Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 169 de 02/09/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 21 de abril de 2020, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Vera, dimanante de autos núm. 369/2018. (PP. 2541/2021).

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0410042120180001951.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 369/2018. Negociado: A.

Sobre: Reconocimiento de deuda de Naturalfrio, S.L.L.

Procurador: Sr. José María Molina Molina.

Letrado: Sr. Xavier Patrick Blondiau.

Contra: JL Records Spain, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 21/2020

En Vera, a once de febrero de dos mil veinte.

La Sra. doña Francisca Navarro Reche, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Vera y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal (art. 250.2) 369/2018, seguidos ante este Juzgado, entre parte, de una como demandante la entidad Naturalfrio, S.L.L., con Procurador don José María Molina Molina y Letrado don Xavier Patrick Blondiau; y de otra como demandado JL Record Spain, S.L., en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, y,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por la entidad Naturalfrio, S.L.L., se interpuso demanda de juicio verbal frente a JL Record Spain, S.L., ejercitando acción de reclamación de cantidad y en la que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de pertinente aplicación, terminó suplicando se condene a la demandada a pagar a la actora la cantidad de dos mil cuatrocientos veinticinco euros con ochenta y siete céntimos de euro (2.425,87 euros) de principal más los intereses legales y de morosidad vencidos, con condena en costas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Se ejercita por la parte actora, con fundamento en el artículo 1255, artículo 1088 y concordantes del CC, una acción en reclamación de cantidad de 2.425,87 euros por los productos congelados y frescos servidos al demandado y no pagados.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la mercantil Naturalfrio, S.L.L., con Procurador don José María Molina Molina frente a la entidad JL Record Spain, S.L., en rebeldía procesal, debo condenar y condeno al demandado a pagar a la actora la cantidad de dos mil cuatrocientos veinticinco euros con ochenta y siete céntimos de euro (2.425,87 euros) más los intereses del fundamento de derecho tercero de esta resolución y con condena en costas.

Contra esta resolución no cabe recurso de apelación. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de JL Records Spain, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Vera, a veintiuno de abril de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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