Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 15/06/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de Sevilla, dimanante de autos núm. 1814/2019. (PP. 1776/2021).

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NIG: 4109142120190070130.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1814/2019. Negociado: 5G.

Sobre: Posesión (Arts. 430-466 CC).

De: Buildingcenter, SAU.

Procurador Sr.: Mauricio Gordillo Alcalá.

Contra: Ignorados ocupantes Doctor Madrazo Osuna, núm. 29, portal 6, 4.ª C, y Francisco Rodríguez Gallardo.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1814/2019 seguido a instancia de Buildingcenter, SAU, frente a ignorados ocupantes Doctor Madrazo Osuna, núm. 29, portal 6, 4.ª C, y Francisco Rodríguez Gallardo, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«SENTENCIA NÚM. 66/2021

Juez que la dicta: Don José Luque Teruel.

En Sevilla, a diecisiete de febrero de dos mil veintiuno.

Vistos por don José Luque Teruel, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Veintisiete de los de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal sobre desahucio de finca urbana por precario, registrados con el número 1814/2019; en el que han sido partes Buildingcenter, S.A.U., representada por el Procurador don Mauricio Gordillo Alcalá, y asistida por el Letrado don Manuel Domínguez Platas; y como demandados, don Francisco Rodríguez Gallardo y los ignorados ocupantes del inmueble situado en la calle Doctor Madrazo Osuna, núm. 29, portal 6, planta 4.ª, puerta C, finca registral 914 (antes 35858), del Registro de la Propiedad núm. Catorce de Sevilla.»

«FALLO

Se estima la demanda interpuesta por la representación procesal de Buildingcenter, S.A.U., condenándose a don Francisco Rodríguez Gallardo y los ignorados ocupantes del Inmueble situado en la calle Doctor Madrazo Osuna, núm. 29, portal 6, planta 4.ª, puerta C,  de Sevilla, a dejarla libre, expedita, y a disposición del demandante, con apercibimiento de lanzamiento en caso de que no abandonen dicho inmueble, y con condena en costas.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en los términos previstos por la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; doy fe.»

Y encontrándose dicho demandado, ignorados ocupantes Doctor Madrazo Osuna, núm. 29, portal 6, 4.ª C, y Francisco Rodríguez Gallardo, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a veintiuno de mayo de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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