Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 26/01/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de septiembre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinticuatro de Sevilla, dimanante de autos núm. 1826/2017. (PP. 2351/2020).

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NIG: 4109142120170065197.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1826/2017. Negociado: 4.º

Sobre: Cumplimiento.

De: PSA Financial Services Spain EFC, S.A.

Procuradora: Sra. Pilar Durán Ferreira.

Letrado: Sr. Eduardo Ortiz Martí.

Contra: Rosario González García y Jesús López González.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1826/2017, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Veinticuatro de Sevilla, a instancia de PSA Financial Services Spain EFC, S.A., contra Rosario González García y Jesús López González sobre cumplimiento, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

ENCABEZAMIENTO

SENTENCIA Núm. 58/2019

Juez que la dicta: Doña Sofía Barrera Pardo.

Lugar: Sevilla.

Fecha: Quince de marzo de dos mil diecinueve.

Parte demandante: PSA Financial Services Spain EFC, S.A.

Abogado: Eduardo Ortiz Martí.

Procurador: Pilar Durán Ferreira.

Parte demandada: Rosario González García y Jesús López González.

Objeto del juicio: Cumplimiento.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Durán Ferreira en nombre y representación de PSA Financial Services Spain EFC, S.A., contra don Jesús López González y doña Rosario González García y en consecuencia condeno a los demandados a pagar a la actora 11.421,92 euros más intereses y costas determinados en los fundamentos de referencia.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm., indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Magistrado-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia doy fe, en Sevilla, a quince de marzo de dos mil diecinueve.

Y con el fin de que sirva de notificacion en forma a los demandados Rosario González García y Jesús López González, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintinueve de septiembre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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