Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 19/01/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 25 de noviembre de 2020, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado extranjero «St. George’s British School of Sevilla» de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), autorizado conforme al sistema educativo británico para alumnado español y extranjero. (PP. 3017/2020).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Miguel Ángel Garrán Barea, como representante de la entidad «British Education Management, S.L.», titular del centro docente privado extranjero St. George’s British School of Sevilla, autorizado conforme al sistema educativo británico para alumnado español y extranjero, con domicilio en Ctra. Sevilla-Huelva, km 567,5, de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), por el que solicita la modificación de la autorización administrativa de dicho centro por cambio de denominación específica, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Resultando que el citado centro, con código 41019177, tiene autorización para impartir las enseñanzas del sistema educativo británico para alumnado español y extranjero, para un total de 750 puestos escolares desde Nursery (2-3 años) hasta Year 13 (17-18 años).

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización administrativa solicitada al centro docente privado extranjero St. George’s British School of Sevilla», autorizado conforme al sistema educativo británico para alumnado español y extranjero, con código 41019177 y domicilio en Ctra. Sevilla-Huelva, km 567,5, de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), cuyo titular es la entidad «British Education Management, S.L., por cambio de denominación específica, que, como consecuencia de ello, pasa a denominarse International School Andalucía, quedando con la configuración de enseñanzas que se recoge en el resultando anterior.

Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el art. 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 25 de noviembre de 2020

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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