Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 17/06/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 10 de junio de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se hace público el género menos representativo para la escolarización de la formación profesional básica de aplicación como criterio de desempate en la admisión de estas enseñanzas para el curso 2021/22 en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.

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La Orden de 8 de noviembre de 2016, por la que se regulan las enseñanzas de Formación Profesional Básica en Andalucía, los criterios y el procedimiento de admisión a las mismas y se desarrollan los currículos de veintiséis títulos profesionales básicos, establece en su artículo 39, que en caso de que, tras la aplicación de los criterios de admisión existiera empate entre dos o más personas solicitantes por una plaza escolar, dicho empate se dirimirá aplicando entre otros criterios el género menos representativo de cada ciclo de formación profesional básica.

El mencionado criterio referido al género menos representativo tiene por objeto lograr la equidad de género en el alumnado que cursa las enseñanzas de formación profesional básica en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Andalucía. A estos efectos, el género menos representativo es aquel que menos figura en cada ciclo formativo y curso de especialización, considerando como tal aquel que suponga una representación menor al 40% del alumnado matriculado en el curso escolar inmediatamente anterior.

De este modo, y en virtud de lo establecido en el artículo 11 del Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, la Dirección General de Formación Profesional

RESUELVE

Primero. De conformidad con el artículo 39.3 de Orden de 8 de noviembre de 2016, por la que se regulan las enseñanzas de Formación Profesional Básica en Andalucía, los criterios y el procedimiento de admisión a las mismas y se desarrollan los currículos de veintiséis títulos profesionales básicos, y al objeto de lograr la equidad de género en el alumnado que cursa estas enseñanzas, se publica la relación de ciclos de formación profesional básica que en el curso escolar 2020/21 han tenido una matriculación dispar en cuestión de género que se incorpora como anexo en la presente resolución. Asimismo, se hace constar que los ciclos formativos y los cursos de especialización que no aparecen en esta relación tienen un estado de matriculación situado entre el 40% y el 60% en cuestión de género.

Anexo I: Género menos representativo en ciclos de formación profesional básica, curso escolar 2020/21.

Segundo. La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de junio de 2021.- La Directora General, María Victoria Oliver Vargas.

ANEXO I

Género menos representativo en ciclos de formación profesional básica,

curso escolar 2020/21

Formación profesional básica Género menos representativo
Actividades Agropecuarias Mujer
Agrojardinería y Composiciones Florales Mujer
Alojamiento y Lavandería Hombre
Aprovechamientos Forestales Mujer
Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel Mujer
Artes Gráficas Hombre
Carpintería y Mueble Mujer
Electricidad y Electrónica Mujer
Fabricación de Elementos Metálicos Mujer
Fabricación y Montaje Mujer
Industrias Alimentarias Mujer
Informática de Oficina Mujer
Informática y Comunicaciones Mujer
Mantenimiento de Embarcaciones Deportivas y de Recreo Mujer
Mantenimiento de Vehículos Mujer
Peluquería y Estética Hombre
Reforma y Mantenimiento de Edificios Mujer
Tapicería y Cortinaje Mujer
Vidriería y Alfarería Mujer
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