada Escuela Infantil o Centro solicitante será el resultado de multiplicar el número de matriculados en el mismo por una cantidad económica resultante de dividir la cantidad a la que se refiere el apartado anterior entre el número total de alumnos matriculados en Centros adheridos al Programa de Ayuda en la fecha de inicio de las medidas adoptadas para la contención del COVID-19. En ese sentido la cuantía económica por alumno matriculado queda establecida en 180,20 € por mes, o bien en 45,05 € por semana completa según corresponda en cada caso, durante el periodo de aplicación de las medidas adoptadas para la contención del COVID-19 y que en el caso de esta convocatoria se ha estimado por un plazo máximo de tres meses y dos semanas completas.

Las ayudas se financiarán con créditos del presupuesto de explotación de la Agencia Pública Andaluza de Educación y se harán efectivas con cargo a la siguiente partida presupuestaria, por la cuantía máxima y con los compromisos de gasto de carácter anual, conforme a la distribución siguiente:

ANUALIDAD PARTIDA PRESUPUESTARIA CUANTÍA MÁXIMA
2020 440.69 54.230.114,85 €

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Camas, la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, Manuel Cortés Romero.

Descargar PDF