Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 30/06/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Extracto de la Resolución de 23 de junio de 2021, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca subvenciones con carácter plurianual, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a organizaciones sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo, para el ejercicio 2021.

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BDNS (571538):

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/GE/es/convocatorias) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el ejercicio 2021, en la modalidad de concesión de régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, subvención con carácter plurianual a organizaciones sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo, para la convocatoria 2021 en las cuantías máximas en euros y con cargo a la posición presupuestaria que se señala a continuación:

Posición presupuestaria Cuantía 2021
(en euros) Cuantía 2022
(en euros) Total
(en euros)
1631010000 G/32G/48001/00 01 150.000,00 150.000,00 300.000,00

Segundo. Beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las organizaciones sindicales y entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos señalados en el Anexo I que se acompaña a este extracto.

Tercero. Objeto.

El objeto de esta convocatoria se describe en el Anexo I que se acompaña a este extracto.

Cuarta. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a organizaciones sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo aprobadas mediante Orden de 18 de mayo de 2021 (BOJA núm. 96, de 21 de mayo de 2021).

Quinto. Importe.

La dotación máxima para la convocatoria de 2021 de la presente línea se refleja en el punto primero del presente extracto.

Sexto. Forma de pago.

Se establece el pago anticipado del 50% como máximo del importe de la subvención, a la firma de la resolución de concesión. Y el 50% restante una vez justificado el cumplimiento del programa y la totalidad del gasto realizado.

Séptimo. Solicitudes y lugar de presentación.

1. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer.

2. Las solicitudes de subvención se podrán obtener y presentar en la sede electrónica del Instituto Andaluz de la Mujer conforme a los modelos que figuran como Anexo I y Anexo II del presente extracto, y a través de la url:

http://ws097.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/oficina/

Octavo. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Noveno. Plazo de ejecución y justificación.

El plazo de ejecución será desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año de la convocatoria.

Décimo. Modo de justificación.

1. La justificación de la subvención ante el órgano concedente se realizará por parte de la entidad beneficiaria de la subvención.

2. El plazo máximo para la presentación de la justificación será de tres meses, a contar desde la fecha de la finalización de la ejecución del programa.

3. En cuanto a los documentos justificativos, la utilización de medios electrónicos en el procedimientos de justificación y la modalidad de justificación se estará a lo que se establece en el apartado 25 de las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 18 de mayo de 2021.

Undécimo. Otros datos.

Las solicitudes de subvención se podrán obtener y presentar en la sede electrónica del Instituto Andaluz de la Mujer conforme a los modelos que figuran como Anexo I y Anexo II de la presente resolución, y a través de la url:

http://ws097.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/oficina/

Sevilla, 23 de junio de 2021.- La Directora, Laura Fernández Rubio.

ANEXO I

Subvenciones a organizaciones sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo
Beneficiarias Estas subvenciones van dirigidas a organizaciones sindicales y entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos para solicitar la subvención y lo acrediten conforme a lo dispuesto en los puntos 4 a) y 14 a) del cuadro resumen de las bases reguladoras.
Objeto Subvencionar proyectos para el funcionamiento de un servicio de defensa legal para las mujeres que sufren algún tipo de discriminación por razón de sexo en el ámbito laboral o cualquier ámbito contencioso, incluido el administrativo, teniendo como finalidad ofrecer información, asesoramiento, acompañamiento e intervención en la defensa, incluida la procesal, de los derechos de las mujeres y en la búsqueda de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.
Importe La dotación máxima para laconvocatoria de 2021 será de 300.000,00 euros.
Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones hasta el 31 de diciembre de 2021.
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