Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 27/07/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Orden de 20 de julio de 2021, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2021.

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Mediante Orden de 9 de junio de 2021 (BOJA núm. 113, de 15 de junio de 2021) se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería.

En el marco de la referida orden se regulan tres líneas de subvenciones y se especifica el régimen jurídico para cada una de ellas.

Conforme dispone el artículo 5.2 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en la correspondiente convocatoria se especificará la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvención y, en su caso, su distribución entre los ámbitos territoriales y/o funcionales de competitividad.

El Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia reunido en sesión ordinaria de 18 de junio de 2021, acordó que los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos destinados a subvencionar, por parte de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para el año 2021 serán equivalentes, en todo caso y como mínimo, a las cuantías percibidas por cada comunidad autónoma y ciudad con Estatuto de Autonomía en el año 2020. Así, y con el fin de disponer de mayor plazo para la presentación de solicitudes y la gestión del procedimiento, se realiza la presente convocatoria por un importe disponible actualmente en el presupuesto de la Comunidad Autónoma, con la previsión expresa de una cuantía adicional en los términos del artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, cuantía adicional que se publicará una vez aprobado el crédito definitivo correspondiente a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

En su virtud, y conforme a lo establecido en el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en relación con el Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación,

DISPONGO

Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.

1. Se convocan para el ejercicio 2021, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las tres líneas de subvenciones reguladas en el marco de la Orden de 9 de junio de 2021, de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de ellas y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican para cada línea:

Denominación de la línea Cuantía máxima (euros) Posiciones presupuestarias
Línea 1. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de programas de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 36.612.225,61 1600180000 G/32E/48536/00 S0668
Línea 2. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de inversión con fines sociales en materia de obras con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 6.501.308,40 1600180000 G/32E/78536/00 S0668
Línea 3. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de inversión con fines sociales en materia de equipamientos y vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 1.695.477,85 1600180000 G/32E/78536/00 S0668

2. La presente convocatoria se financia en su totalidad con crédito finalista del Estado, derivado de la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (fondo S0668).

3. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

4. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, para las citadas líneas de subvenciones, además de la cuantía total máxima indicada en la presente convocatoria se podrá disponer de una cuantía adicional máxima por la diferencia entre el importe actualmente disponible y el importe finalmente resultante de la distribución de la asignación tributaria con cargo al 0,7% del IRPF que lleve a cabo el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia; la aplicación de esta cuantía adicional a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda en un momento anterior, en cualquier caso, a la resolución de concesión de la subvención. La declaración de créditos disponibles, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no implicará la apertura de un plazo para la presentación de nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para dictar y notificar la resolución.

5. Además, los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.e) del mencionado Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

Segundo. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería, aprobadas mediante Orden de 9 de junio de 2021.

Tercero. Línea 1. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de programas de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Se destinará una cuantía máxima de 36.612.225,61 euros, con la siguiente distribución funcional:

Ámbito funcional de competitividad Cuantía máxima (euros)
1. Programas de interés social - Infancia, adolescencia y juventud. 5.692.745,53
2. Programas de interés social - Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género. 1.430.424,86
3. Programas de interés social - Personas mayores. 5.225.833,08
4. Programas de interés social - Personas con discapacidad. 4.393.826,54
5. Programas de interés social - Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA. 2.313.159,48
6. Programas de interés social - Comunidad gitana. 751.886,64
7. Programas de interés social - Urgencia e inclusión social. 15.386.773,36
8. Programas de interés social - Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares. 385.718,91
9. Programas de interés social - Intervención del voluntariado. 1.031.857,21
Cuantía total máxima (euros) 36.612.225,61

De conformidad con lo establecido en el apartado 5.b) del cuadro resumen de esta línea, tendrán la consideración de entidades beneficiarias provisionales, aquellas cuyo programa presentado alcance un mínimo de 55 puntos sobre la puntuación total máxima de 100. Tendrán la consideración de entidades beneficiarias suplentes aquellas cuyo programa se encuentre por debajo de dicho umbral, con un mínimo de 50 puntos. No se otorgarán subvenciones a programas que obtengan una puntuación inferior. De este modo, y de acuerdo con el apartado 12 del citado cuadro resumen, la valoración se realizará en dos fases, la primera de las cuales tendrá carácter eliminatorio.

