Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 13/10/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Financiación Europea

Orden de 5 de octubre de 2021, de extinción y cancelación de la inscripción en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la entidad «Mutualidad de Previsión Social de los Trabajadores de Transportes Urbanos de Sevilla, S.A.M.».

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Examinado el expediente de extinción y cancelación de la inscripción en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la entidad «Mutualidad de Previsión Social de los Trabajadores de Transportes Urbanos de Sevilla, S.A.M.», seguido en la Dirección General de Política Financiera y Tesorería de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, se procede a dictar Orden con base en los siguientes:

HECHOS

Primero. La entidad aseguradora «Mutualidad de Previsión Social de los Trabajadores de Transportes Urbanos de Sevilla, S.A.M.», con NIF G41385428, fue inscrita en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras con la clave administrativa MPSAN E-018.

Segundo. Mediante escrito que tuvo entrada en el registro electrónico de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía el día 21 de octubre de 2019, los liquidadores nombrados por la mutualidad solicitaron la inscripción del acuerdo de disolución de la mencionada entidad, así como de nombramiento de liquidadores, adoptado por su asamblea general celebrada el 19 de octubre de 2019. Con fechas 29 de octubre de 2019, 28 de enero de 2020 y 21 de enero de 2021 se aportó documentación complementaria.

Tercero. Mediante Resolución de la Dirección General de Política Financiera y Tesorería de fecha 16 de febrero de 2021, se acordó la inscripción de los acuerdos de disolución y de nombramiento de liquidadores adoptados por la mutualidad en asamblea general extraordinaria celebrada el 19 de octubre de 2019.

Cuarto. Con fecha 7 de mayo de 2021 se solicitó a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital el informe preceptivo para la revocación de la autorización administrativa, el cual tuvo entrada en el registro electrónico de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea con fecha 2 de julio de 2021, siendo favorable a la revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora de la mutualidad.

Quinto. Mediante Orden de la Secretaría General de Hacienda de 9 de julio de 2021 se acordó la revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora de mutualidad. Dicha orden fue publicada en el BOJA con fecha 16 de julio de 2021.

Sexto. Con fecha 27 de septiembre de 2021 tuvo entrada en el registro electrónico de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea copia autorizada de la escritura de liquidación y cancelación de la «Mutualidad de Previsión Social de los Trabajadores de Transportes Urbanos de Sevilla, S.A.M.» de fecha 29 de julio de 2021, en la que consta lo previsto en el artículo 247.2 del Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, a los efectos de que la persona titular de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea declare extinguida la entidad y cancele su inscripción en el Registro de Entidades Aseguradoras de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La persona titular de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea es competente para resolver en virtud de lo dispuesto en el artículo 19.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, en relación con el artículo 1.2 del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea. Dicha competencia se encuentra delegada en la persona titular de la Secretaría General de Hacienda mediante el artículo 12.b) de la Orden de 20 de noviembre de 2018, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería y de sus entidades instrumentales, en relación con la disposición transitoria tercera del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre.

Segundo. Se han cumplido los trámites exigidos en el artículo 172 y siguientes de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, así como en el artículo 219 y siguientes del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Tercero. Concluidas las operaciones de liquidación, procede declarar extinguida la entidad y cancelar los asientos en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el artículo 181.6 de la Ley 20/2015, de 14 de julio.

Vistos los preceptos legales citados y los demás de general aplicación,

DISPONGO

Primero. Declarar la extinción de la entidad aseguradora «Mutualidad de Previsión Social de los Trabajadores de Transportes Urbanos de Sevilla, S.A.M.», con NIF G41385428 y cuya clave de inscripción es MPSAN-E-018.

Segundo. Acordar la cancelación de la inscripción en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la entidad aseguradora «Mutualidad de Previsión Social de los Trabajadores de Transportes Urbanos de Sevilla, S.A.M.», cuya clave de inscripción es MPSAN-E-018.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 112.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se podrá interponer, según lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, o, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a), 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 5 de octubre de 2021.- El Consejero de Hacienda y Financiación Europea, P.D. (art. 12 Orden de 20.11.2018, BOJA núm. 228, de 26. 11. 2018), el Secretario General de Hacienda, Ignacio José Méndez Cortegano.

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