Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 07/06/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 3 de febrero de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Málaga, dimanante de autos núm. 252/2020. (PP. 1796/2021).

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NIG: 2906742120200005134.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 252/2020. Negociado: 2.

Sobre: Obligaciones: Otras cuestiones.

De: Caixabank, S.A.

Procuradora: Sra. Elena Medina Cuadros.

Letrado: Sr. Rafael Miguel Sánchez.

Contra: Cardoso Cars, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 252/2020 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Málaga a instancia de Caixabank, S.A., contra Cardoso Cars, S.L., sobre Obligaciones: otras cuestiones, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 7

En Málaga, a quince de enero de dos mil veintiuno.

La Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Diecinueve de Málaga, doña Consuelo Fuentes García, en nombre de S.M. el Rey, ha visto y examinado los presentes autos de Juicio Verbal núm. 252/20, seguidos a instancia del Procurador de los Tribunales doña Elena Medina Cuadros, en nombre y representación de la entidad Caixabank, S.A., asistido del Letrado don Rafael Miguel Sánchez, contra la entidad Cardoso Cars, S.L., en rebeldía, versando el juicio sobre obligación de hacer.

Que estimando la demandaformulada por el Procurador de los Tribunales doña Elena Medina Cuadros, en nombre y representación de la entidad Caixabank, S.A., asistido del Letrado don Rafael Miguel Sánchez, contra la entidad Cardoso Cars, S.L., en rebeldía, debo declarar y declaro resuelto el contrato suscrito entre las partes en fecha 9 de marzo de 2018, debiendo la citada entidad demandada entregar a la actora de manera inmediata el camión cabeza tractora marca Scania R450 a4x2na, matrícula 7673 KKC, con número de bastidor 9232512 que fue cedida en arrendamiento. Con condena en costas a la parte demandada.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Cardoso Cars, S.L., extiendo y firmo la presente en Málaga, a tres de febrero de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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