Primera fase: La puntuación mínima en la valoración de la experiencia y capacidad de las entidades solicitantes (criterio «A») del apartado 12 del cuadro resumen de esta línea es de 20 puntos.

Segunda fase: La puntuación mínima en la valoración del programa a realizar (criterio «B») del apartado 12 del cuadro resumen de esta línea es de 30 puntos.

Cuarto. Línea 2. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de inversión con fines sociales en materia de obras con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Se destinará una cuantía máxima de 6.501.308,40 euros.

De conformidad con lo establecido en el apartado 5.b) del cuadro resumen de esta línea, tendrán la consideración de entidades beneficiarias provisionales, aquellas cuyo proyecto presentado alcance un mínimo de 50 puntos sobre la puntuación total máxima de 100. Tendrán la consideración de entidades beneficiarias suplentes aquellas cuyo proyecto se encuentre por debajo de dicho umbral, con un mínimo de 40 puntos. No se otorgarán subvenciones a proyectos que obtengan una puntuación inferior.

Quinto. Línea 3. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de inversión con fines sociales en materia de equipamientos y vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Se destinará una cuantía máxima de 1.695.477,85 euros.

De conformidad con lo establecido en el apartado 5.b) del cuadro resumen de esta línea, no se establece la posibilidad de prorrateo.

Sexto. Procedimiento de concesión.

1. Las subvenciones tendrán por objeto la financiación de actuaciones de interés general para atender fines sociales y, en concreto, la realización de los programas de interés social y proyectos de inversión que se describen en el apartado 2.a) del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras, de acuerdo con las actuaciones subvencionables establecidas en el Anexo A de la convocatoria.

2. Los requisitos que deben reunir las personas solicitantes para la obtención de la subvención serán los recogidos en apartado 4 del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras.

3. Las solicitudes serán evaluadas según los criterios objetivos recogidos en el apartado 12 del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras.

4. De conformidad con lo previsto en el apartado 2.b) del cuadro resumen de cada una de la líneas de las bases reguladoras, está prevista la posibilidad de reformulación de las solicitudes.

5. Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento serán los recogidos en apartado 13 del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras. El plazo máximo para resolver será de seis meses a contar a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes, de acuerdo con el apartado 16 del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras.

6. La resolución pondrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptimo. Actuaciones subvencionables.

1. Solo podrán financiarse en la presente convocatoria las actuaciones subvencionables definidas para cada una de dichas líneas en el Anexo A de esta orden, de acuerdo con el apartado 2.a) del cuadro resumen de cada una de ellas.

2. En el desarrollo de la presente convocatoria, corresponde a la Consejería de Salud y Familias facilitar a la Secretaría General de Políticas Sociales, Voluntariado y Conciliación, en el marco de sus respectivas competencias, informe técnico de valoración de los programas correspondientes al ámbito de actuación «Programas de interés social-Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA», de conformidad con lo dispuesto en el cuadro resumen de cada una de las líneas.

Octavo. Solicitudes y plazo de presentación.

1. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Secretaría General de Políticas Sociales, Voluntariado y Conciliación, y podrán presentarse en los lugares indicados en el apartado 10.c) del cuadro resumen de cada una de las líneas aprobado mediante la Orden de 9 de junio de 2021. Las solicitudes se presentarán, en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica:

https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/

Tanto la citada solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación, y presentación de documentos a los que se refiere la Orden de 9 de junio de 2021 anteriormente referida, y la ficha sobre la reformulación del programa o proyecto de inversión, se podrán obtener en la siguiente url:

https://juntadeandalucia.es/organismos/igualdadpoliticassocialesyconciliacion/servicios.html

así como en el portal de la Administración de la Junta de Andalucía.

2. La utilización del formulario Anexo I de solicitud tendrá carácter obligatorio, debiendo las entidades solicitantes ajustarse al mismo, de acuerdo con el artículo 10 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Noveno. Notificación y publicación.

