Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 25/06/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades

Resolución de 16 de junio de 2021, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se delega la competencia para dictar el acuerdo de inicio y la resolución de los expedientes sancionadores por la comisión de las infracciones leves y graves en materia de control metrológico.

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La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta las competencias ejecutivas en materia de control, metrología y contraste de metales conforme al artículo 58.4.4.º de su Estatuto de Autonomía. Y, conforme al artículo 8 del Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el artículo 6.1.j) del Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, se asignan a la Secretaría General de Industria y Minas las competencias en el control metrológico y la verificación y el control en la fabricación y contraste de metales preciosos.

Por otra parte, en el artículo 25 de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, se indica que cuando las infracciones se cometan en lugares del territorio nacional donde no han sido transferidas a la correspondiente Comunidad Autónoma las competencias ejecutivas en materia de metrología, la imposición de las sanciones por la comisión de las infracciones leves y graves previstas en la citada ley corresponderá al titular de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa. No habiéndose regulado a nivel autonómico andaluz los órganos competentes para la imposición de las sanciones en materia de control metrológico, se aplicaría supletoriamente y por analogía lo previsto en la legislación estatal. De manera que la imposición de las citadas sanciones corresponden, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, a la Secretaría General de Industria y Minas.

Razones de eficacia y agilidad en la tramitación y resolución de los expedientes, exigibles a la actuación de los órganos y unidades administrativas, en consonancia con criterios de buena administración, hacen necesario delegar la competencia para la imposición de sanciones leves y graves en materia de control metrológico en las Delegaciones Territoriales.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 27 y 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, esta Secretaría General de Industria y Minas

RESUELVE

Primero. Delegación de competencias sancionadoras en materia de control metrológico.

Se delega en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de control metrológico la competencia para dictar el acuerdo de inicio y la resolución de los expedientes sancionadores por la comisión de las infracciones leves y graves, previstas en los artículos 22.1 y 22.2 de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.

Segundo. Ejercicio de las competencias delegadas.

Las competencias delegadas mediante la presente resolución serán ejercidas con arreglo a las normas de general aplicación y a las circulares, instrucciones y órdenes de servicio que pudiera dictar esta Secretaría General.

En los actos, resoluciones y acuerdos que se adopten en virtud de esta delegación, se hará constar expresamente tal circunstancia, con mención al órgano delegante, a la fecha de dictado de la presente resolución y a la de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Fecha de aplicación.

La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de junio de 2021.- El Secretario General, Cristóbal Sánchez Morales.

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