Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 159 de 19/08/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 9 de agosto de 2021, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Almería, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Almería y se emplaza a los posibles interesados en el Procedimiento Abreviado núm. 467/2019.

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Por Decreto de 26 de julio de 2021, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Almería ha admitido el recurso contencioso-administrativo presentado por don Antonio Martínez Matías contra la Resolución de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Almería, de fecha 4 de abril de 2019, por la que se declara la obligación de reintegrar el primer pago e intereses de la subvención de la Iniciativa Bono Empleo Joven y se declara la pérdida del derecho al cobro del segundo pago  (expte. núm. AL/BJE/289/2017).

Según lo dispuesto en los artículos 78.3 y 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Almería requiere al Servicio Andaluz de Empleo para que remita el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista y para que se notifique la resolución por la que se acuerde remitir el expediente, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.

Por todo lo anterior, y en virtud de las competencias atribuidas por el apartado 4 del resuelve tercero de la Resolución de 28 de noviembre de 2012, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se delegan competencias en los órganos directivos de la Agencia en materia de personal, de gestión económico-financiera, de contratación y de gestión administrativa, esta Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Almería

RESUELVE

Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo Procedimiento Abreviado núm. 467/2019 y ordenar la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Almería de copia autentificada y precedida de un índice del correspondiente expediente administrativo.

Segundo. Emplazar a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento para que puedan personarse como demandados, en el plazo de los nueve días siguientes a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Almería. Si se personasen posteriormente a ese plazo, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, y, si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificaciones de clase alguna, según establece el artículo 50.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Almería, 9 de agosto de 2021.- El Director, Emilio R. Ortiz López.

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