Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 19/05/2020

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Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 12 de mayo de 2020, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se hace pública la relación de residencias escolares de titularidad de la Administración de la Junta de Andalucía en las que se va a llevar a cabo el procedimiento de selección de Directoras y Directores, así como el calendario de dicho procedimiento.

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Ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el Gobierno de España declaró, mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el estado de alarma en todo el territorio nacional. Esta situación se ha prorrogado mediante el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por quince días más, por el Real Decreto 487/2020, de 10 de abril, hasta el 26 de abril de 2020, por el Real Decreto 492/2020, de 24 de abril, hasta el 10 de mayo de 2020, y por el Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, hasta el 24 de mayo, en las mismas condiciones previstas en el real decreto inicial.

La disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en su redacción dada por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, se refiere a la suspensión de plazos administrativos, disponiendo la suspensión de términos y plazos para la tramitación de los expedientes de todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, la propia disposición prevé que las entidades del sector público acuerden, motivadamente, la continuación de aquellos procedimientos administrativos referidos a la situación estrechamente vinculados a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.

La suspensión de los plazos administrativos establecida por el citado Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus sucesivas prórrogas, supone que el procedimiento de selección de directores de residencias escolares y su resolución pueda sufrir un retraso considerable si no se procede a su inicio con arreglo a lo dispuesto en la Orden de 23 de abril de 2013, por la que se regula el procedimiento de selección de directoras y directores de residencias escolares de titularidad de la Administración de la Junta de Andalucía.

Con fecha 11 de mayo de 2020, se ha publicado el Decreto-ley 12/2020, de 11 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes y extraordinarias relativas a la seguridad en las playas, medidas administrativas en el ámbito educativo, y otras medidas complementarias ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19). En el ámbito educativo se establece que determinados procedimientos, entre los que se encuentra el de selección de directores y directoras de residencias escolares de titularidad de la Administración de la Junta de Andalucía, se consideran indispensables para la correcta prestación del servicio educativo que tiene la consideración de un servicio esencial de interés general.

Por ello, se considera indispensable para el funcionamiento básico del servicio educativo la continuación o, en su caso, el inicio de los procedimientos relativos a la selección del profesorado y a la provisión de los puestos de trabajo docentes para el curso escolar 2020/2021. A tales efectos, el citado decreto-ley dispone que se inicien o, en su caso, se continúe con la tramitación de los mismos.

El Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 54/2012, de 6 de marzo, establece en su artículo 74.2 que la persona titular de la dirección de las residencias escolares será nombrada, por concurso de méritos, por la persona titular de la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación, previa convocatoria pública.

El artículo 2.1 de la Orden de 23 de abril de 2013, por la que se regula el procedimiento de selección de Directoras y Directores de Residencias Escolares, en la redacción dada por la Orden de 31 de julio de 2014, establece que «la persona titular de la Dirección General competente en materia de Recursos Humanos determinará mediante resolución las residencias escolares en las que se ha de llevar a cabo el procedimiento regulado en la presente orden, al producirse en ellas alguno de los supuestos previstos en el artículo 74 del Reglamento aprobado por el Decreto 54/2012, de 6 de marzo.»

Asimismo, el referido artículo 2 establece que dicha resolución «se publicará cada año en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en ella se procederá a la convocatoria del concurso de méritos para la selección y nombramiento de la persona titular de la dirección de las residencias escolares.»

En cumplimiento de lo regulado en la Orden citada de 23 de abril de 2013, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero. Convocar concurso de méritos para la selección y nombramiento de directoras y directores de las residencias escolares de Andalucía que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, al producirse en ellas algunos de los supuestos previstos en el artículo 74.4 del Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 54/2012, de 6 de marzo.

Segundo. Ámbito personal de la convocatoria.

Podrá presentar solicitud de participación en la presente convocatoria el personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Junta de Andalucía, en servicio activo, de cualquier cuerpo docente, con al menos cinco años de antigüedad. Este requisito lo aportará de oficio la Administración.

Tercero. Solicitudes y documentación.

1. El personal aspirante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud siguiendo el formulario establecido al efecto en el portal docente de la Consejería de Educación y Deporte (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente), de acuerdo con las instrucciones que en el mismo se incluyan. Para el acceso a dicho formulario será necesaria la autenticación previa mediante certificado digital o usuario IdEA.

