Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 18/06/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Sevilla, dimanante de autos núm. 1489/2019. (PP. 1848/2021).

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NIG: 4109142120190056442.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1489/2019. Negociado: 2.

Sobre: Obligaciones: otras cuestiones.

De: Banco Santander, S.A.

Procuradora Sra.: Elena Medina Cuadros.

Contra: Cool Booking Flats, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1489/2019 seguido a instancia de Banco Santander, S.A., frente a Cool Booking Flats, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 245/2020

En la ciudad de Sevilla. a 26 de noviembre de 2020.

Vistos por mí, Yolanda Sánchez Gucema, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez, los autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado y registrados bajo el número 1489 del año 2019, a instancia de doña Elena María Medina Cuadros, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de la entidad Banco de Santander, S.A., bajo la dirección letrada de la abogada doña Amelia María Medina Cuadros, colegiada núm. 5.834, contra Cool Booking Flats, S.L., en situación procesal de rebeldía, y atendiendo a los siguientes,

Estimo íntegramente la demanda interpuesta a instancia de doña Elena María Medina Cuadros, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de la entidad Banco de Santander, S.A., bajo la dirección letrada de la abogada doña Amelia María Medina Cuadros, colegiada núm. 5.834, y condeno a Cool Booking Flats, S.L.

a) A la restitución, a la actora de la posesión del bien objeto del contrato de arrendamiento incumplido.

- Todo terreno homologado Jaguar F-Pace 2.0L 14D RWD Manual Prestige código identificativo JAGF-P0019 A2608Z (FC-10102016).

b) A abonar al actor la cantidad de catorce mil setecientos setenta y un euros con sesenta y un céntimos de euro (14.771.61 €), más los intereses de demora que se devenguen hasta el completo pago de la deuda en la forma convenida en el contrato incumplido.

c) A abonar al actor la indemnización por retraso pactada en la cláusula 9.3 (cantidad por cada día de retraso en la devolución del bien equivalente al resultado de prorratear por días el importe de una cuota incrementada en un 25%).

d) A abonar las costas de este procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC).

Y encontrándose dicho demandado, Cool Booking Flats, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a once de mayo de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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