Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 29/10/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 19 de octubre de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a instalación eléctrica de alta tensión. (PP. 3086/2021).

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Expediente: AT-13975/19.

ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 1 de marzo de 2019, Red Eléctrica de España, S.A.U. (en adelante REE), presenta solicitud de autorización administrativa y autorización de construcción, así como autorización ambiental unificada del Proyecto de Modificación de la Línea aérea de transporte de energía eléctrica, s/c a 220 kV El Zumajo Puerto Real y reestructuración de la entrada en la subestación Puerto Real.

Segundo. Con fecha 12 de marzo de 2019 se remite oficio de requerimiento de documentación que se reitera el 17 de mayo de 2019, y que finalmente es respondida por REE el 4 de junio de 2019, aportando informe de no necesidad de informe de compatibilidad urbanística municipal, conforme a lo indicado en los artículos 17 y 30.4.a) del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula el procedimiento de autorización ambiental unificada, emitido por la entonces Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

Tercero. Consta en el expediente, informe favorable de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de fecha de 22 de noviembre de 2019, conforme al artículo 32.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, aportado por REE.

Cuarto. Con fecha de 4 de diciembre de 2019, se remite a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible, documentación presentada por REE, conforme al artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, para solicitud de otorgamiento de Autorización Ambiental Unificada conforme a lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el proyecto de referencia.

Quinto. Con fecha 13 de abril de 2021, se recibe desde la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible, informe de compatibilidad con la legislación medio ambiental favorable, así como el contenido ambiental para incluir en el anuncio de información pública.

Sexto. Con fecha 17 de mayo de 2021 se recibe informe de la Subdirección General de Energía Eléctrica- Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el que se informa favorablemente el proyecto pretendido a los efectos previstos en el artículo 35.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 114 del Real Decreto 1955/2000.

Séptimo. Se han cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía:

Se han tramitado separatas para los organismos siguientes:

- Diputación Provincial de Cádiz.

- Consorcio de Agua de la Zona Gaditana.

- Edistribución Redes Digitales, S.L.

- Endesa Generación, S.A.

- Enagás, S.A.

- Ayuntamiento de Vejer de la Frontera.

- Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.

- Ayuntamiento de Conil de la Frontera.

- Ayuntamiento de Puerto Real.

- Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico (Servicio de Carreteras).

No habiéndose pronunciado ninguno de los organismos de manera desfavorable y habiéndose aceptado por REE los condicionados impuestos por los que los han emitido.

Se ha tramitado la información pública mediante los anuncios BOJA número 102, lunes 31 de mayo de 2021 y BOP de Cádiz núm. 76, de 26 de abril de 2021, por un plazo de 30 días, no habiéndose recibido alegaciones en dicho periodo.

Octavo. Con fecha 23 de julio de 2021, finalizados los trámites de consultas e información pública, se da traslado del resultado de las mismas a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz y, conforme a lo establecido en el artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, se le solicita inicien los trámites para la emisión del Dictamen y posterior Informe con el contenido indicado por el artículo 25 del citado anterior Decreto.

Noveno. Finalmente con fecha 8 de octubre de 2021, desde la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz, se recibe informe favorable, a los efectos previstos en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, a la Autorización Ambiental Unificada solicitada por REE, para el proyecto de referencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación del Gobierno es competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo previsto en los arts. 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, modificado por Decreto 122/2021, de 16 de marzo; la Disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre; y con lo previsto en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,

RESUELVE

Primero. Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, a Red Eléctrica de España, S.A.U., para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

Características fundamentales:

Peticionario: Red Eléctrica de España, S.A.U.

Domicilio: La Moraleja, Alcobendas, 28109 Madrid, Paseo Conde de los Gaitanes núm. 177.

Emplazamiento de la instalación: Lineal entre Zona los Parralejos y Subestación de Puerto Real.

Términos municipales afectados: Vejer de la Frontera, Conil de la Frontera, Chiclana de la Frontera y Puerto Real.

Finalidad de la instalación: Refuerzo de la red mallada de transporte.

Proyecto de ejecución modificación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV simple circuito El Zumajo-Puerto Real y modificación circuitos 220 kV Dos Hermanas-Puerto Real, Algeciras-Puerto Real y Gazules-Puerto Real. (AT-13975/19).

L/220kV El Zumajo-Puerto Real:

- Sistema: Corriente alterna trifásica.

- Frecuencia: 50 Hz.

- Tensión nominal: 220 kV.

- Tensión más elevada de la red: 245 kV.

- Origen de la línea de alta tensión: El Zumajo.

- Final de la línea de alta tensión: Puerto Real.

- Temperatura máxima de servicio del conductor: 85º C.

- Capacidad térmica de transporte por circuito:

Verano: 785/circuito.

Invierno: 869/circuito.

- Núm. de circuitos:

1 (Simple circuito): S.E. El Zumajo- T-224.

2 (Doble circuito): T-224 – S.E. Puerto Real.

- Núm. de conductores por fase: 2.

- Tipo de conductor: Conductor AL/AW Condor.

- Núm. de cables compuesto tierra-óptico.

1: S.E. El Zumajo- T-224.

2: T-224 – S.E. Puerto Real.

- Tipo de cable compuesto tierra-óptico: OPGW-TIPO1-17kA-15.3

- Aislamiento: Bastón de goma silicona

- Apoyos: Torres metálicas de celosía

- Cimentaciones: Zapatas individuales

- Puestas a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado.

