Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 21/10/2021

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Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Anuncio de 12 de octubre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Huelva, de rectificación de error material de la Resolución de 7 de septiembre de 2021, de concesión de la ayuda en régimen de concurrencia no competitiva a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual, correspondiente a la Línea 1 de la convocatoria aprobada por Orden de 1 de septiembre de 2020 (BOJA núm. 174, de 8 de septiembre) y de acuerdo con la Orden de 3 de mayo de 2021 por la que se da publicidad al aumento de crédito disponible (BOJA núm. 86, de 7 de mayo).

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Vistos los siguientes

HECHOS

Primero. El 31 de julio de 2020 se publica en el BOJA núm. 147 la Orden de 27 de julio de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio que aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual.

Segundo. El 8 de septiembre de 2020 se publica en el BOJA núm. 174 la Orden de 1 de  septiembre de 2020, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, por la que se convocan ayudas, en concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y a las Administraciones públicas, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro, que faciliten una solución habitacional a dichas personas.

Tercero. El 7 de septiembre de 2021 se dicta resolución concesión de la ayuda en régimen de concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual, correspondiente a la Línea 1 de la convocatoria aprobada por Orden de 1 de septiembre de 2020 y de acuerdo con la Orden de 3 de mayo de 2021 por la que se da publicidad al aumento de crédito disponible y en la que se recogen en el anexo las personas beneficiarias de la misma.

Cuarto. Se han detectado los errores materiales, que se describen a continuación, en el anexo de la Resolución de 7 de septiembre de 2021 publicada en el BOJA núm. 175, de 10 de septiembre:

- En el expediente 21-AVL1-15779/20 (120) aparece consignado en concepto de renta de alquiler la cantidad de 791,40 € en lugar de 600,87 €, sin que dicho error afecte al importe total de la subvención concedida a la persona beneficiaria.

- En el expediente 21-AVL1-16685/20 (131) no aparece consignada cantidad alguna en concepto de otras ayudas cuando debe aparecer la cantidad de 1.146,10 €, sin que dicho error afecte al importe total de la subvención concedida a la persona beneficiaria. .

- En el expediente 21-AVL1-22717/20 (177) aparece consignado en concepto de renta de alquiler la cantidad de 5.049,96 € y en concepto de subvención el importe de 5.200,04 € en lugar de 4.250,00 € en concepto de renta y de 5.553,08 € en concepto de subvención.

- En el expediente 21-AVL1-22724/20 (179) aparece consignado en concepto de otras ayudas la cantidad de 189,67 € y en concepto de subvención el importe de 3.737,21 € en lugar de 1.089,67 € en concepto de otras ayudas y de 2.837,21 € en concepto de subvención.

- En los expedientes 21-AVL1-14761/20 (105), 21-AVL1-14771/20 (106),  21-AVL1-14813/20 (109), 21-AVL1-15152/20 (113), 21-AVL1-16677/20 (130),  21-AVL1-16706/20 (134), 21-AVL1-16713/20 (135), 21-AVL1-18337/20 (143),  21-AVL1-19544/20 (151), 21-AVL1-22212/20 (166) y 21-AVL1-22732/20 (180)  aparecen consignados como importe de gastos los alegados por las personas interesadas en lugar de los gastos acreditados, sin que dicho error afecte al importe total de las subvenciones concedidas a las personas beneficiarias.

Y de conformidad con los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Orden de 1 de septiembre de 2020 (BOJA núm. 174, de 8 de septiembre), por la que se convocan ayudas, en concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y a las Administraciones públicas, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro, que faciliten una solución habitacional a dichas personas.

Segundo. Es competente la persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Huelva, para conceder la ayuda, de conformidad con lo establecido el apartado 12 del cuadro resumen de la Orden de 27 de julio de 2020 (BOJA núm. 147, de 31 de julio), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y a las Administraciones públicas, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro, que faciliten una solución habitacional a dichas personas.

Tercero. Al presente supuesto le resulta de aplicación el contenido del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que señala que «Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.»

Y de conformidad con la normativa de general y específica aplicación, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. Rectificar los errores materiales advertidos en el anexo de la Resolución de 7 de septiembre de 2021, publicada en el BOJA núm. 175, de 10 de septiembre, y corregir dicho anexo solo en lo que respecta a los expedientes indicados en el hecho cuarto, quedando como sigue:

APELLIDOS NOMBRE IDENTIFICADOR EXPEDIENTE FECHA DE PRESENTACIÓN RENTA GASTOS OTRAS AYUDAS MESES SUBV. IMPORTE SUBVENCIÓN
21-AVL1-15779/20 (120) ****1535* 21-AVL1-15779/20 (120) 04/11/20 600,87 € 1.800,00 € 12 2.400,87 €
21-AVL1-22732/20 (180) ****0955* 21-AVL1-22732/20 (180) 16/11/20 900,00 € 85,26 € 3 985,26 €
AHSAINI BEKKAI ****4959* 21-AVL1-19544/20 (151) 11/11/20 4.200,00 € 730,7 € 12 4.930,70 €
ALFONSO LÓPEZ M.ª ÁNGELES ****0323* 21-AVL1-16706/20 (134) 05/11/20 1.800,00 € 1.910,72 € 720,00 € 12 2.990,72 €
BOUSSAID ZAKIA ****9865* 21-AVL1-18337/20 (143) 09/11/20 3.600,00 € 693,97 € 12 4.293,97 €
CORREA LORENZO M.ª ÁNGELES ****0012* 21-AVL1-14761/20 (105) 30/10/20 3.600,00 € 1.103,66 € 12 4.703,66 €
CRUZ GOÑI M.ª CARMEN ****4961* 21-AVL1-14771/20 (106) 30/10/20 3.600,00 € 1.171,14 € 12 4.771,14 €
FUENTES MADRIGAL ROBLEDO ****7813* 21-AVL1-22717/20 (177) 16/11/20 4.250,00 € 1.303,08 € 12 5.553,08 €
KHOUDRANI SLIMANE ****8419* 21-AVL1-15152/20 (113) 03/11/20 2.400,00 € 883,14 € 12 3.283,14 €
MARTÍN CARNACEA ISABEL ****0063* 21-AVL1-16685/20 (131) 05/11/20 3.043,80 € 879,24 € 1.146,10 € 12 2.776,94 €
MIRELA CARAMALIU CARMEN ****7448* 21-AVL1-14813/20 (109) 30/10/20 2.678,40 € 1.198,23 € 12 3.876,63 €
OLMEDO SOBRAL ESTHER ****2214* 21-AVL1-16677/20 (130) 05/11/20 3.409,44 € 794,74 € 1.320,00 € 12 2.884,18 €
SIMOES OLIVEIRA YOLANDA M.ª ****7177* 21-AVL1-22724/20 (179) 16/11/20 2.778,96 € 1.147,92 € 1.089,67 € 12 2.837,21 €
VENTURA VEGA SARA ****4557* 21-AVL1-22212/20 (166) 16/11/20 614,52 € 420,03 € 12 1.034,55 €
VILLEGAS OJEDA ALDARA ****1311* 21-AVL1-16713/20 (135) 05/11/20 4.500,00 € 1.440,11 € 12 5.940,11 €

Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio accediendo al siguiente enlace

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/21493

Esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Huelva, 12 de octubre de 2021.- La Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, P.D. (base reguladora 12, artículo 15, de la Orden de 27.7.2020, BOJA  núm. 147, de 31.7), el Delegado, José Manuel Correa Reyes.

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