1. De conformidad con el apartado 19 del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras, los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las entidades interesadas, y en particular, los requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento, se publicarán en la página web de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en la siguiente dirección:

https://juntadeandalucia.es/organismos/igualdadpoliticassocialesyconciliacion/servicios.html

en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá los mismos efectos.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las notificaciones que deban cursarse personalmente se practicarán por medios electrónicos a través del sistema de notificaciones de la Administración Junta de Andalucía.

Décimo. Procedimiento de urgencia.

La importante atención que se presta con las presentes líneas de subvenciones a los sectores de la población andaluza menos favorecidos, la urgente necesidad de satisfacer esta asistencia y la premura en la gestión del procedimiento por la necesidad de que el crédito se ejecute con cargo al ejercicio 2021, constituyen importantes razones de interés público que aconsejan la aplicación del procedimiento de urgencia a la presente convocatoria. Así pues, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se reducirán para la presente convocatoria a la mitad los plazos establecidos en el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones al amparo de la Orden de 9 de junio de 2021, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Undécimo. Devolución a iniciativa del perceptor.

Conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 124 quáter del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, la persona o entidad beneficiaria podrá realizar la devolución voluntaria de la subvención percibida, así como solicitar la compensación y el aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda. Los medios disponibles y el procedimiento a seguir se encuentran en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/organismos/haciendaindustriayenergia/areas/tesoreria endeudamiento/paginas/devolucion-voluntaria.html

Duodécimo. Entrada en vigor.

La eficacia de la presente orden se producirá con la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, antes referida.

Sevilla, 20 de julio de 2021

ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ

Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación

ANEXO A

RELACIÓN DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES EN LA PRESENTE CONVOCATORIA (2021)

LÍNEA 1. SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES PRIVADAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL PARA ATENDER FINES SOCIALES CON CARGO A LA ASIGNACIÓN TRIBUTARIA DEL 0,7% DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.

1. Programas de interés social-Infancia, adolescencia y juventud.

PRIORIDAD 1:
1. Programas de inserción social y laboral de jóvenes que hayan estado bajo una medida de protección. Pisos asistidos o de emancipación para el alojamiento y manutención de jóvenes que provienen del sistema de protección de la Junta de Andalucía, así como su seguimiento y acompañamiento.
PRIORIDAD 2:
2. Programas de fomento de la colaboración familiar, el acogimiento familiar o la adopción para menores del sistema de protección. Los programas de sensibilización y captación de familias se dirigirán a la población en general para dar a conocer las medidas de integración familiar o colaboración familiar, o se realizarán de forma más especializada focalizados en perfiles específicos para menores con características especiales.
PRIORIDAD 3:
3. Programas para la prevención y sensibilización ante la violencia hacia la infancia y la adolescencia.
2. Programas de interés social-Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género.

