Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 14/04/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 3 de abril de 2020, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se modifica la época de veda para la captura de coquina (Donax trunculus) en el litoral Atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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La Orden de 22 de febrero de 2018, por la que se establecen las tallas mínimas de captura y épocas de veda para los moluscos bivalvos y gasterópodos, de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, establece en su anexo las tallas mínimas de captura y épocas de veda para los moluscos bivalvos y gasterópodos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La veda para esta especie en el Golfo de Cádiz queda establecida durante los meses de mayo y junio, de acuerdo con la citada orden.

Durante la campaña 2019-2020 han sido numerosos los episodios de cierre por motivos higiénico-sanitarios de las zonas de producción del litoral atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y, en consecuencia, se han reducido considerablemente el número total de días hábiles para el ejercicio del marisqueo en estas zonas.

La coquina (Donax trunculus) es un molusco bivalvo que se captura en aguas del litoral del Golfo de Cádiz fundamentalmente por mariscadores a pie, los cuales, dada su limitada capacidad extractiva y que se dedican exclusivamente a la recolección de esta especie, se ven muy afectados por los episodios de cierre que afectan de forma periódica a las zonas de producción de moluscos.

Durante la situación de estado de alarma declarado por el gobierno de acuerdo con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, las ventas de coquina en los mercados se han visto mermadas considerablemente, debido al estado de confinamiento de las personas.

Las diferentes asociaciones de mariscadores profesionales han trasladado a esta Dirección General la solicitud de modificar el periodo de veda de esta especie para este año 2020, adelantando dicho periodo 15 días, todo ello con objeto de minimizar el impacto socio-económico que los episodios de cierre han tenido durante esta campaña y la reducción de ventas provocadas por el estado de alarma durante la crisis sanitaria del COVID-19.

El artículo 3.2 de la Orden de 22 de febrero de 2018 faculta a la persona titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura para adaptar los periodos de veda establecidos en el anexo de la referida orden en caso de que el estado de los recursos lo permita o lo recomiende y, previo asesoramiento científico, siempre que los periodos resultantes estén dentro del periodo de máxima emisión de gametos de cada especie. La habilitación del periodo de veda establecido solo podrá realizarse cuando además de cumplir con los requisitos establecidos se cumpla que el periodo de veda anual resultante no sea inferior a 2 meses y que dicho periodo no contenga períodos inferiores a un mes.

En consecuencia, para llevar a cabo la presente modificación se ha tenido en cuenta el asesoramiento científico realizado por el Instituto Español de Oceanografía en su informe de mayo de 2018, así como el resto de información científica existente sobre el período de emisión de gametos del ciclo reproductivo de la especie coquina (Donax trunculus). En dicho informe, se constata que el periodo de puesta de esta especie tiene lugar en primavera, con un periodo de emisión de gametos situado entre los meses de marzo a julio, pero que dicho periodo reproductivo esta estrechamente ligado a las variables ambientales.

Considerando las competencias que esta Dirección General tiene atribuidas de acuerdo con el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, y en uso de las facultades conferidas en la citada Orden de 22 de febrero de 2018,

RESUELVO

Primero. Modificar, para el año 2020, el periodo de veda para la captura de la especie coquina (Donax trunculus) en el litoral Atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía, estableciendo el mismo, en el periodo comprendido:

Del 16 de abril al 14 de junio, ambos inclusive.

Segundo. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será sancionado de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de abril de 2020.- El Director General, José Manuel Martínez Malia

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