Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 153 de 10/08/2021

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud y Familias

Resolución de 30 de julio de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 4 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Urología, por el sistema de acceso libre, y se aprueba la baremación provisional de los aspirantes que se citan para ser propuestos en el listado complementario a la relación definitiva de aspirantes que superan el concurso-oposición.

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Mediante Resolución de 4 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 239, de 14 de diciembre) se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Urología, por el sistema de acceso libre.

El artículo 20.3 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, establece que la falta de incorporación al servicio, institución o centro dentro del plazo, cuando sea imputable al interesado y no obedezca a causas justificadas, producirá el decaimiento de su derecho a obtener la condición de personal estatutario fijo como consecuencia de ese concreto proceso selectivo.

Por su parte, el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que los órganos de selección no podrán proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas, excepto cuando así lo prevea la propia convocatoria. No obstante lo anterior, siempre que los órganos de selección hayan propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.

En este sentido, la base general 10.1.4. del Anexo I de la Resolución de 31 de enero de 2018, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 25, de 5 de febrero), por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición por el sistema de acceso libre para cubrir plazas básicas vacantes de categorías y especialidades en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud aprobadas mediante el Decreto 130/2017, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2017 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y mediante el Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía, establece que, con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas ofertadas, cuando se produzcan renuncias, o cuando alguna de las personas propuestas carezca de los requisitos señalados en la base 4, la persona titular de la Dirección General competente en materia de Personal requerirá al Tribunal Calificador/Comisión de Selección relación complementaria con las personas aspirantes propuestas para su posible nombramiento como personal estatutario o funcionario de carrera. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 de la del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Habiéndose aceptado por parte de esta Dirección General la renuncia de alguna/s de las personas aspirantes nombradas personal estatutario fijo mediante la citada Resolución de 4 de diciembre de 2020, así como habiendo aspirantes que no han realizado la toma de posesión de la plaza adjudicada en el plazo establecido en la Resolución de 16 de febrero de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se reanuda el inicio del cómputo del plazo de toma de posesión aplazado en virtud de la Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que se establecen medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, en el marco de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, del concurso oposición de la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Urología, convocada por el sistema de acceso libre (BOJA núm. 37, de 24 de febrero), procede modificar la citada Resolución de 4 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 239, de 14 de diciembre), por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Urología, por el sistema de acceso libre, y acudir por una sola vez, a la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como personal estatutario fijo.

Asimismo, esta modificación exige la baremación por parte del respectivo Tribunal Calificador de los expedientes de aquellas personas candidatas cuyo expediente no fue baremado en una primera fase al no haber alcanzado la puntuación mínima exigida para la misma, obedeciendo a razones de economía, agilidad y eficiencia, y que, tras las circunstancias descritas en el párrafo anterior, reúnen dicho requisito.

De conformidad con lo anterior y con lo establecido en las bases 12 y 13 del Anexo I  de la Resolución de 31 de enero de 2018, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 25, de 5 de febrero), por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso oposición por el sistema de acceso libre para cubrir plazas básicas vacantes de categorías y especialidades en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud aprobadas mediante el Decreto 130/2017, de  1 de agosto, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2017 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y mediante el Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por el Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 105/2019, de 12 de febrero (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, modificado por el Decreto 3/2020, de 14 de enero (BOJA núm. 10, de 16 de enero), por el que se modifica el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, para redistribuir las funciones asignadas a algunos órganos de la Consejería y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Declarar decaídas en su derecho a obtener la condición de personal estatutario fijo como consecuencia de este concreto proceso selectivo a las personas que se relacionan en el Anexo I de esta resolución, bien al haberse aceptado su renuncia expresa a tomar posesión de la plaza adjudicada en el proceso selectivo convocado por Resolución de 5 de julio de 2018, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 134, de 12 de julio), por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas especialidades de Facultativo/a Especialista de Área dependientes del Servicio Andaluz de Salud y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para el año 2017 y la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía, o bien por no haber realizado la toma de posesión de la plaza adjudicada en el plazo establecido en la Resolución de 16 de febrero de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 37, de 24 de  febrero), por la que se reanuda el inicio del cómputo del plazo de toma de posesión aplazados de la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Urología por el sistema de acceso libre.

Segundo. Aprobar, a propuesta del Tribunal Calificador, la baremación provisional de los aspirantes que se citan en el Anexo II para su posible selección en el listado complementario a la relación definitiva de aspirantes que superan el concurso oposición, fruto de los decaimientos producidos, y que se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Familias, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud

https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud

a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Las personas aspirantes que se citan en el Anexo II dispondrán de un plazo de quince días hábiles, para formular alegaciones contra la misma, contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las alegaciones deberán presentarse a través de medios electrónicos, debiendo formularse través de la VEC, cumplimentado el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de alegaciones a los listados provisionales.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para aquellos méritos que, en el momento de presentación del Autobaremo de méritos, únicamente se hubiera incorporado a la VEC la solicitud de la certificación de dicho mérito, conforme lo establecido en la base general 9.4, cuyo registro haya sido rechazado por el Tribunal de Selección por causa dicha causa, deberán aportar a través de la VEC, junto a la alegación, la documentación acreditativa correspondiente al mismo. La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados.

Para realizar la alegación la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).

Estas alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, serán admitidas o denegadas por medio de la resolución que modifique la relación definitiva de aspirantes que superen el concurso-oposición, que será elevada por el correspondiente Tribunal Calificador a la Dirección General competente en materia de Personal, ordenada por la puntuación obtenida una vez sumadas las puntuaciones de la fase de oposición y de la fase de concurso.

La vista de expediente será satisfecha mediante el ejercicio del derecho a acceder a través de la VEC a consultar la información y a obtener copia de los documentos contenidos en el expediente del interesado correspondiente al proceso selectivo al que hubiera concurrido. Dispondrán en el mismo del Informe de Baremación de Méritos efectuada por el Tribunal Calificador, facilitándole la valoración detallada de los requisitos y méritos alegados y acreditados.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de julio de 2021.- La Directora General, Pilar Bartolomé Hernández.

ANEXO I

PERSONAS ASPIRANTES DECAÍDAS EN SU DERECHO

APELLIDOS, NOMBRE DNI/NIE
SAEZ BARRANQUERO, FELIPE ***7251**
VALENCIA VERGARA, OSCAR ***5666**
SANCHEZ LUQUE, JAVIER ***2817**

ANEXO II

PERSONAS ASPIRANTES A LAS QUE SE ABRE TRÁMITE DE PRESENTACIÓN DE ALEGACIONES A LA BAREMACIÓN PROVISIONAL

APELLIDOS, NOMBRE DNI/NIE
GONZÁLEZ GARCÍA, ÓSCAR ***8475**
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