PRIORIDAD 1:
1
. Prevención y lucha contra la violencia de género, especialmente en el medio rural.
a) Programas que se dirijan a hombres y que tengan por objeto la sensibilización y la prevención de la violencia de género con una perspectiva de masculinidad en positivo.
b) Programas dirigidos a la reeducación de hombres y su investigación, con el fin de elaborar programas eficaces validados empíricamente y con fiabilidad.
2. Mujeres especialmente vulnerables.
a) Programas que tengan por objeto la inserción socio-laboral y la igualdad de oportunidades de las mujeres con necesidades especiales y en situación de vulnerabilidad: mujeres embarazadas en situación de dificultad, mujeres trans, y demás mujeres con doble situación de vulnerabilidad.
3. Lucha contra la trata de mujeres y niñas, con fines de explotación sexual.
a) Programas que coadyuven a la seguridad y protección integral de sus víctimas y sus hijos e hijas, incluido el alojamiento para facilitar el desplazamiento de un territorio a otro.
4. Programas dirigidos a p
romover la salud integral de las mujeres.
a) Atención a mujeres víctimas de violencia de género con trastornos mentales y problemas de adicciones.
PRIORIDAD 2:
5. Prevención y lucha contra la violencia de género, especialmente en el medio rural.
a) Programas de asistencia e intervención que tengan por objeto la realización de actuaciones de intervención y la asistencia a las víctimas de violencia de género, dentro del Convenio de Estambul, teniendo en cuenta la especialidad del medio rural.
b) Programas de promoción y formación del voluntariado para el acompañamiento y apoyo a las víctimas de delitos en los juzgados y dependencias policiales, relacionados con la violencia contra las mujeres.
6. Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, especialmente entre jóvenes y en el medio rural.
a) Programas que tengan por objeto la educación en igualdad entre mujeres y hombres, fomentando la eliminación de los roles y estereotipos de género, dirigidos especialmente a jóvenes tanto en el ámbito educativo univers
itario y no universitario como en el no educativo, jóvenes en situación de riesgo de exclusión social así como dirigidos al ámbito rural.
b) Programas que tengan por objeto la educación afectiva-sexual con perspectiva de género en el alumnado, especialmente en la etapa de educación primaria (6-12 años).
c) Programas de fomento de la corresponsabilidad de los hombres en las tareas y responsabilidades domésticas de cuidados familiares y sociales, y que persigan un reparto más racional e igualitario del tiempo personal, social, familiar y laboral entre mujeres y hombres.
7. Lucha contra la trata de mujeres y niñas, con fines de explotación sexual.
a) Programas que tengan por objeto la detección, prevención y asistencia a víctimas de delitos relacionados con la trata de mujeres y niñas, con fines de explotación sexual.
b) Sensibilización y concienciación ciudadana.
8. Programas dirigidos a promover la salud integral de las mujeres.
a) Programas dirigidos a la prevención de los problemas de salud específicos de la
s mujeres y en especial de salud reproductiva, climaterio y oncológicos, menstruación, gestación, parto.
b) Efectos de los abusos sexuales y violencias machistas en relación al TEPT (CIE-11).
9. Programas para el empoderamiento de las mujeres en situación de riesgo o exclusión social.
3. Programas de interés social-Personas mayores.

PRIORIDAD 1:
1. Programas de atención a situaciones de soledad no deseada mediante el desarrollo de actividades de acompañamiento y de sensibilización social hacia las personas mayores solas.
2. Programas que promuevan la solidaridad intergeneracional.
3. Programas de formación a personas mayores en TICs.
PRIORIDAD 2:
4. Programas que fomenten el ejercicio físico entre las personas a partir de 55 años de Andalucía.
5. Programas que fomenten una alimentación sana y equilibrada entre las personas a partir de 55 años de Andalucía.
6. Programas que fomenten la convivencia, la integración, la participación, la solidaridad y la relación con el medio social entre las personas a partir de
55 años de Andalucía, incluyendo aquellos programas que incorporen actividades orientadas a un envejecimiento activo y saludable a través del ocio y tiempo libre.
7. Programas que desarrollen medidas para mejorar la empleabilidad de las personas a partir de 55 años de Andalucía, mediante el fomento de la actividad emprendedora y de mentorización.
8. Programas de sensibilización sobre el buen trato hacia las personas mayores y orientadas a transmitir una imagen positiva desarrollándose actuaciones que eviten el maltrato y el trato inadecuado a las personas mayores.
9. Programa dirigidos a prevenir la institucionalización de personas mayores en situación de dependencia.
10. Programas psicosociales y formativos para la atención a las personas mayores en situación de dependencia y/o deterioro cognitivo.
11. Programas que incluyan acciones formativas sobre el modelo de atención centrada en la persona destinadas a profesionales de atención directa de los centros de personas mayores en Andalucía.
12. Programas de s
ensibilización y atención a personas mayores en situación de especial vulnerabilidad: mujeres mayores en entorno rural, inmigrantes y retornados, en exclusión social, LGTBI y mayores de 80 años que no tengan reconocida situación de dependencia.
13. Programas de formación de profesionales y programas de atención cuyos destinatarios y destinatarias son personas que padezcan enfermedades que conllevan deterioro cognitivo y/o funcional.
4. Programas de interés social-Personas con discapacidad.

