Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 04/08/2021

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 29 de julio de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se publica la Oferta de Empleo Público (OEP) del Personal Docente e Investigador para el año 2021.

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La Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Ganada se realiza de acuerdo a la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. El artículo 19.Uno.1 de la mencionada ley establece que la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público se sujetará a una tasa de reposición de efectivos de 110 por ciento en los sectores prioritarios y de 100 por cien en todos los sectores

Por otra parte, el artículo 19.Uno.3.I) de la Ley 11/2020 establece que se consideran sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición las plazas de los cuerpos de Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad y de Profesores Contratados Doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.

Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los Profesores Contratados Doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados reúnen los requisitos establecidos en este apartado.

Asimismo, el artículo 19.Uno.1 establece que, en los sectores no considerados prioritarios, como son los profesores colaboradores, los profesores contratados interinos y los profesores laborales permanentes, la tasa de reposición será del 100 por cien.

Por otra parte, a partir del procedimiento de cálculo establecido en el artículo 19.Uno.7 y sobre la base de altas y bajas producidas en el ejercicio de 2020, la tasa de reposición para el Personal Docente e Investigador para la Universidad de Granada para el año 2021 será hasta un máximo de 149 plazas. Se han producido un total de 132 bajas en el sector prioritario: 78 bajas por ceses en la prestación de puesto de trabajo durante el año 2020; 50 bajas por las vacantes de Profesor Contratado Doctor como consecuencia del acceso a un cuerpo docente universitario en el año 2020; y 5 bajas por declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo de los Titulares de Universidad que promocionaron a Catedrático de Universidad en el año 2020 a las que hay que sustraer 1 alta por reincorporación de profesorado (132*110%=145,2). Por otra parte se han producido 4 bajas en el sector no prioritario por cese de prestación de puesto de trabajo en el año 2020 (4*100%=4), lo que da un total de 145,2+4=149,2, lo que, aplicando la regla de redondeo al entero más próximo, corresponde al máximo de 149 plazas anteriormente mencionado. De este total de plazas la Universidad de Granada está obligada a destinar un total de 22 plazas para la incorporación en aquella categoría en la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre, las Universidades podrán convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para el acceso al cuerpo de Catedráticos de Universidad. Estas plazas no podrán superar el número máximo de plazas que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre en ese mismo año para el acceso a los cuerpos docentes. Según el artículo 19.Uno.7 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.

Por todo ello y conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el artículo 1.b.2, de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021; en el artículo 13.1 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, así como en los Estatutos de la Universidad de Granada, y tras su negociación con los representantes de los trabajadores, este Rectorado resuelve:

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada para el año 2021, aprobada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 23 de julio de 2021, y que se acompaña como anexo.

Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes.

Tercero. Las convocatorias de las plazas derivadas de esta Oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Granada, 29 de julio de 2021.- La Rectora, María Pilar Aranda Ramírez.

ANEXO

I. Personal docente e investigador funcionario

Subgrupo Cuerpo Docente Núm. de plazas
A1 Catedrático de Universidad 45(*)

(*) Por promoción interna, en aplicación del artículo 19.Uno.7 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 y de acuerdo con el artículo 62.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Para permitir la promoción del personal docente e investigador de la Universidad de Granada, acreditado a Catedrático de Universidad, de acuerdo con los «Criterios para determinar las plazas convocadas en los concursos de acceso al cuerpo de Catedráticos de Universidad de profesorado acreditado de la Universidad de Granada», aprobado en la reunión del Consejo de Gobierno del 30 de octubre de 2015.

Subgrupo Cuerpo Docente Núm. de plazas
A1 Profesor Titular de Universidad 80(*)
A1
Profesor Titular de Universidad
(plazas para incorporar a personal que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3)
2(**)

(*) Para permitir la promoción del personal docente e investigador de la Universidad de Granada acreditado de Profesor Titular de Universidad, de acuerdo con los «Criterios para determinar las plazas convocadas en los concursos de acceso al cuerpo de Profesores Titulares de Universidad de profesorado acreditado de la Universidad de Granada» aprobados en Consejo de Gobierno del 10 de marzo de 2016.

(**) Destinado a la contratación de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3 en aplicación del artículo 19.Uno.7 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3.

II. Personal docente e investigador contratado con vinculación permanente

Categoría Núm. de plazas

Profesor Contratado Doctor
(plazas para incorporar a personal que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3)
13(*)

(*) Destinado a la contratación de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3 en aplicación del artículo 19.Uno.7 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3.

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