Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 03/06/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 17 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Sevilla, dimanante de autos núm. 2054/2019. (PP. 1699/2021).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00192734.

NIG: 4109142120190072966.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 2054/2019. Negociado: 1B.

Sobre: Posesión (arts. 430-466 CC).

De: Coral Homes, S.L.U.

Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.

Contra: Ignorados ocupantes Valdelarco, número 4, piso 2, puerta D (puerta izquierda) de Sevilla.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 2054/2019, seguido a instancia de Coral Homes, S.L.U., frente a contra ignorados ocupantes Valdelarco, número 4, piso 2, puerta D (puerta izquierda) de Sevilla y Alba Aguilar Sánchez se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

En Sevilla, a 25 de febrero de 2021; don Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de Juicio verbal de desahucio seguidos ante este Juzgado bajo el núm. 2054/19, siendo partes en el mismo como demandante, Coral Homes S.L.U., representada por el Procurador Sr. Gordillo Alcalá y asistida por el Letrado Sr. Hernández-Carrillo Fuentes Saerrano Meleor; y como demandados, los ignorados ocupantes,declarados en rebeldía, y doña Alba y don Calin Aguilar Sánchez, representados por la Procuradora Sra. Peña Camino y asistidos por la Letrada Sra. Jiménez Pérez en ejercicio de acción de recuperación de finca urbana.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Gordillo Alcalá en representación acreditada de Coral Homes, S.L.U., contra los ignorados ocupantes y doña Alba y don Calin Aguilar Sánchez, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de los demandados como ocupantes de la vivienda sita en Sevilla, calle Valdelarco, núm. 4, piso 2, puerta D (puerta izquierda), y como consecuencia de ello se condena a los demandados a estar y pasar por dicha declaración e igualmente a desalojar y dejar libre y a la entera disposición de la actora el citado piso, con el apercibimiento que de no verificarlo en el plazo de ley, se procederá al lanzamiento judicial; y todo ello con expresa imposición de costas a los demandados.

Y encontrándose dicho demandado, ignorados ocupantes Valdelarco, número 4, piso 2, puerta D (puerta izquierda) de Sevilla, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a diecisiete de mayo de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF