Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 189 de 30/09/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se da publicidad a la finalización de disponibilidad presupuestaria para la concesión de subvenciones, regulada en la Orden de 27 de junio de 2019, de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00199181.

Examinadas, por el Servicio de Gestión del Trabajo Autónomo, las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 27 de junio de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía (BOJA número 124, de 1 de julio), convocadas por Resolución de 26 de julio de 2019, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social (BOJA extraordinario núm. 19, de 29 de julio), se constatan los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 29 de julio de 2019 se publica en BOJA, Resolución de 26 de julio, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva reguladas en la Orden de 27 de junio de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía.

Segundo. En la referida resolución se acuerda el crédito disponible para dicha convocatoria en 28.600.000 euros, distribuidos en los ejercicios 2019, 2020 y 2021.

Tercero. Realizada la instrucción de los expedientes correspondientes se comprueba que se ha alcanzado el límite de las consignaciones presupuestarias, con el número de solicitud y a la fecha y hora siguientes: CTC-2021132444, 28.6.2021, 9:35:23 horas.

A los referidos antecedentes son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para dictar la presente resolución corresponde, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 y el apartado segundo de la disposición adicional única de la Orden de 27 de junio de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa bases reguladoras del Programa de Estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

Segundo. El artículo 15 de la Orden de 27 de junio de 2019 señala en su punto 4 que, en el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se agotara el crédito establecido en la convocatoria, se hará público en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, mediante resolución del órgano competente para resolver.

Tercero. El resuelve Quinto de la Resolución de 26 de julio de 2019, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, señala que las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a aquél en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el 30 de septiembre de 2021. En el supuesto de que antes de finalizar el mencionado plazo se agotase el crédito establecido en el resuelve cuarto, se hará público en la forma establecida en el artículo 21 de la Orden de 27 de junio de 2019, para la publicidad de las subvenciones, mediante resolución del órgano competente para resolver.

RESUELVE

Primero. Declarar la finalización de la disponibilidad presupuestaria del crédito asignado a la convocatoria de la Orden de 27 de junio de 2019, quedando agotada la disponibilidad presupuestaria con la concesión de las solicitudes con el número, fecha de presentación y hora en el órgano competente para resolver que se relacionan por medidas en el Antecedente de Hecho Tercero de la presente resolución.

Segundo. Publicar en la página web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, la presente resolución por la que se declara la finalización de la disponibilidad presupuestaria para la concesión de las subvenciones correspondientes al Programa Estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía, reguladas en la Orden de 27 de junio de 2019, en las medidas antes citadas en el resuelve primero.

Sevilla, 27 de septiembre de 2021.- La Directora General, Susana Romero Román.

Descargar PDF