Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 22/06/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 10 de junio de 2021, de la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Almería, por la que se acuerda la tramitación de urgencia de los procedimientos de recursos y reclamaciones contra los listados de alumnado admitido y no admitido en los centros sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2021/2022.

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En virtud de lo dispuesto en el artículo 48 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, así como, en la Orden de 20 de febrero de 2020, por !a que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado de centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, ambas modificadas por el Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero, por el que se modifican, con carácter urgente, la normativa de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía y otras disposiciones normativas, en relación a la tramitación de los expedientes sobre recursos/reclamaciones en el procedimiento ordinario contra los listados de alumnos y alumnas admitidos y no admitidos en los diferentes centros sostenidos con fondos públicos del ámbito competencial de la misma.

Esta Delegación Territorial de Educación y Deporte en Almería

HA RESUELTO

Primero y único. En virtud de lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la tramitación de urgencia en los procedimientos de recursos/reclamaciones contra los listados de alumnos y alumnas admitidos y no admitidos en los centros sostenidos con fondos públicos de Almería y provincia, para el curso escolar 2021/2022, habida cuenta que en el presente supuesto concurren razones de interés público, dicha tramitación ha de practicarse con la máxima celeridad.

Toda vez, que en el artículo 48.3 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, modificado por el Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero, establece que los citados recursos y reclamaciones deberán resolverse y notificarse a las personas interesadas en el plazo máximo de tres meses desde su interposición, debiendo, en todo caso, quedar garantizada la adecuada escolarización del alumno o alumna. Para dictar la citada resolución, es necesario, entre otros trámites, solicitar informes a otras Administraciones Públicas.

En consecuencia, se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Contra el presente acuerdo no cabrá recurso alguno, a tenor de lo preceptuado en el apartado 2, del artículo 33, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.

Almería, 10 de junio de 2021.- El Delegado, Antonio José Jiménez Rosales.

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