PRIORIDAD 1:
1. Atención integral: social, rehabilitación y psicológica a las personas con discapacidad.
2. Promoción de la autonomía personal, prevención de la dependencia y vida independiente conforme a los documentos estratégicos y planes elaborados.
3. Prevención de la exclusión social y discriminación de las personas con discapacidad.
4. Apoyo a las familias cuidadoras de personas con discapacidad.
5. Autonomía y accesibilidad en la comunicación de las personas con discapacidad.
PRIORIDAD 2:
6. Inserción e inclusión s
ocial y/o laboral, recuperación y participación en la comunidad de personas con discapacidad y personas con problemas de salud mental.
7. Transporte y movilidad puerta a puerta.
8. Atención, formación e inclusión social de mujeres con discapacidad, promoción de la igualdad, prevención de malos tratos y violencia de género, conforme a la planificación estratégica.
9. Información, orientación y asesoramiento a las personas con discapacidad y sus familiares.
10. Programas de atención a menores para la promoción de la autonomía personal y la estimulación.
PRIORIDAD 3:
11. Autonomía personal a través de la utilización de tecnologías, productos o servicios relacionados con la información y la comunicación u otros servicios que faciliten dicha autonomía personal, su permanencia en el domicilio y su entorno social y familiar, incluidos aquellos relacionados con la accesibilidad de cualquier tipo a entornos, servicios y productos.
12. Apoyo a entidades tutelares.
13. Servicios transitorios de alojamiento de familias
desplazadas por motivos médicos y en períodos de convalecencia.
14. Formación y encuentros: Congresos, seminarios y jornadas.
15. Ocio y participación en actividades sociales, culturales y deportivas con presencia conjunta de personas con y sin discapacidad.
5. Programas de interés social-Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA.

PRIORIDAD 1:
1. Programas dirigidos a la prevención de las adicciones y sus riesgos asociados.
a) Programas de reducción de riesgos.
2. Programas dirigidos a la rehabilitación e incorporación social de personas con adicciones.
a) Programas de atención a la patología dual.
b) Programas específicos de atención dirigidos a jóvenes con adicciones con o sin sustancias.
3. Programa de asesoramiento jurídico para personas con problemas de adicciones.
4. Programas dirigidos a la reducción de daños de personas con adicciones.
5. Programas de mantenimiento de viviendas para personas con VIH-SIDA.
6. Programas de reducción de estigma y discriminación: fomento de igualdad de trato en el á
mbito sanitario, social y familiar.
PRIORIDAD 2:
7. Programas dirigidos a la prevención de las adicciones y sus riesgos asociados.
a) Programas de prevención selectiva.
b) Programas de prevención del juego patológico.
c) Programas de prevención de otras adicciones sin sustancia.
8. Programas dirigidos a la rehabilitación e incorporación social de personas con adicciones.
a) Programa de apoyo a personas en centros penitenciarios con problemas de adicciones .
9. Programas de apoyo biopsicosocial y aumento de calidad de vida para personas con VIH-SIDA.
10. Prevención en ITS y promoción de hábitos saludables.
PRIORIDAD 3:
11. Programas dirigidos a la prevención de las adicciones y sus riesgos asociados.
a) Programas de prevención indicada.
12. Programas dirigidos a la rehabilitación e incorporación social de personas con adicciones.
a) Programas que favorezcan la formación, capacitación e inserción sociolaboral de las personas con adicciones.
b) Programas dirigidos a las familias para el desarrollo de conocimie
ntos, técnicas y habilidades necesarias que facilite un cambio en la dinámica familiar para abordar adecuadamente el problemas de las adicciones.
c) Programas dirigidos a mejorar las competencias personales y la relación con el entorno de las personas con adicciones.
13. Programas de formación en materia de las adicciones con enfoque integrado de género.
14. Programas de formación en enfoque integrado de género en el ámbito de VIH-SIDA.
15. Programas de diagnostico precoz del VIH y mejora de la continuidad sanitaria.
PRIORIDAD 4:
16. Programas dirigidos a la prevención de las adicciones y sus riesgos asociados.
a) Programas de prevención universal.
17. Programas dirigidos a la rehabilitación e incorporación social de personas con adicciones.
a) Programas de apoyo al tratamiento de las adicciones.
b) Programas de intervención psicosocial.
18. Programas asistenciales y de seguimiento de la adherencia al tratamiento para personas con VIH-SIDA.
19. Programas de prevención y control del VIH-SIDA.
6. Programas de interés social-Comunidad gitana.

