Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00196576.
El Ayuntamiento de Calañas (Huelva) ha acordado ceder a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía el uso gratuito de una superficie de 17.055 m² de la Parcela 1 del Polígono 30 de titularidad municipal, de dicha localidad, por un plazo de 30 años, con destino a la construcción de un helipuerto eventual.
La Consejería competente en materia de salud ha mostrado su conformidad con la referida cesión de uso, en los términos que se establecen en el presente decreto.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Financiación Europea, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 27 de julio de 2021,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80 y concordantes de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de uso acordada por el Ayuntamiento de Calañas (Huelva), de una superficie de 17.055 m² de la Parcela 1 del Polígono 30 de titularidad municipal, por un plazo de 30 años, con destino a la construcción de un helipuerto eventual.
La parcela consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Valverde del Camino (Huelva), al tomo 378, libro 30, folio 164, finca registral número 2846.
Referencia catastral: 21017A030000010000XW.
Segundo. La cesión de uso se formalizará en documento administrativo, según lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero.
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la cesión gratuita de uso del terreno descrito en el apartado primero, que se adscribe a la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.
Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente decreto.
Sevilla, 27 de julio de 2021
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
JUAN BRAVO BAENA | |
Consejero de Hacienda y Financiación Europea |