Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 10/06/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Sevilla, dimanante de autos núm. 1360/2016. (PP. 1748/2021).

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NIG: 4109142C20160044685.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1360/2016. Negociado: 2S.

Sobre: Cantidades de renta adeudadas.

De: Buildingcenter, S.A.U.

Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.

Letrada: Sra. Juana Inmaculada Serrano Melero.

Contra: Don Miguel Ángel Anta Clavijo.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1360/2016 seguido a instancia de Buildingcenter, S.A.U., frente a Miguel Ángel Anta Clavijo se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

«SENTENCIA NÚM. 116/2020

En Sevilla, a quince de junio de dos mil veinte.

Doña M. Pilar Sánchez Castaño, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Sevilla, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal, seguidos al número 1.360/2016, a instancia Buildingcenter, S.A.U., representada por el Procurador Sr. Gordillo Alcalá y asistidos de la letrada Sra. Serrano Melero contra don Ángel Anta Clavijo, declarado en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, ha dictado la presente resolución a partir de los siguientes:

FALLO

Que estimando la demanda presentada por el Procurador Sr. Gordillo Alcalá, en nombre y representación de Buildingcenter, S.A.U., contra don Ángel Anta Clavijo, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la suma de once mil doscientos dieciocho euros con sesenta y un céntimos de euro (11.218,61), más los intereses legales y al pago de las costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la misma, debiendo exponerse en la interposición las alegaciones en que base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe.»

Y encontrándose dicho demandado, Ángel Anta Clavijo, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a dieciocho de mayo de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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