Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 16/07/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Familias

Corrección de errores de la Orden de 30 de marzo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas al fomento del empleo de personas con problemas de drogodependencias, o afectadas por otras adicciones en proceso de incorporación social, «Programa Arquímedes», en el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud y Familias. (BOJA núm. 64, de 7.4.2021).

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Advertidos errores en la orden de 30 de marzo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas al fomento del empleo de personas con problemas de drogodependencias o afectadas por otras adicciones, en proceso de incorporación social «Programa Arquímedes», publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 64,  de 7 de abril de 2021, se procede a su corrección en los siguientes términos:

En la página 64, en el título de la orden,

Donde dice:

«Orden de 30 de marzo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas al fomento del empleo de personas con problemas de drogodependencias o afectadas por otras adicciones, en proceso de incorporación social “Programa Arquímedes”, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud y Familias.»

Debe decir:

«Orden de 30 de marzo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas al fomento del empleo de personas con problemas de drogodependencias o afectadas por otras adicciones, en proceso de incorporación social “Programa Arquímedes”, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud y Familias, cofinanciadas por Fondo Social Europeo.»

En la página 66, en el párrafo 17,

Donde dice: « ………. encuadrados en la medida D 1212109Z1».

Debe decir: « ………. encuadrados en la medida D 1212109S1».

En la página 71, en el Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras, apartado 5. “Cuantía de las subvenciones y gastos subvencionables (artículo 4)”, subapartado 5.a) Cuantía, en el recuadro “Importe cierto”,

Donde dice:

⊠ Importe cierto: - Por cada contrato indefinido a tiempo completo: 11.200 euros al año.

      - Por cada contrato temporal y a tiempo completo:

a) Con una duración mínima de un año: 11.200 euros anuales.

b) Con una duración mínima de nueve meses: 7.200 euros.

c) Con una duración mínima de seis meses: 4.800 euros.

d) Con una duración mínima de tres meses: 2.400 euros.

La jornada completa comprenderá 8 horas diarias en el puesto de trabajo, no pudiendo exceder de 40 horas semanales en el cómputo anual, equivalente a 1.826 horas/año salvo que por Convenio Colectivo o Acuerdo de la Entidad con los representantes de los trabajadores se haya establecido otra inferior.

- Por cada contrato a tiempo parcial el importe de la ayuda se calculará de forma proporcional a las cuantías previstas en los apartados anteriores, siempre que la jornada sea al menos del 40% de la establecida para jornada completa en el convenio y sector correspondientes.

Debe decir: «………………..

⊠ Importe cierto: - Por cada contrato indefinido a tiempo completo: 11.200 euros.

       - Por cada contrato temporal y a tiempo completo:

a) Con una duración mínima de un año: 11.200 euros.

b) Con una duración mínima de nueve meses: 7.200 euros.

c) Con una duración mínima de seis meses: 4.800 euros.

d) Con una duración mínima de tres meses: 2.400 euros.

La jornada completa comprenderá 8 horas diarias en el puesto de trabajo, no pudiendo exceder de 40 horas semanales en el cómputo anual, equivalente a 1.826 horas/año salvo que por Convenio Colectivo o Acuerdo de la Entidad con los representantes de los trabajadores se haya establecido otra inferior.

- Por cada contrato a tiempo parcial el importe de la ayuda se calculará de forma proporcional a las cuantías previstas en los apartados anteriores, siempre que la jornada sea al menos del 40% de la establecida para jornada completa en el convenio y sector correspondientes.»

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