Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 30/07/2021

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Educación y Deporte

Acuerdo de 16 de julio de 2021, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por el que se amplía el plazo establecido en la base decimotercera de la Orden de 30 de noviembre de 2020, por la que se efectúa convocatoria de procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores de Artas Plásticas y Diseño, para la presentación de documentación.

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Primero. El apartado 13.1 de la base decimotercera de la Orden de 30 de noviembre de 2020, por la que se efectuó la convocatoria de los procedimientos selectivos para el ingreso en los cuerpos docentes, establece que en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se hacen públicas las listas del personal seleccionado en el procedimiento selectivo, el referido personal ha de presentar en los registros de las Delegaciones Territoriales de Educación y Deporte o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, la documentación preceptiva según la mencionada Base, para ser nombrado funcionario en prácticas.

Segundo. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas «La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados».

Tercero. Han de tenerse en consideración las circunstancias actuales, en las que en virtud de la situación de pandemia por el COVID-19, la atención en las oficinas de registro de las Administraciones Públicas se articula a través de cita previa, y teniendo en consideración el volumen de personal seleccionado, que tengan que presentar documentación.

Esta Dirección General, en el ejercicio de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, así como en la Orden precitada de 30 de noviembre de 2020,

ACUERDA

Primero. Ampliar el plazo en diez días hábiles más, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que el personal seleccionado para ser nombrado como funcionario en prácticas de los distintos cuerpos docentes, pueda presentar la documentación referida en la base decimotercera de la Orden de 30 de noviembre de 2020. A tal efecto, dicho plazo será treinta días hábiles.

Segundo. En el caso, de que personal seleccionado, que haya sido nombrado funcionario en prácticas, no aporte, en el plazo establecido, la documentación requerida al efecto, decaerá en todos sus derechos en el procedimiento selectivo y quedarán anuladas todas las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, así como el artículo 23.3 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, siendo este último precepto de aplicación supletoria para el personal docente de la Administración Educativa de la Junta de Andalucía.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el presente acuerdo, que constituye un acto de trámite, no cabe recurso alguno.

Sevilla, 16 de julio de 2021.- El Director General, Pablo Quesada Ruiz.

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