Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 13/10/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 22 de septiembre de 2021, por la que se concede autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro docente privado de educación infantil «Salliver» de Fuengirola (Málaga), así como una modificación de la autorización administrativa al centro docente privado de educación primaria con la misma denominación específica y el mismo domicilio. (PP. 2898/2021).

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Examinado el expediente incoado a instancia de don José Julio Revillas Guillén, representante legal de «Colegio Salliver, S.L.», entidad titular del centro docente privado de educación infantil Salliver, en solicitud de autorización administrativa de apertura y funcionamiento de dicho centro con seis unidades de segundo ciclo de educación infantil, en el mismo domicilio que los centros docentes privados de educación primaria y de educación secundaria, ya autorizados, con la misma denominación específica y código 29002940, así como de modificación de la autorización administrativa del centro de educación primaria, por reducción de seis unidades de dicha enseñanza.

Resultando que los citados centros tienen autorización administrativa para impartir, respectivamente, dieciocho unidades de educación primaria y ocho unidades de educación secundaria obligatoria y cuatro unidades de bachillerato (dos de la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales y dos de la de Ciencias).

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Málaga y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.

Vistas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA de 10 de mayo), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro docente privado de educación infantil «Salliver», en el mismo domicilio que los centros docentes privados de educación primaria y de educación secundaria, ya autorizados, con la misma denominación específica, así como una modificación de la autorización administrativa del centro de educación primaria, promovidas por Colegio Salliver, S.L., como entidad titular de los mismos, con código 29002940 y ubicados en Avda. de Finlandia, 4, de Fuengirola (Málaga), quedando dichos centros con la siguiente configuración:

Centro docente privado de educación infantil:

- 6 unidades de segundo ciclo para 150 puestos escolares.

Centro docente privado de educación primaria:

- 12 unidades de educación primaria para 300 puestos escolares.

Centro docente privado de educación secundaria:

- Educación secundaria obligatoria: 8 unidades para 240 puestos escolares.

- Bachillerato:

Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: 2 unidades con 70 puestos escolares.

Modalidad de Ciencias: 2 unidades con 70 puestos escolares.

Segundo. La entidad titular de los centros remitirá a la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Málaga la relación del profesorado de los mismos, con indicación de su titulación respectiva.

Tercero. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2021/2022, pues tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de septiembre de 2021

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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