Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 194 de 07/10/2021

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Ayuntamientos

Anuncio de 28 de septiembre de 2021, del Ayuntamiento de Córdoba, sobre Aprobación inicial de la Innovación del PGOU para Ampliación del PP (I)-8 con usos logísticos «El Álamo». (PP. 2844/2021).

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Rf.ª: Planeamiento/AJAM/ 9.1 – 5/2018

Help 2021/37816

EDICTO

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de junio de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar inicialmente la Innovación del pgou denominada Innovación del PGOU zona para Ampliación del PP I-8 con usos logísticos, la cual incluye el documento de Impacto en la Salud (IES), así como el Estudio Ambiental Estratégico y resumen no técnico del documento de la innovación, según artículo 40.5.g) de la Ley GICA y su resumen ejecutivo previsto en el artículo 25 del TRLS/15 y artículo 19.3 de la LOUA, formulada por la Gerencia Municipal de Urbanismo, a petición de Prourban, S.L.

Segundo. Someter los documentos, aprobados en el apartado primero, a información pública por plazo de 45 días (conforme a los artículos 38 y 40.5.g) del Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo, por el que se modifica la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, según su modificación dada por la Ley 3/2015, de 29 de diciembre, de Medidas en Materia de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, de Aguas, Tributaria y Sanidad Animal), mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), en uno de los diarios de mayor difusión de la Provincia y en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba y de la Gerencia Municipal de Urbanismo, y en las sedes electrónicas del Ayuntamiento y de la Gerencia Municipal de Urbanismo, computándose el plazo de los 45 días hábiles, a partir del día siguiente al que se produzca la primera publicación, finalizando el mismo día que termine el plazo de la última publicación que se realice, por lo que durante el citado plazo podrán presentarse alegaciones y sugerencias que se consideren oportunas frente a los documentos aprobados en el apartado primero.

Tercero. Solicitar informes de los siguientes órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados, entre otros, los siguientes:

a) Informe del Ministerio de Fomento en materia de carreteras por afección a la red de carreteras del Estado (punto kilométrico 412 de la Autovía A-4) según lo dispuesto en el artículo 16.6 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.

b) Informe a la Secretaría General de Calidad, Innovación y Salud Pública de la Consejería de Salud conforme a lo dispuesto en, el artículo 32.1.2.ª de la LOUA, en la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía, y en los artículos 3 y 14 del Decreto 169/2014, de 9 de diciembre, por el que se establece el procedimiento de la Evaluación del Impacto en la Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c) Informe a la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento, por la posible afección con las servidumbres aeronáuticas establecidas conforme a la Ley 48/60, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, Decreto 584/72, de 24 de febrero, de Servidumbres Aeronáuticas, modificado por Decreto 2490/74, de 9 de agosto, y por el Real Decreto 1541/2003, de 5 de diciembre; Real Decreto 2845/1976, de 12 de noviembre, por el que se establecen las nuevas servidumbres aeronáuticas del Aeropuerto de Córdoba y las Servidumbres Aeronáuticas contenidas en el Plan Director del Aeropuerto de Córdoba aprobado por Orden del Ministerio de Fomento de 23 de julio de 2001, y en concreto lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, de Ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio.

d) Informe al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo por la posible afección de la Innovación al Centro Logístico de Hidrocarburos (CLH) y por las telecomunicaciones.

e) Informe a Confederación Hidrográfica del Guadalquivir por la posible afección sobre Arroyo El Álamo y Río Guadajoz.

f) Informe de movilidad del Servicio de Planificación del Transporte de la Dirección General de Movilidad de la Junta de Andalucía. Las Innovaciones de planeamiento urbanístico general incluirán un análisis de su incidencia sobre la movilidad, y en su caso, las modificaciones que deban realizarse en el Estudio de Movilidad correspondiente al Plan General para asegurar la correcta integración de las nuevas propuestas en la estructura.

g) Informe de incidencia territorial. Regulado en el Decreto de CMAOT y la Orden COPT de 3 de abril de 2007 (BOJA núm. 73, de 13 de abril de 2007).

Cuarto. Solicitar a través de la Comisión Provincial de Coordinación Urbanística, de conformidad con la disposición adicional primera del Decreto 36/2014, los informes sectoriales en materia de urbanismo conforme a lo previsto en el artículo 32.1.2.ª de la LOUA:

- Informe de evaluación de Impacto en la Salud, conforme al artículo 56.1 de la Ley 16/2011.

- Informe de incidencia territorial, previsto en la D.A. 8.ª de la Ley 7/2002, y D.A. 2.ª del Decreto 36/2014.

- Informe de Movilidad, del Servicio de Planificación del Transporte de la Dirección General.

Quinto. Solicitar a la Intervención General del Excmo. Ayuntamiento informe al estudio de sostenibilidad económica de conformidad con lo previsto en el apartado 5.º del informe del Servicio de Planeamiento.

Sexto. Indicar que se arbitrarán medios de difusión complementarios a la información pública que se realice (BOP; BOJA; diario; tablón de anuncios) mediante su inserción, al menos, en las páginas web del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba y de la Gerencia Municipal de Urbanismo, y comunicación a sectores Empresariales, Sindicales y de la Economía Social, y a los órganos del Movimiento Ciudadano.

Séptimo. Indicar que al tratarse de una Innovación que modifica los usos del suelo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.ter de la Ley 7/85, reguladora de las Bases de Régimen Local, constan en el expediente la identidad de todos los propietarios o titulares de otros derechos reales sobres las fincas afectadas durante los cinco años anteriores a su iniciación, según resulta de los datos que se han podido obtener, y en todo caso, del Catastro, pudiendo consultarse su identidad y procediéndose a la notificación del presente acuerdo a los mismos a efectos de que formulen las alegaciones que en su caso estimen procedentes.

Córdoba, 28 de septiembre de 2021.- El Presidente, Salvador Fuentes Lopera.

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