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En cumplimiento de lo dispuesto en la base 4.3 de la Resolución de la Universidad de Sevilla de fecha 11 de enero de 2021 (BOJA de 15 de enero de 2021 y BOE de 2 de febrero de 2021), por la que convoca procedimiento selectivo por acceso libre, mediante el sistema de concurso, para ingreso como personal laboral fijo del Grupo IV del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, en plazas reservadas para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.
Este Rectorado ha resuelto lo siguiente:
Primero. Publicar los listados definitivos de personas admitidas y excluidas, así como los motivos de exclusión, de la mencionada convocatoria.
Segundo. Los listados referidos en el punto anterior podrán ser consultados a través de la página web de la Universidad de Sevilla https://recursoshumanos.us.es desde el día de la publicación de la presente resolución.
Tercero. Hacer pública la composición del Tribunal de Valoración, encargado de valorar los méritos de los participantes en este proceso selectivo, cuyos integrantes son los siguientes:
Miembros Titulares | |
Presidenta | Ana María López Jiménez |
Secretario | José Alonso Murciano |
Vocal | Agustín Luque Fernández |
Vocal | Laura Lozano Cantos |
Vocal | María Dolores Chaves Martínez |
Vocal | Antonio Ramírez Iberburen |
Miembros Suplentes | |
Presidente | Juan Antonio Ruiz Rivas |
Secretaria | María Ángeles Domínguez Acevedo |
Vocal | Pedro Jesús Rodríguez Domínguez |
Vocal | María de las Mercedes Borda Mas |
Vocal | Laura Rodríguez Romero |
Vocal | Gerardo Labrador Cuéllar |
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Sevilla, 14 de septiembre de 2021.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.
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