Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 11/08/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Resolución de 5 de agosto de 2021, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se dispone el cumplimiento y publicación del fallo de la Sentencia de 28 de octubre de 2019, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, procedimiento ordinario 98/2014 sobre la revisión del PGOU de El Puerto de Santa María (Cádiz).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00197176.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, dictó Sentencia el 28 de octubre de 2019 (aunque por error dice ser de 28 de octubre de 2018), en relación con el recurso núm. 98/2014, interpuesto contra la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía de 21 de febrero de 2012, publicada en el BOJA el 3 de diciembre de 2013, por la que se aprueba definitivamente el Plan General de Ordenación Urbanística de El Puerto de Santa María, cuyo fallo recoge expresamente:

FALLAMOS

«Estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Sra. Procuradora doña Rocío Salvador Almeida Sánchez en nombre y representación de la entidad mercantil Ordoñez y Ortega, S.L., don F.J.T.M., don J.M.L.M., don I.M.M.T., don A.M.M.T., doña M.L.M.T. y doña E.B.M., contra la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía publicada el 3 de diciembre de 2013 y contra la Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía de 6 de marzo de 2015, debemos declarar y declaramos su nulidad por no ser conforme a derecho. Sin especial pronunciamiento en materia de costas.»

La sentencia de 28 de octubre de 2019 ha alcanzado firmeza tras la sentencia núm. 749/2021, de fecha 27 de mayo de 2021, del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, que declara no haber lugar al recurso de casación núm. 1412/2020, interpuesto por el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María contra la citada sentencia.

El artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dispone que las sentencias firmes que anulen una disposición general tendrán efectos generales desde el día en que sea publicado su fallo en el mismo periódico oficial en que lo hubiera sido la disposición anulada.

Vistos los artículos 118 de la Constitución Española, 17.2 de la Ley 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, 12 del Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, modificado por el Decreto 440/2019, de 2 de abril, y el artículo 6 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo, como titular de la Dirección General competente por razón de la materia,

HE RESUELTO

Dar cumplimiento a la sentencia de 28 de octubre de 2019, Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Segunda, con sede en Sevilla, en relación con el recurso núm. 98/2014, interpuesto por la entidad mercantil Ordoñez y Ortega, S.L., don F.J.T.M., don J.M.L.M., don I.M.M.T., don A.M.M.T., doña M.L.M.T. y doña E.B.M., y, a tal efecto, disponer la publicación del fallo en los términos expuestos.

Sevilla, 5 de agosto de 2021.- La Directora General, P.S. (Orden de 22.6.2021, BOJA núm. 130, de 8.7.2021), la Secretaria General Técnica, María Rosario de Santiago Meléndez.

Descargar PDF