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Intentada la notificación de las resoluciones del Director-Gerente de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía recaídas en los expedientes de recursos de alzada en materia de dependencia que se indican, sin que se haya podido practicar, por medio del presente anuncio y de conformidad con los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su notificación.
DNI | N.º EXPTE. | CONTENIDO DEL ACTO |
54605577N | 141/2019 RA | NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN RECURSO ALZADA |
37041871A | 174/2019 RA | NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN RECURSO ALZADA |
05825936J | 227/2019 RA | NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN RECURSO ALZADA |
75733992Y | 404/2019 RA | NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN RECURSO ALZADA |
25724635D | 448/2019 RA | NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN RECURSO ALZADA |
75640360F | 519/2019 RA | NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN RECURSO ALZADA |
74578229Q | 535/2019 RA | NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN RECURSO ALZADA |
27805693G | 551/2019 RA | NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN RECURSO ALZADA |
25597457K | 565/2019 RA | NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN RECURSO ALZADA |
41365363R | 585/2019 RA | NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN RECURSO ALZADA |
Al objeto de conocer su texto íntegro, las personas interesadas podrán comparecer en la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, sita en Polígono Industrial Hytasa, Calle Seda, núm. 5, de Sevilla, en horas de 9:00 a 14:00, cualquier día hábil, de lunes a viernes, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a esta publicación.
La notificación, a efectos del cómputo de plazos de interposición de recursos, se entenderá producida con la comparecencia y conocimiento íntegro de la resolución o con el transcurso del referido plazo sin comparecer. Si trascurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Contra las resoluciones recaídas, procederá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos, 8, 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer, en su caso, el recurso extraordinario de revisión, conforme a lo establecido en el artículo 122.3 en relación con el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 8 de octubre de 2021.- El Secretario General, Emiliano Cardenal Peris.
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