Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 01/02/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 26 de enero de 2021, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se actualizan las indemnizaciones anuales establecidas para las ayudas destinadas a fomentar el Cese Anticipado de la actividad agraria, correspondiente a la anualidad 2021.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00185271.

El artículo 12, apartado 1, de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca, de 22 de julio de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de las ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado en la actividad agraria, en el marco del Plan de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, mediante el que se determinan las cuantías de las ayudas, establece la obligación de actualización anual de la indemnización reflejada en el apartado referido, y que la misma será determinada por la Dirección General de Fondos Agrarios (actualmente Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados), así como que ésta será, como mínimo, igual al incremento que se produzca en el Índice de Precios al Consumo (IPC) que oficialmente quede reconocido.

En ese sentido, la tasa de variación interanual del Índice de Precios de Consumo (IPC) correspondiente al período diciembre 2019-diciembre 2020, publicada por el Instituto Nacional de Estadística, ha quedado cuantificada en el -0,5%.

No obstante, la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021, ha actualizado las pensiones mínimas ordinarias del sistema de la Seguridad Social, incrementándolas respecto a las vigentes en el año 2020, un 0,9%, tanto en el caso de titulares con cónyuge a cargo como en el de titulares sin cónyuge a cargo.

Por lo tanto, el citado incremento es superior a la tasa de variación interanual del Índice de Precios de Consumo (IPC).

Por todo ello, y en el ejercicio de las facultades que me confiere la legislación vigente,

RESUELVO

Acordar, como consecuencia de la actualización de las pensiones mínimas ordinarias del sistema de la Seguridad Social, un incremento del 0,9% para la anualidad 2021 de los importes de ayudas para la indemnización anual por cese anticipado en la actividad agraria percibidos en 2020 por los beneficiarios-cedentes de las convocatorias de ayudas 2008, 2009, 2010 y 2011, aprobadas al amparo de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca, de 22 de julio de 2008, siendo el importe de las citadas indemnizaciones, el siguiente:

- 11.252,84 euros, siempre que el cónyuge no reciba ayudas por cese anticipado en la actividad agraria.

- 9.084,93 euros, si el cónyuge percibe ayudas por cese anticipado en la actividad agraria.

Sevilla, 26 de enero de 2021.- La Directora General, María Consolación Vera Sánchez.

Descargar PDF