Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 187 de 28/09/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Viceconsejería, por la que se aprueba el deslinde parcial (primer tramo) del monte público «Grupo Ordenados de Almonte», titularidad del Ayuntamiento de Almonte y situado en el término municipal de Almonte, provincia de Huelva.

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Expte. MO/00019/2020.

Visto el expediente núm. MO/00019/2020, de deslinde parcial (primer tramo) del monte público «Grupo Ordenados de Almonte», código de la Junta de Andalucía HU-50003-AY, titularidad del Ayuntamiento de Almonte y situado en el término municipal de Almonte, provincia de Huelva, resultan los siguientes

HECHOS

1. El expediente MO/00019/2020 de deslinde parcial del tramo primero del monte público «Grupo Ordenados de Almonte» surge ante la necesidad de establecer de forma indiscutible la plena posesión del mismo por parte del Ayuntamiento de Almonte, alterada debido a las numerosas descatalogaciones, permutas, compras, concesiones y ocupaciones que se han practicado desde que se ejecutó el deslinde de 1891, y de fijar de forma exhaustiva los linderos, diferenciando el terreno de pleno dominio del Ayuntamiento del terreno de propiedad privada. Todo ello en consonancia con lo establecido en el artículo 19.1 del Decreto 178/2014, de 16 de diciembre, del Plan Especial de Ordenación de las zonas de regadío ubicadas al norte de la corona forestal de Doñana y el programa de medidas complementarias a dicho plan (BOJA núm. 254, de 30 de diciembre de 2014).

2. Mediante Orden de 17 de marzo de 2020, la Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca, y Desarrollo Sostenible acordó el inicio del deslinde administrativo del tramo primero del monte público «Grupo Ordenados de Almonte», relativo al perímetro exterior desde la carretera A-483, entre los kilómetros 15 y 16 (concretamente 15,860), hasta el suroeste del monte público Pinar Grande, cercano al paraje Los Pajonales, polígono 53, parcela 24, a la altura del vértice geodésico Los Cerrajones, a una distancia aproximada de 800 metros con el límite de término municipal de Rociana. Se acordó que la operación de deslinde se realizase por el procedimiento ordinario según recoge el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, procediendo a dar publicidad a la orden de inicio y a notificarla fehacientemente a los interesados, colindantes y afectados del siguiente modo:

- Notificación individualizada del anuncio de orden de inicio a todos los colindantes e interesados conocidos, estando la prueba documental de constancia de la práctica de la notificación articulada mediante el correspondiente acuse de recibo, debidamente cumplimentado y archivado en el expediente administrativo.

- Publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Almonte, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 78, de 24 de abril de 2020, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. núm. 69, de 29 de abril de 2020.

- Publicación en el Boletín Oficial del Estado núm. 107, de 17 de abril de 2020, para notificar el acto a las personas con domicilio desconocido o erróneo. Además, al considerarse que el acto tiene por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas y que la notificación efectuada a un solo interesado es insuficiente para garantizar la notificación a todos de acuerdo a lo establecido en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Asimismo, se procedió a la comunicación de la orden de inicio del expediente al Registro de la Propiedad de Almonte para que extendiera la correspondiente nota al margen de la inscripción del monte, a efectos de publicitar la declaración del mismo en estado de deslinde.

En abril de 2020 se redacta la memoria, que fue aprobada el 17 de abril del mismo año.

3. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el 23 de septiembre de 2020, notificándose dicha circunstancia a todos los colindantes e interesados conocidos, y siendo publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 144, de 28 de julio de 2020, en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 135, de 19 de agosto de 2020, en el Boletín Oficial del Estado núm. 209, de 3 de agosto de 2020, y en el tablón de anuncios de los Ayuntamiento de Almonte. Para ello, se tomaron como base de trabajo el deslinde aprobado por Real Orden de 8 de marzo de 1891, cartografía histórica del término municipal de Almonte del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Andalucía, el convenio de cooperación entre la Administración Forestal y el Ayuntamiento de Almonte de 1995, el Registro de la Propiedad de Almonte, informes de descatalogaciones, expropiaciones y permutas del monte público, el registro topográfico levantado con motivo de estas actuaciones y los datos de la Gerencia Territorial del Catastro de Huelva.

4. Durante el día 23 de septiembre y 15 de octubre de 2020 se llevaron a cabo las operaciones materiales de deslinde, colocándose un total de 296 piquetes que definen el perímetro del monte público. En las correspondientes actas se recogieron las manifestaciones efectuadas por los interesados, firmando su conformidad o disconformidad, según los casos, con los actos materiales de deslinde. Con fecha 4 de noviembre de 2020 el ingeniero operador emite el informe previsto en el artículo 41 de la Ley Forestal y 119 del Reglamento de Montes.

5. El periodo de vista y audiencia del expediente para la formulación de alegaciones fue anunciado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 235, de 4 de diciembre de 2020, en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 212, de 11 de diciembre de 2020, en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Almonte, y notificado a todos los colindantes e interesados conocidos. Asimismo, se procedió a su publicación en el Boletín Oficial del Estado núm. 298, de 12 de noviembre de 2020.

