Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 30/06/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 28 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de Sevilla, dimanante de autos núm. 1070/2019. (PP. 1897/2021).

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NIG: 4109142120190042585.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1070/2019. Negociado: 3G.

Sobre: Cumplimiento.

De: Doña Carmen Ramos Acuña.

Procuradora Sra.: María de los Ángeles Rotllán Casal.

Contra Don Miguel Martínez Rodríguez.

EDICTO

En el presente procedimiento Proced. Ordinario (N) 1070/2019, seguido a instancia de Carmen Ramos Acuña frente a Miguel Martínez Rodríguez se ha dictado sentencia de fecha 7.4.21 y auto de aclaración de 13.4.21, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 151/2021

En la ciudad de Sevilla, a 7 de abril de 2021.

Vistos por mí, don Carlos Javier García Diez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de esta ciudad, los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado registrados bajo el número 1.070 del año 2019, a instancia de doña M.ª del Carmen Ramos Acuña, mayor de edad, cuyas demás señas de vecindad y domicilio obran en autos, representada por la Procuradora Sra. Rotllán y defendida por la Letrada Sra. Silva, contra don Miguel Marínez Rodríguez, mayor de edad, cuyas demás señas de vecindad y domicilio obran en autos, en situación de rebeldía procesal, versando los presentes autos sobre acción de responsabilidad contractual en reclamación de cantidad y atendiendo a los siguientes,

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Rotllán en nombre y representación de debo condenar y condeno a este último al pago de la suma de diez mil cuatrocientos cincuenta y cinco con setenta y ocho euros (10.455,78 €), más los intereses legales en la forma dicha y ello con la pertinente condena en costas del demandado.

La presente resolución no es firme y cabe contra ella recurso de apelación en los veinte días siguientes a su notificación y que se interpondrá en su caso ante este Juzgado para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo, don Carlos Javier García Díez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de Sevilla.

Se aclara la sentencia de fecha 7.4.2021 en el sentido siguiente:

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Rotllán en nombre y representación de doña María del Carmen Ramos Acuña frente a don Miguel Martínez Rodríguez debo condenar y condeno a este último al pago de la suma de diez mil cuatrocientos cincuenta y cinco con setenta y ocho euros (10.455,78 €), más los intereses legales en la forma dicha y ello con la pertinente condena en costas del demandado.

Esta resolución forma parte de , de fecha contándose el plazo para recurrir la misma desde la notificación de este auto (artículo 448.2 LEC).

Lo acuerda y firma el/la Magistrado-Juez, doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Miguel Martínez Rodríguez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla a veintiocho de mayo de dos mil veintiuno.- La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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