Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 29/10/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Resolución de 21 de octubre de 2021, de la Dirección General de Infraestructuras, por la que se dispone la publicación de la encomienda de gestión que se cita.

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La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio ha encomendado a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 7 de octubre de 2021, la realización de tareas de apoyo técnico a la Dirección Facultativa de la obra: «Autovía A-334 del Almanzora. Tramo: Enlace de La Concepción-Enlace de la Autovía del Mediterráneo A-7 (Almería)».

En virtud de lo dispuesto en el artículo 105.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, procede la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del documento de formalización de la citada encomienda de gestión, cuyo texto figura a continuación.

Sevilla, 21 de octubre de 2021.- El Director General, Enrique Manuel Catalina Carmona.

RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, POR LA QUE SE ENCOMIENDA A LA ENTIDAD INSTRUMENTAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, AGENCIA DE OBRA PÚBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA (AOPJA), LA REALIZACIÓN DE TAREAS DE APOYO TÉCNICO A LA DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LA OBRA: «AUTOVÍA A-334 DEL ALMANZORA. TRAMO: ENLACE DE LA CONCEPCIÓN-ENLACE DE LA AUTOVÍA DEL MEDITERRÁNEO A-7 (ALMERÍA)». EXPTE.: 2020-773283 (CLAVE 01-AL-1840-0.0-0.0-ON)

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, le corresponde, con carácter general, a la Dirección General de Infraestructuras la planificación, gestión y desarrollo de las competencias en materia de carreteras y demás infraestructuras viarias.

Y en particular, le corresponde, entre otras funciones, la construcción, conservación y explotación de las carreteras y otras infraestructuras viarias competencia de la Comunidad Autónoma.

Dentro de este ámbito competencial resulta necesario llevar a cabo tareas de apoyo técnico a la Dirección Facultativa de las obras contratadas por la Dirección General de Infraestructura: «Autovía A-334 del Almanzora. Tramo: Enlace de La Concepción- Enlace de la Autovía del Mediterráneo A-7 (Almería)», clave: 01-AL-1840-0.0-0.0-ON, considerándose oportuno que, por razones de eficacia, especialidad y operatividad, sea la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía (en adelante, AOPJA), adscrita a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, la que desarrolle esta actuación de carácter técnico.

Dada la relevancia y alcance de la actuación a desarrollar y considerando que la misma se encuentra dentro de los cometidos que en desarrollo y gestión de sus actividades pueden ser encomendadas por las distintas Consejerías a sus entidades instrumentales, vista la Memoria Justificativa que consta en el expediente relativo a la encomienda de gestión de referencia elaborada por esta Dirección General de Infraestructuras, teniendo en cuenta razones de eficacia y al no poseer en estos momentos los medios técnicos idóneos para su desempeño, y de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, esta Viceconsejería

RESUELVE

Primero. Encomendar a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía (AOPJA), adscrita a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, la realización de tareas de apoyo técnico y material necesario a la Dirección Facultativa de las obras contratadas por la Dirección General de Infraestructura: «Autovía A-334 del Almanzora. Tramo: Enlace de La Concepción-Enlace de la Autovía del Mediterráneo A-7 (Almería)», clave: 01-AL-1840-0.0-0.0-ON, conforme a las instrucciones de dicha Dirección General.

Segundo. La naturaleza de esta encomienda tiene carácter administrativo sin que suponga en ningún caso cesión de titularidad ni competencias, y se desarrollará con medios materiales y humanos propios de la Agencia, lo que supone un presupuesto estimado de cero euros, según consta en el Acuerdo de 23 de septiembre de 2021, por el que se ordena el inicio del presente expediente.

Tercero. El contenido de esta Encomienda será la realización de tareas de apoyo técnico a la Dirección Facultativa de las obras contratadas por la Dirección General de Infraestructura: «Autovía A-334 del Almanzora. Tramo: Enlace de La Concepción- Enlace de la Autovía del Mediterráneo A-7 (Almería)», clave: 01-AL-1840-0.0-0.0-ON. Dichos trabajos deberán ser desempeñados por personal que ostente el título de Ingeniero/a de Caminos Canales y Puertos, que preste servicios en la AOPJA, con experiencia en tareas de estas características y que sea designado a tal efecto, quien deberá llevar a cabo este encargo bajo las directrices del Director Facultativo de las obras, quien ejercerá también las funciones de Director de Actuación de la presente encomienda.

