Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 07/06/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Deporte

Decreto 172/2021, de 1 de junio, por el que se modifica la red de centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta en materia de enseñanza no universitaria la competencia exclusiva en la programación y creación de centros públicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 52.1 del Estatuto de Autonomía de Andalucía.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula el conjunto de enseñanzas del sistema educativo a excepción de la enseñanza universitaria.

Por otro lado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.4 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, los poderes públicos garantizarán el ejercicio del derecho a la educación mediante la programación general de la enseñanza.

Para atender la demanda de puestos escolares y propiciar la adecuación de la actual red de centros docentes a las exigencias marcadas por las mencionadas leyes, la Consejería de Educación y Deporte ha propuesto la modificación de la red de centros docentes públicos para el curso escolar 2021/22.

Con esta actuación se persigue una profundización en el ejercicio del derecho a la educación de los ciudadanos y ciudadanas andaluces, propiciando un incremento en las tasas de escolarización, al tiempo que se consigue la adaptación progresiva de la red de centros docentes públicos no universitarios a las necesidades derivadas de la aplicación de la ordenación del sistema educativo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en el artículo 16 del Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial, aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio, y en el artículo 18 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por el Decreto 327/2010, de 13 de julio, la creación y supresión de estos centros docentes públicos corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

Por otra parte, la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, establece en su artículo 14, referido a la enseñanza no universitaria, que el principio de igualdad entre mujeres y hombres inspirará el sistema educativo andaluz y el conjunto de políticas que desarrolle la Administración educativa. Esta norma contempla la integración transversal del principio de igualdad de género en la educación.

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Consejería de Educación y Deporte, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno del día 1 de junio de 2021,

DISPONGO

Artículo 1. Creación de Centros.

1. Se crea el Colegio de Educación Infantil y Primaria, código 04010991, en la localidad de Viator (Almería).

2. Se crea el Instituto de Educación Secundaria, código 29016264, por transformación de la Sección de Educación Secundaria Obligatoria, código 29016264, de Málaga capital.

Artículo 2. Integración de centros.

1. Se crea el Colegio de Educación Infantil y Primaria, código 29020176, por integración del Colegio de Educación Infantil y Primaria «Guadaljaire», código 29011370, y del Colegio de Educación Infantil y Primaria «Francisco de Goya», código 29601598, todos ellos de la localidad de Málaga capital.

2. La Escuela Infantil «Historiador Jesús de Haro», código 23002668, se integra en el Colegio de Educación Primaria «Diecinueve de Julio», código 23000921, convirtiéndose este en un Colegio de Educación Infantil y Primaria, todos ellos de la localidad de Bailén (Jaén).

Artículo 3. Desglose de centros.

El Colegio de Educación Infantil y Primaria «Miguel Hernández», código 29009636, se desglosa en una Escuela Infantil, código 29020188, convirtiéndose aquel en Colegio de Educación Primaria, código 29009636, todos ellos de la localidad de Arroyo de la Miel-Benalmádena (Málaga).

Artículo 4. Supresión de Centros de Educación Infantil y Primaria.

Se suprimen los centros de educación infantil y primaria que se relacionan en el anexo del presente decreto.

Disposición adicional única. Inscripción en el Registro de Centros Docentes.

Del contenido del presente decreto se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes, mediante las correspondientes anotaciones.

Disposición final primera. Ejecución.

Se autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución de lo establecido en el presente decreto.

Disposición final segunda. Efectos.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectos académicos y administrativos desde el curso escolar 2021/22.

Sevilla, 1 de junio de 2021

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte

ANEXO

SUPRESIÓN DE CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA

• Colegio de Educación Primaria «Jesús Redentor», código 04000705, de Almería.

• Centro de Convenio «Institución Provincial Gaditana», código 11001373, de Cádiz.

• Colegio de Educación Infantil y Primaria «Quercus», código 14600991, de Venta del Charco, Cardeña (Córdoba).

• Colegio de Educación Infantil y Primaria «Lucano», código 14001633, de Córdoba.

• Colegio de Educación Infantil y Primaria «Muñoz Garnica», código 23004951, de Jaén.

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