Una vez cumplimentadas las solicitudes en la forma referida, deberán teletramitarse, mediante los distintos medios de firma electrónica que disponga el formulario.

2. A las solicitudes habrá de adjuntarse la documentación que se relaciona, que se insertará en formato pdf unido a la solicitud telemática.

a) Proyecto de dirección conforme a lo recogido en el Anexo II de la Orden de 23 de abril de 2013 (BOJA del 6 de mayo), adaptado a la residencia escolar a cuya dirección se opta.

b) Documentación acreditativa de cuantos méritos académicos y profesionales se aleguen para su valoración, de acuerdo con lo recogido en el Anexo III de la citada Orden de 23 de abril de 2013.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.

El personal interesado presentará, en la forma establecida en el punto anterior, las solicitudes en el plazo comprendido entre los días 22 de mayo al 2 de junio de 2020.

Quinto. Procedimiento.

El procedimiento de selección de directoras y directores será el establecido en la mencionada Orden de 23 de abril de 2013, con las modificaciones introducidas por la Orden de 31 de julio de 2014, y se atendrá al calendario que figura como Anexo II de esta resolución.

Sexto. Admisión de solicitudes.

Las Comisiones Provinciales de Selección publicarán, en el portal web de la Delegación Territorial correspondiente, las relaciones provisionales y definitivas de candidaturas admitidas y excluidas, en su caso, con expresión de las causas de exclusión, en los plazos a que se refiere el calendario que figura como Anexo II de esta resolución.

La publicación de las referidas resoluciones servirá de notificación a las personas interesadas, conforme a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Séptimo. Valoración de las candidaturas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 23 de abril de 2013, citada, corresponde a las Comisiones Provinciales de Selección la valoración del proyecto de dirección y de los méritos aportados por la distintas candidaturas.

Las citadas Comisiones Provinciales publicarán en el portal web de las Delegaciones Territoriales correspondientes, en las fechas establecidas en el Anexo II de esta Resolución, las relaciones provisionales y definitivas de las referidas valoraciones, en las que constarán las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados, así como las puntuaciones totales, ordenadas, en su caso, de mayor a menor.

Octavo. Resoluciones provisional y definitiva de la convocatoria.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Orden de 23 de abril de 2013, según redacción dada por la Orden de 31 de julio de 2014, las Comisiones Provinciales de Selección elevarán a las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Educación las propuestas de nombramiento de directores o directoras para las respectivas Residencias Escolares.

A la vista de dichas propuestas, las personas titulares de los citados centros directivos procederán a efectuar los nombramientos de las personas propuestas, mediante Resolución que se publicará en las páginas web de las Delegaciones Territoriales correspondientes. Asimismo, y a efectos meramente informativos, las Resoluciones se remitirán a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos (Coordinación de Gestión de Recursos Humanos) para que se proceda a la publicación de las mismas en el portal web de la Consejería de Educación y Deporte.

Todo ello se llevará a cabo con estricta sujeción a las fechas que figuran en el calendario del Anexo II.

Noveno. Recursos procedentes.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de mayo de 2020.- El Director General, Juan Carlos Aunión Ruiz.

ANEXO I

PROVINCIA CÓDIGO DENOMINACIÓN LOCALIDAD
CÓRDOBA 14003009 R.E. La Aduana CÓRDOBA
CÓRDOBA 14004609 R.E. Miguel Álvarez de Sotomayor LUCENA

ANEXO II

CALENDARIO DE PROCEDIMIENTOS DEL CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA SELECCIÓN DE DIRECTORAS Y DIRECTORES DE CENTROS DOCENTES PÚBLICOS

Presentación de candidaturas Del 22 de mayo al 2 de junio
Constitución de las Comisiones Provinciales de Selección 27 y 28 de mayo
Publicación de relaciones provisionales de candidaturas admitidas y excluidas 8 de junio
Plazo de alegaciones Del 9 de junio al 15 de junio
Publicación de relaciones definitivas de candidaturas admitidas y excluidas 16 de junio
Publicación de relaciones provisionales de las candidaturas valoradas 17 de junio
Plazo de alegaciones Del 18 al 24 de junio
Publicación de relaciones definitivas de las candidaturas valoradas y propuestas de nombramientos 25 de junio
Resoluciones de los nombramientos 26 de junio
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