PRIORIDAD 1:
1. Formación, capacitación e inserción sociolaboral.
2. Prevención de las conductas antigitanas.
3. Acciones de intermediación con familias gitanas en situación de exclusión social o vulnerabilidad, destinadas al fomento de la escolarización, prevención del absentismo y el abandono escolar, así como de sensibilización para la continuidad del proceso educativo en educación secundaria y superior.
4. Acciones de mediación para el tránsito en la incorporación de viviendas normalizadas de personas residentes en núcleos chabolistas o procedentes de infraviviendas por medio de acompañamiento y seguimiento socioeducativo, desde la coordinación con los Servicios Sociales Comunitarios.
PRIORIDAD 2:
5. Actividades de promoción y fomento de la cultura gitana en Andalucía, así como divulgación de los valores de la interculturalidad y animación sociocultural.
6. Actividades de promoción de la mujer gitana, mediante acciones de sensibilización dirigidas a garantizar la iguald
ad de trato y no discriminación desde todos los ámbitos de intervención.
7. Actividades que fomenten la detección, sensibilización y prevención de la violencia de género en mujeres de etnia gitana, así como el diseño e implementación de acciones de sensibilización y prevención para hombres de etnia gitana.
8. Actuaciones formativas sobre violencia de género y comunidad gitana destinadas a agentes sociales de la comunidad, instituciones y profesionales del ámbito de la protección social.
9. Programas orientados a la promoción y educación para la salud de la población gitana, con especial incidencia en las mujeres, que favorezcan la reducción de las desigualdades en salud respecto a la población general.
10. Programas orientados al empoderamiento de mujeres gitanas como agentes de promoción integral de la salud y formación en mediación intercultural de profesionales de la sanidad.
11. Programas de formación en materia de enfoque integrado de género en el ámbito de la comunidad gitana.
12. Acciones de sensibilización dirigidas a los hombres para promover la corresponsabilidad en la asunción de los cuidados familiares.
7. Programas de interés social-Urgencia e inclusión social.

PRIORIDAD 1:
1. Programas de Urgencia.
a) Programas destinados a la cobertura de bienes de primera necesidad de las personas y familias más necesitadas mediante: comedores sociales; entrega de alimentos, ropa y productos de higiene; ayuda para el pago de recibos de suministros, transporte público y gastos sanitarios; así como aquellos gastos de las familias más vulnerables con hijas e hijos a cargo, derivados de su escolarización (financiación de libros, uniformes y material escolar y gastos de comedor y transporte escolar).
b) Programas de mediación, apoyo y asesoramiento para las personas y familias más vulnerables con el fin de prevenir la exclusión residencial que pueda derivar en situaciones de extrema necesidad. Se contemplan actuaciones de acompañamiento social a familias en actuaciones de realojamiento o de acceso a vivienda normalizada
, el pago de recibos de alquileres y de estancias cortas en alojamientos (hostales, pensiones, otros) y la mediación para el alquiler de viviendas.
2. Personas Inmigrantes.
a) Programas de formación, capacitación e inserción sociolaboral.
b) Programas de acogida integral para la atención de las necesidades básicas de personas inmigrantes en situación de vulnerabilidad que incluyan la creación o mantenimiento de plazas de acogida que proporcionen recursos de alojamiento y manutención.
c) Programas para la realización de actuaciones dirigidas a mejorar las condiciones de vida de las personas inmigrantes instaladas en asentamientos chabolistas.
d) Programas para la mediación social e intercultural en los ámbitos educativo, sanitario y comunitario que promuevan la participación social.
3. Personas sin hogar.
a) Programas de dispositivos de acogida, que incluyan pernocta.
b) Atención en centros de día y centros de noche.
c) Programas dirigidos al establecimiento de equipos multidisciplinares de calle de atención i
ntegral que favorezcan el acceso a los sistemas públicos de protección social y actúen en coordinación con el conjunto de la red de recursos, de carácter público o privado.
4. Personas reclusas y ex-reclusas.
a) Programas de pisos de transición a la autonomía para personas ex-reclusas.
5. Apoyo a proyectos sociales innovadores dirigidos a mejorar la integración y la cohesión social de las personas que se encuentran en riesgo o en situación de vulnerabilidad y/o exclusión social.
PRIORIDAD 2:
6. Personas Inmigrantes.
a) Programas de salud sexual y reproductiva.
b) Programas que supongan la realización de talleres de formación y el diseño de materiales con el fin de erradicar la mutilación genital.
c) Programas que promuevan la sensibilización, la igualdad de oportunidades, la lucha contra el racismo y la xenofobia y la convivencia intercultural en barrios con una presencia significativa de población inmigrante.
d) Programas de información, orientación y formación dirigidos a la población inmigrante para facil
itar su proceso de integración en la sociedad andaluza.
7. Personas emigrantes españolas y retornadas.
a) Programas de información y asesoramiento integral a las personas andaluzas que pretenden desplazarse a otros países y para las personas inmigrantes retornadas.
b) Programas que favorezcan la formación, capacitación y la inserción sociolaboral de las personas emigrantes y retornadas.
8. Personas sin hogar.
a) Programas de transición a la autonomía para mujeres sin hogar.
9. Personas reclusas y ex-reclusas.
a) Programas de atención social dirigidos a personas reclusas, ex-reclusas y sometidas a medidas alternativas.
b) Programas que favorezcan la formación, capacitación e inserción sociolaboral de las personas reclusas, ex-reclusas y sometidas a medidas alternativas.
10. Programas de formación en materia de enfoque integrado de género en el ámbito de la urgencia y la inclusión social.
8. Programas de interés social-Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares.

