Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 204 de 22/10/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 18 de octubre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda someter a información pública el proyecto de orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en concurrencia competitiva, de becas de formación y especialización sobre la Unión Europea y Acción Exterior.

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Mediante acuerdo de 13 de octubre de 2021, se inició por parte de la persona titular de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, la tramitación del proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en concurrencia competitiva, de becas de formación y especialización sobre la Unión Europea y Acción Exterior.

El Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, establece en su artículo 4 que corresponden a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior las competencias que le habían sido atribuidas mediante el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero. En consonancia, el Decreto 195/2021, de 13 de julio, por el que se modifica el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, establece en su artículo 8 que corresponden a la Secretaría General de Acción Exterior, entre otras competencias, «La coordinación general de las actuaciones de la Junta de Andalucía en materia de acción exterior y especialmente las derivadas de la pertenencia de España a la Unión Europea, representando a la Comunidad Autónoma ante los órganos de coordinación de la Administración General del Estado en estas materias, e impulsando y coordinando la participación de la Junta de Andalucía en instituciones u órganos de la Unión Europea, el Consejo de Europa y en otras organizaciones regionales», así como El impulso y desarrollo de actuaciones de formación, información y divulgación dirigidas a la sociedad andaluza, sobre la actividad de la Unión Europea y la acción exterior, así como el fomento de la participación en redes sociales existentes para ese fin.

Teniendo en cuenta la necesidad de incrementar los perfiles profesionales en materias relacionadas con la Unión Europea y la Acción Exterior, la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, consciente de la necesidad de que las personas jóvenes con titulación universitaria adquieran experiencia en las áreas de su competencia que facilite su posterior incorporación al mercado laboral, promueve la formación especializada sobre la actividad de la Unión Europea y la Acción Exterior mediante la concesión de becas de formación y especialización sobre la Unión Europea y Acción Exterior en la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas y en la Secretaría General de Acción Exterior en Sevilla.

En consecuencia, la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior establece, mediante la presente orden, la normativa que ha de regir las convocatorias de las becas a conceder, limitándose las correspondientes convocatorias a especificar el contenido mínimo indispensable y agilizar con ello su tramitación, a la vez que se regulan las condiciones que afecten a todas las personas becadas.

De conformidad con el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando por razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición razonada del interesado, la aplicación al procedimiento de urgencia, por lo cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Por su parte, el artículo 133.4, párrafo segundo, de la citada ley establece que, en el caso de que la normativa reguladora del ejercicio de la iniciativa legislativa o de la potestad reglamentaria por una Administración prevea la tramitación urgente de estos procedimientos, la eventual excepción del trámite por esta circunstancia se ajustará a lo previsto en aquella.

En este sentido, el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2206, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando una disposición afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, se le dará audiencia, durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que la agrupe o la represente y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición. La decisión sobre el procedimiento escogido para dar audiencia a la ciudadanía afectada será debidamente motivada en el expediente por el órgano que acuerde la apertura del trámite de audiencia (…) El trámite de audiencia y de información pública podrá ser abreviado hasta el mínimo de siete días hábiles cuando razones debidamente motivadas así lo justifiquen. Sólo podrá omitirse dicho trámite cuando graves razones de interés público, que asimismo habrán de explicitarse, lo exijan. En este sentido, la obvia necesidad urgente de atender las situaciones de extrema necesidad, que es el objetivo de las presentes bases reguladoras, justifica razonablemente recurrir a abreviar los citados trámites.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 10.2.d) del Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en concurrencia competitiva, de becas de formación y especialización sobre la Unión Europea y Acción Exterior, con la finalidad de que la ciudadanía, los organismos, las entidades y los colectivos interesados formulen las alegaciones que estimen pertinentes.

Segundo. Aplicar, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la tramitación de urgencia al citado procedimiento, por las razones que quedaron debidamente motivadas en su acuerdo de inicio, y, en consecuencia, establecer un plazo de siete días hábiles para el trámite de audiencia y de información pública establecidos para el procedimiento ordinario.

Tercero. Durante dicho plazo, el texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato digital, en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/228763.html

b) En formato papel, en las dependencias administrativas de la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior (Servicio de Legislación), sita en la calle Zaragoza, núm. 8, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.

Cuarto. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. Dichas alegaciones habrán de realizarse preferentemente a través de la presentación electrónica general en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de la posibilidad de hacerlo mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de octubre de 2021.- El Secretario General Técnico, Eugenio Pedro Benítez Montero.

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