Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 29/10/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 18 de octubre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco de Córdoba y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento abreviado 172/2021.

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Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Cinco de Córdoba en el procedimiento abreviado 172/2021, originado por recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad Talleres Enpeca, S.L., contra la Resolución dictada en fecha 29 de abril de 2021, por la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución del mismo organismo de fecha 9 de diciembre de 2020, que denegó la solicitud de incentivos para la creación de empleo estable, se ordena al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a notificar la resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos resulten interesados en el procedimiento para que puedan personarse como demandados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que admitida la demanda, el Secretario Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista.

Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común.

En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11 del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo (BOJA número 31, de 14 de febrero de 2019), y el artículo 15.bis) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de 29 de abril de 2011).

RESUELVE

Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente a la entidad Talleres Enpeca, S.L., al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco de Córdoba.

Segundo. Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento abreviado 172/2021, para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días ante el referido Juzgado en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 18 de octubre de 2021.- El Director Gerente, Miguel Ángel Terrero Prada.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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