Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 195 de 08/10/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Resolución de 30 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se dispone el cumplimiento y publicación del fallo de la sentencia de 27 de septiembre de 2019, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, procedimiento ordinario 636/2012, y acumulados 94/2014, 354/2015 y 472/2016, sobre la revisión del PGOU de El Puerto de Santa María (Cádiz).

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La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, dictó sentencia el 27 de septiembre de 2019, en relación con el recurso núm. 636/2012, y acumulados 94/2014, 354/2015 y 472/2016, interpuesto contra la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía de 21 de febrero de 2012, por la que se aprueba definitivamente el Plan General de Ordenación Urbanística de El Puerto de Santa María; Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 5 de noviembre de 2013, que dispone la publicación de las Normas Urbanísticas de dicho instrumento; Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 6 de marzo de 2015, que dispone la publicación de la normativa urbanística del documento de levantamiento de las suspensiones de la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de El Puerto de Santa María; Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 17 de febrero de 2016, que dispone la publicación de la Orden de 14 de abril de 2015, por la que se aprueba el Anexo Complementario II: documento de levantamiento de las suspensiones la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de El Puerto de Santa María; cuyo fallo recoge expresamente:

«FALLAMOS

1.º Estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por don JLRTL y don PORT, doña MJORT, doña RORT, doña MAORT, doña MMORT, don EORT, don FORT, doña MDORT, doña MAORT y don JAORT.

2.º Declaramos la nulidad de pleno derecho de las cuatro órdenes de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda y de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía indicadas en el encabezamiento.

3.º Imponemos las costas del proceso a los demandados en la forma y con el límite del fundamento de derecho último.»

La sentencia de 27 de septiembre de 2019, ha alcanzado firmeza tras la sentencia núm. 1003/2021, de fecha 12 de julio de 2021, del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, que desestima el recurso de casación 568/2020 interpuesto por el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María contra la citada sentencia.

El artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dispone que las sentencias firmes que anulen una disposición general tendrán efectos generales desde el día en que sea publicado su fallo en el mismo periódico oficial en que lo hubiera sido la disposición anulada.

Vistos los artículos 118 de la Constitución Española, 17.2 de la Ley 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, 12 del Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, modificado por el Decreto 440/2019, de 2 de abril, y el artículo 6 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo, como titular de la Dirección General competente por razón de la materia,

HE RESUELTO

Dar cumplimiento a la sentencia de 27 de septiembre de 2019, Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Segunda, con sede en Sevilla, en relación con el recurso núm. 636/2012, y acumulados 94/2014, 354/2015 y 472/2016, interpuesto por don JLRTL y don PORT, doña MJORT, doña RORT, doña MAORT, doña MMORT, don EORT, don FORT, doña MDORT, doña MAORT y don JAORT, y, a tal efecto, disponer la publicación del fallo en los términos expuestos.

Sevilla, 30 de septiembre de 2021.- La Directora General, María del Carmen Compagni Morales.

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