Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 175 de 10/09/2021

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Ayuntamientos

Anuncio de 30 de agosto de 2021, del Ayuntamiento de Almonte, de las bases para la provisión por el sistema de libre designación del puesto de Jefe/a de la Policia Local. (PP. 2579/2021).

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Expediente núm.: 6633/2021.

Asunto: Bases para la provisión por el sistema de libre designación de puesto de Jefe/a de la Policía Local.

Por Resolución del Teniente-Alcalde de fecha 20 de julio de 2021, se aprobaron las bases y la convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación del puesto de Jefe/a de la Policía Local del Ayuntamiento de Almonte. Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria.

«BASES PARA LA PROVISIÓN POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN DEL PUESTO DE JEFE/A DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALMONTE»

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente Convocatoria la provisión del puesto de Jefe/a de Policía Local del Ayuntamiento de Almonte, mediante el sistema de libre designación, conforme a los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad, y lo establecido en el artículo 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales.

Las características de dicho puesto serán:

Denominación/Categoría Jefe de Policía
Escala/Subescala/Grupo Administración Especial / Servicios Especiales/A2
Código del Puesto en RPT FN.PL.A2.001

Segunda. Funciones.

El/La Jefe/a de Policía, bajo la dependencia directa de la Alcaldía o Concejal Delegado, en su caso, ostenta la máxima responsabilidad de la Policía Local y tiene el mando inmediato sobre todas las unidades y servicios en los que ésta se organice, ejerciendo, entre otras, las funciones que se determinan en el artículo 57 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, en cuanto a la organización, dirección, coordinación y supervisión de las distintas unidades del Cuerpo, así como las establecidas en la normativa reguladora y en la Relación de Puestos de Trabajo.

Tercera. Requisitos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, los/las aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de funcionario/a de carrera de la máxima categoría de la plantilla de Policía Local, o la condición de funcionario/a de carrera de otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, con igual o superior rango y categoría que la del funcionario/a que ocupa el puesto de máxima categoría del Cuerpo de la Policía Local de Almonte, (Inspector/a de Policía. Grupo A2), con acreditada experiencia en funciones de mando.

b) Estar en posesión de cualquiera de los títulos exigidos para el Grupo A2 en el Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

c) Encontrarse en situación administrativa de servicio activo.

d) Haber abonado la tasa por derechos de examen (Ordenanza Fiscal 2-32).

Todos estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.

Las solicitudes para tomar parte en la provisión del puesto de Jefe/a de Policía Local (Anexo I), en las que los/las aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento y se presentarán en la sede electrónica https://almonte.sedelectronica.es/info o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOJA.

Consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal: Los/las aspirantes con la presentación de la instancia otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente procedimiento de provisión de puestos de trabajo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.

Los/las aspirantes deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:

- Certificado negativo de antecedentes penales.

- Fotocopia del DNI, o documento identificativo similar.

- Curriculum vitae.

- Títulos académicos.

- Certificado acreditativo de los años de servicio prestados.

- Certificado acreditativo de los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto.

- Harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando.

- Proyecto de organización eficiente de la Jefatura de la Policía Local en un municipio de similares características a Almonte, municipio declarado Turístico, con una población aproximada de 25.000 habitantes, que en épocas vacacionales aumenta considerablemente, con tres numerosos núcleos de población, y una plantilla actual operativa de 39 agentes, 7 oficiales, 1 subinspector y 1 inspectora.

El proyecto deberá presentarse impreso por una sola cara (máximo de 20 páginas) en soporte digital, tipo de letra Calibrí, títulos: tamaño 14 negrita, resto del texto: tamaño 12 normal.

Las solicitudes o instancias de participación deberán presentarse acompañadas obligatoriamente del resguardo de pago de haber satisfecho las tasas correspondientes para tomar parte en el proceso selectivo, que se han fijado en la cantidad de 80 euros, según Ordenanza Fiscal 2/32, aprobada en Sesión Ordinaria de Pleno de fecha 4 de febrero de 2005 (Boletín Oficial de la Provincia de fecha 21 de abril de 2005), y modificada en fecha 6.10.2006, 5.10.2007, 10.10.2008 y 14.9.2009. Este ingreso se realizará mediante documento de ingreso que puede obtenerse a través de la web corporativa

www.almonte.es (opción: documento de ingreso)

o personándose en la oficina de atención del ciudadano del Excmo. Ayuntamiento de Almonte, previa cita, sita en C/ Concepción núm. 7, con la indicación «Provisión por el Sistema de Libre Designación del Puesto de Jefe/a de la Policía Local del Ayuntamiento de Almonte». El importe de las mencionadas tasas no se admitirá fuera del plazo de presentación de instancias, siendo motivo de exclusión definitiva la falta de pago de las mismas y sólo se retornará el importe en caso de no ser admitido/a en el proceso selectivo.