PRIORIDAD 1:
1. Programas destinados a reforzar la atención y orientación a víctimas de discriminación, odio e intolerancia.
2. Programas formativos destinados a fomentar la tolerancia, la no discriminación y la prevención de la intolerancia.
3. Campañas de prevención en materia de no discriminación a personas LGTBI y sus familiares en el ámbito de la Ley 8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los derechos, la no discriminación y la igualdad de trato de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía, así como de la Ley 2/2014, de 8 de julio, integral para la no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales en Andalucía.
PRIORIDAD 2:
4. Programas de formación en enfoque integrado de género en el ámbito de las personas LGTBI y sus familiares y en el ámbito general de la lucha contra la intolerancia, igualdad de trato y no discriminación.
9. Programas de interés social-Intervención del voluntariado.

PRIORIDAD 1:
1. Programas d
esarrollados por entidades de voluntariado llevados a cabo por personas voluntarias que consistan en la intervención directa sobre los colectivos objeto de atención de la entidad solicitante.
PRIORIDAD 2:
2. Formación básica sobre temas transversales del voluntariado dirigida a la capacitación y empoderamiento de las personas voluntarias, ofreciendo itinerarios formativos y orientación según el perfil de las mismas.
3. Formación específica dirigida a personas voluntarias sobre temas relacionados con el área de actuación de la entidad solicitante, favoreciendo la calidad de la acción voluntaria y el fortalecimiento de la entidad.
4. Formación en nuevas tecnologías, elaboración de programas y apoyo técnico a las entidades que trabajan en el medio rural.
5. Formación en materia de enfoque integrado de género en el ámbito de la intervención del voluntariado.
PRIORIDAD 3:
6. Campañas de sensibilización dirigidas a la ciudadanía en general sobre los valores del voluntariado, destinadas a la captación de perso
nas voluntarias y al fortalecimiento del tejido asociativo.
7. Actuaciones destinadas a favorecer la formación en los principios y valores del voluntariado mediante programas de Aprendizaje Servicio.

LÍNEA 2. SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES PRIVADAS PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN CON FINES SOCIALES EN MATERIA DE OBRAS CON CARGO A LA ASIGNACIÓN TRIBUTARIA DEL 0,7% DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.


- Obras de construcción de continuidad.
- Obras de ampliación, adaptación y rehabilitación.

LÍNEA 3. SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES PRIVADAS PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN CON FINES SOCIALES EN MATERIA DE EQUIPAMIENTOS Y VEHÍCULOS ADAPTADOS Y/O ADAPTACIÓN DE VEHÍCULOS CON CARGO A LA ASIGNACIÓN TRIBUTARIA DEL 0,7% DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.


- Equipamiento de servicios o centros.
- Adquisición de vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos.
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