Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 16/06/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 21 de mayo de 2021, por la que se modifica la autorización administrativa del centro autorizado de enseñanzas artísticas elementales de danza «Solange Janssens» de Almuñécar (Granada). (PP. 1919/2021).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Solange Janssens Domínguez, como titular del centro autorizado de enseñanzas artísticas elementales de danza «Solange Janssens» de Almuñécar (Granada), por el que solicita modificar la autorización administrativa del mismo, por ampliación a las enseñanzas profesionales de danza, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 193/1997, de 29 de julio.

Resultando que el centro autorizado de enseñanzas artísticas elementales de danza «Solange Janssens», con código 18015201 y domicilio en C/ Pago del Prado, Edif. Rosa María, de Almuñécar (Granada), tiene autorización para impartir enseñanzas elementales básicas de danza para 60 puestos escolares.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la entonces Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Granada y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Cómun de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; el Decreto 16/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de danza en Andalucía; el Decreto 240/2007, de 4 de septiembre (BOJA del 14),  por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas profesionales de danza en Andalucía, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización administrativa solicitada al centro autorizado de enseñanzas artísticas elementales de danza «Solange Janssens», con código 18015201 y domicilio en C/ Pago del Prado, Edif. Rosa María, de Almuñécar (Granada), del que es titular doña Solange Janssens Domínguez, lo que ha dado lugar a una nueva autorización, quedando configurado como un centro autorizado de enseñanzas artísticas profesionales de danza, con las siguientes enseñanzas para un total de 150 puestos escolares:

- Enseñanzas elementales básicas de danza: 60 puestos escolares en turno de tarde.

- Enseñanzas profesionales de danza en la especialidad de Danza contemporánea: 90 puestos escolares en turno de mañana y tarde.

Segundo. El centro autorizado de enseñanzas artísticas profesionales de danza «Solange Janssens» no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. El centro queda adscrito a efectos administrativos al Conservatorio Profesional de Danza «Reina Sofía» de Granada, con código 18700189.

Cuarto. La persona titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Granada la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Sexto. El centro autorizado queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 21 de mayo de 2021

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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