Quinta. Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Concejal Delegado dictará resolución, declarando aprobada con carácter provisional la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, publicándose anuncio en el BOP y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento, con indicación de las causas de exclusión, así como el plazo de subsanación del defecto que haya ocasionado la exclusión u omisión de la lista de admitidos/as y excluidos/as, para lo cual se otorgará un plazo de cinco días hábiles.

Si se formulasen subsanaciones, serán resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe la lista definitiva, que se hará pública, asimismo, en la forma indicada para la lista provisional. De no presentarse reclamaciones, la lista provisional se entenderá elevada automáticamente a definitiva, haciéndose constar en la misma tal circunstancia.

Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva podrán los/las interesados/as interponer recurso potestativo de reposición, en los términos previstos en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en los términos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Sexta. Comisión de valoración.

La Comisión de Valoración, órgano colegiado nombrado por la Alcaldía, estará compuesta, todos ellos con voz y voto salvo el secretario, por los siguientes miembros:

- Presidencia: Teniente de Alcalde Delegado de RRHH.

- Vocalías:

La Concejala Delegada de Seguridad Ciudadana.

Un funcionario/a nombrado por la Alcaldía-Presidencia.

- Secretaría: El Secretario de este Ayuntamiento, o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

La Comisión no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia del Presidente, Secretario y un vocal.

Se valorará especialmente la realización de cursos y enseñanzas encaminadas al desempeño de las funciones policiales, así como experiencia en funciones de mando, teniendo en cuenta la singularidad de este municipio y la mejor gestión del colectivo de la Policía Local.

Una vez examinadas las solicitudes y acreditados los requisitos y méritos alegados en la convocatoria, si la Comisión de Valoración lo estima oportuno, se podrán realizar entrevistas curriculares a fin de profundizar en la adecuación de las personas aspirantes al puesto ofertado, así como la acreditación de los méritos. En la entrevista se podrá realizar la defensa oral del proyecto de organización eficiente.

La convocatoria de las entrevistas se notificará individualmente a aquellas personas candidatas que la Comisión de Valoración considere entre las de mayores méritos objetivos aportados.

Igualmente, se podrán recabar las aclaraciones o, en su caso, aportación de documentación que se considere necesaria, todo ello con objeto de poder realizar la mejor elección.

La Comisión de Valoración elevará su propuesta, para que se proceda a su nombramiento.

Séptima. Nombramiento, toma de posesión y cese.

El órgano competente para proceder al nombramiento será la Alcaldía, y lo llevará a cabo de acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad, en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

El nombramiento recaerá en el candidato/a que, reuniendo los requisitos exigidos en las presentes bases y convocatoria, sea elegido discrecionalmente para ocupar el puesto requerido, pudiendo quedar desierta la convocatoria si ningún aspirante es elegido/a.

El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio de residencia, y empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva y en la sede electrónica de la Corporación http://almonte.sedelectronica.es

El aspirante nombrado podrá ser cesado y removido de sus funciones con carácter discrecional por el órgano que lo nombró.

Octava. Normativa aplicable.

Esta convocatoria se regirá por las presentes bases y, en su defecto supletoriamente, será de aplicación la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales; el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; y restantes normas que resulten de aplicación.

Novena. Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrá interponerse por los interesados, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo; o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación; todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Almonte, 30 de agosto de 2021.- El Teniente Alcalde, Delegado de Administración, Hacienda y Recursos Humanos, José María García González.

ANEXO 1

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO DE JEFE/A DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALMONTE.

Datos personales.

Primer apellido:

Segundo apellido:

Nombre:

Fecha de nacimiento:

DNI:

Correo electrónico:

Teléfono Contacto:

Domicilio:

Municipio y provincia:

C.P.:

Datos profesionales.

Categoría profesional:

Títulos:

Situación administrativa actual:

Activo:

Otras:

Tipo de administración:

Estatal .............................. Autonómica .............................. Local: ..............................

Ministerio:

Consejería:

Área: Centro: Unidad:

Denominación del puesto de trabajo que ocupa:

Nivel de CD:

Municipio:

Provincia:

Declaro bajo mi responsabilidad, que conozco expresamente y reúno los requisitos establecidos en la convocatoria para desempeñar el puesto que solicito y que los datos y circunstancias que hago constar en el presente anexo son ciertos.

Que otorga al Ayuntamiento de Almonte su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente procedimiento de provisión de puestos de trabajo, de conformidad con la normativa vigente en la materia.

DOCUMENTACIÓN ANEXA

Relación de documentación.

En ..................................................., a......................... de ...................................... de 2021.

Firma.

A la Sra. Alcaldesa/Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Almonte.

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