- Longitud:

Simple Circuito: 37,948 km.

Doble Circuito: 2,052 km.

Total: 40,000 km.

En el tramo de doble circuito se compacta con la línea Dos Hermanas Puerto Real que mantiene las características del sistema (frecuencia, tensión nominal, tensión más elevada de la red), núm. de conductores por fase, tipo de conductor, aislamiento, temperatura de servicio del conductor (85º) y Capacidad de Transporte, instalándose el primer nuevo apoyo 224, bajo la traza de la línea existente.

Para poder ejecutar el resto de la modificación será necesario desmontar el actual circuito en el tramo comprendido entre el apoyo 224 proyectado hasta la SE de Puerto Real. Dicho tramo tiene una longitud de 2052 m; los apoyos a desmontar son: el apoyo de simple circuito 224, y los apoyos de doble circuito, actualmente compartidos con el circuito 220kV Algeciras-Puerto Real, 6A, 5A, 4A, 3A y 2A.

L/220kV Algeciras-Puerto Real:

Mantiene las características del sistema (frecuencia, tensión nominal, tensión más elevada de la red), núm. de conductores por fase, tipo de conductor, aislamiento, temperatura de servicio del conductor (85º) y Capacidad de Transporte:

- Origen de la modificación de la línea de alta tensión: T-225 (nuevo bajo traza).

- Final de la línea de alta tensión: Puerto Real.

- Núm. de circuitos:

1 (Simple circuito): T-225 – T-222.

2 (Doble circuito): T-222 – S.E. Puerto Real.

- Núm. de conductores por fase: 1.

- Tipo de conductor: Conductor AL/AW Condor.

- Núm. de cables compuesto tierra-óptico.

1 : T-225 – T-222.

2 : T-222 – S.E. Puerto Real.

- Tipo de cable compuesto tierra-óptico: OPGW-TIPO1-17kA-15.3.

- Aislamiento: Bastón de goma silicona.

- Apoyos: Torres metálicas de celosía.

- Cimentaciones: Zapatas individuales.

- Puestas a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado.

- Longitud:

Simple Circuito: 1,106 km.

Doble Circuito: 0,794 km.

Total: 1,900 km.

Para poder ejecutar el resto de la modificación será necesario desmontar el actual circuito en el tramo comprendido entre el apoyo 225 proyectado hasta la SE de Puerto Real. Dicho tramo tiene una longitud de 1796 m; los apoyos a desmontar son los de doble circuito, actualmente compartidos con el circuito 220 kV Dos Hermanas-Puerto Real, 6A, 5A, 4A, 3A y 2A.

L/220kV Gazules–Puerto Real:

Mantiene las características del sistema (frecuencia, tensión nominal, tensión más elevada de la red), núm. de conductores por fase, tipo de conductor, aislamiento, temperatura de servicio del conductor (85º) y Capacidad de Transporte:

- Origen de la modificación de la línea de alta tensión: T-222 (nuevo bajo traza)

- Final de la línea de alta tensión: Puerto Real

- Núm. de circuitos:

2 (Doble circuito): T-222-S.E. Puerto Real.

- Núm. de conductores por fase: 1.

- Tipo de conductor: Conductor AL/AW Rail.

- Núm. de cables compuesto tierra-óptico.

2 : T-222-S.E. Puerto Real.

- Tipo de cable compuesto tierra-óptico: OPGW-TIPO1-17kA-15.3

- Aislamiento: Bastón de goma silicona.

- Apoyos: Torres metálicas de celosía.

- Cimentaciones: Zapatas individuales.

- Puestas a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado.

- Longitud total: 0,794 km.

Para poder ejecutar el resto de la modificación será necesario desmontar este circuito en el tramo desde el apoyo 222 nuevo instalado hasta la SE de Puerto Real, una longitud de 794 m, eliminando los actuales apoyos de SC 2, 3, y 4 y cable subterráneo que conecta el apoyo 2 con el pórtico de la SE de Puerto Real (73 m de longitud aproximada).

- Provincias afectadas por el proyecto completo:

Cádiz (Términos Municipales de Chiclana de la Frontera, Véjer de la Frontera, Conil de la Frontera y Puerto Real) 41,9 km

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de cinco años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente resolución por parte de esta Delegación de Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación de Gobierno a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el informe de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible relativa a la solicitud de Autorización Ambiental Unificada para el proyecto de «Modificación del trazado de la futura línea 220 kV, El Zumajo-Puerto Real y reestructuración de la entrada en la subestación Puerto Real de la línea 220 kV Algeciras-Puerto Real, línea 220 kV Gazules-Puerto Real y línea 220 kV Dos Hermanas-Puerto Real», promovido por Red Eléctrica de España, S.A.U., en los términos municipales de Puerto Real, Chiclana de La Frontera, Conil de la Frontera y Vejer de la Frontera (Cádiz). (expediente: AAU/CA/049/19).de fecha 8.10.2021 cuyo contenido íntegro puede consultarse en la siguiente dirección:

http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

6. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

7. Esta resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

8. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

9. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

10. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. Notifíquese la presente resolución al titular, a los organismos a los que se les ha realizado consultas, a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz, así como a la Dirección General de Energía de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea y a la Subdirección General de Energía Eléctrica-Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recuso de alzada ante la persona titular de Consejería de Hacienda y Financiación Europea en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cádiz, 19 de octubre de 2021.- La Delegada del Gobierno, Ana Mestre García.

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