6. Transcurrido el plazo otorgado de vista y audiencia del expediente de deslinde no se han presentado alegaciones, tal y como consta en el certificado emitido por el ingeniero operador con fecha de 14 de mayo de 2021, en el cual se hacen constar las consideraciones siguientes:

- En relación a las manifestaciones realizadas por Francisco Acosta Galindo, en nombre del Ayuntamiento de Almonte, como propietario y el concesionario de la parcela Rafael Reales Martínez durante la sesión de apeo, en el que manifiesta su disconformidad con el deslinde practicado y expone que el Ayuntamiento de Almonte es propietario de una superficie de aproximadamente 1.600 metros cuadrados anejos al monte público «Ordenados de Almonte», solicitando en el acta de apeo la inclusión de esta superficie dentro del monte público y el retranqueo de la fachada de entrada a la parcela. En relación a la inclusión de estos terrenos dentro del monte, estudiada la petición en gabinete técnico y haciendo un nuevo levantamiento topográfico de la zona a rectificar, se atiende la petición realizada sobre la inclusión en el monte público de una superficie de 1.634 metros cuadrados, propiedad del Ayuntamiento. La modificación del lindero supone una mejor definición de los límites del mismo, incorporando terrenos no cultivados propiedad del Ayuntamiento de Almonte. Todo ello en base a la potestad otorgada al Ingeniero Operador por el artículo 110 del Decreto 485/1962, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Montes, de resolver cuestiones sobre el terreno siempre que se mejoren los límites de monte y no introduciendo modificaciones en la titulación de las fincas. Quedando los linderos rectificados del monte público con la propiedad reflejados en la cartografía de deslinde.

- En relación a la solicitud de retranqueo de la fachada de la entrada a la parcela, no procede, una vez comprobada que la linde provisional del monte no transcurre por ese lado.

- En cuanto a la disconformidad realizada Rafael Reales Martínez durante la sesión de apeo, en la que manifiesta no estar conforme con el deslinde, esta ha sido desestimada, valorando en su caso la documentación presentada en el informe de clasificación de fincas, no existiendo fundamentos que rebatan los estudios técnicos realizados para la ejecución del deslinde.

7. Con fecha 13 de julio de 2021 se emite informe núm. 2020/71 por los Servicios Jurídicos del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía en la provincia de Huelva, sobre el deslinde de referencia, que obra en el expediente.

A los anteriores hechos les resultan de aplicación las siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, Decreto 485/1962, de 22 de febrero, que aprueba el Reglamento de Montes, Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás legislación aplicable al caso.

A la vista de lo anterior, en uso de las competencias que le vienen dadas en el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, y en base a lo dispuesto en la Orden de 28 de mayo de 2019, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería, esta Viceconsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

RESUELVE

1.º Aprobar el expediente MO/00019/2020, de deslinde parcial (primer tramo) del monte público «Grupo Ordenados de Almonte», código de la Junta de Andalucía HU-50003-AY, titularidad del Ayuntamiento de Almonte y situado en el término municipal de Almonte, provincia de Huelva, de acuerdo con las actas, planos e informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente, y el registro topográfico que se incorpora en el anexo.

2.º Que una vez firme la resolución de aprobación se proceda a realizar las modificaciones pertinentes en el Catálogo de Montes de Andalucía, sin perjuicio de posteriores rectificaciones en base a nuevos deslindes, sentencias judiciales o nueva documentación, quedando este tramo del monte descrito en el mismo como a continuación se detalla:

Monte público: Grupo Ordenados de Almonte.

Código: HU-50003-AY.

Pertenencia: Ayuntamiento de Almonte.

Término municipal: Almonte.

Provincia: Huelva.

Linderos:

Perímetro exterior desde la carretera A-483, entre los kilómetros 15 y 16 (concretamente 15,860), hasta el suroeste del monte público «Pinar Grande», cercano al paraje Los Pajonales, polígono 53, parcela 24, a la altura del vértice geodésico Los Cerrajones, a una distancia aproximada de 800 metros con el límite de término municipal de Rociana.

3.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.

4.º Que se proceda a la cancelación de las anotaciones preventivas de deslinde realizadas según lo establecido en el artículo 127.4 del Reglamento de Montes, aprobado mediante el Decreto 485/1962, de 22 de febrero.

5.º Que estando formado el monte público por tres fincas registrales inscritas en el Registro de la Propiedad de Almonte a favor del Ayuntamiento de Almonte, se encuentra afectada por el presente deslinde parcial la siguiente finca registral:

Finca Tomo Libro Folio Inscripción Superficie registral (ha)
3.747 613 68 99 1.ª 8.678

Una vez sea firme la aprobación del deslinde y en virtud del artículo 133 del Reglamento de Montes, aprobado mediante el Decreto 485/1962, de 22 de febrero, se proceda a inscribir en el Registro de la Propiedad de Almonte el expediente MO/00019/2020, de deslinde parcial del tramo primero del monte público «Grupo Ordenados de Almonte», en cuanto a las fincas registrales que se ven afectadas por el mismo, con cada uno de los piquetes de deslinde que se detallan en las correspondientes actas e informe del ingeniero operador que obran en el expediente.

El registro topográfico del expediente MO/00019/2020 se adjunta como anexo a la presente resolución.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la misma o de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía; o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados de igual forma que el punto anterior, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.

Sevilla, 14 de septiembre de 2021.- La Viceconsejera, P.D. (Orden 28.5.2019), Ana María Corredera Quintana.

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