El Director Facultativo de las obras fue nombrado por Resolución de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de fecha 30 de agosto de 2021, recayendo dicho cargo y la responsabilidad correspondiente en la persona titular del Servicio de Carreteras de la Delegación Territorial de Almería.

El Director Facultativo ejercerá sus facultades conforme a los artículos 237 a 246 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, asistido por el equipo técnico correspondiente al contrato de servicios adjudicado por Resolución de 30 de abril de 2021 de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Almería.

Sin embargo, teniendo en cuenta el alcance y volumen de los trabajos de la Asistencia Técnica contratada para una obra de estas magnitudes, que requiere una disponibilidad total del Director Facultativo de las obras, en aras de asegurar un adecuado servicio de Dirección Facultativa, resulta aconsejable el apoyo técnico de un profesional competente y debidamente cualificado que permita atender completamente a los requerimientos que procedan desde la Asistencia Técnica contratada y del propio equipo de obra.

De forma abreviada, estas funciones de apoyo técnico a la Dirección Facultativa serán las siguientes:

Supervisar cualquier anexo al Plan de Seguridad y Salud que redacte el Coordinador de Seguridad y Salud de las obras, previamente a la propuesta del Director Facultativo de las obras al Órgano de Contratación para su aprobación.

Estudiar y validar el Programa de Trabajos presentado por la empresa contratista de las obras, revisado inicialmente por la Asistencia Técnica, para que el Director de las Obras proponga su aprobación al Órgano de Contratación.

Supervisar el Esquema Director de Calidad, redactado por el equipo de la Asistencia Técnica, previamente a su aprobación por el Director de las Obras.

Supervisar diferentes propuestas al Director de las Obras, elaboradas por el equipo de la Asistencia Técnica contratada, referidas a diversos temas o incidencias, tales como:

1. Aprobación de los materiales, maquinaria y medios auxiliares que el contratista pretenda utilizar para la ejecución de las obras.

2. Expedientes de reposición de Servicios Afectados.

3. Instrucciones al contratista para que las obras se ejecuten con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en los documentos contractuales.

4. Certificaciones y abonos a cuenta.

5. Posible solicitud de autorización del Órgano de Contratación para el inicio del expediente de modificación del contrato.

6. Posible suspensión total o parcial de la obra.

7. Instrucciones necesarias al contratista cuando las obras no se encuentren en estado de ser recibidas.

8. Acta de medición general de las obras que da pie a la tramitación de la certificación final de las obras.

9. Informe sobre el estado de las mismas para proceder a la devolución de la garantía.

10. Proyecto de Liquidación de las Obras.

11. Cualesquiera informes encargados por el Órgano de Contratación.

La ejecución de las actuaciones encomendadas se realizará de conformidad con las normas e Instrucciones que emita la Dirección General de Infraestructuras.

Cuarto. El plazo de duración de la encomienda será la suma del plazo de ejecución restante de la obra y del plazo de garantía de 12 meses de la misma, a contar desde el día siguiente al del acto formal de recepción o conformidad. La Dirección General de Infraestructuras podrá dar por finalizada esta encomienda con anterioridad a dicho plazo, tanto por finalización del mismo como por pérdida del objeto del contrato de obras asociado o bien porque los resultados con las Administraciones y terceros afectados hagan inviable la culminación del contrato de obra propuesto o por cambio de finalidad.

Quinto. Designar Director de Actuación a la persona titular del Servicio de Carreteras de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, quien tendrá funciones de inspección general del encargo, coordinación entre las distintas instancias interesadas, así como de evaluación y control del cumplimiento de los objetivos de la presente encomienda. El Director de Actuación emitirá informes de evaluación de la encomienda, al menos trimestralmente y señalará si se están cumpliendo las prescripciones ordenadas y, en su caso, propondrá la finalización anticipada de la encomienda en caso de finalización o incumplimiento de las instrucciones acordadas.

Sexto. La presente encomienda surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En Sevilla, a 7 de octubre de 2021.- La Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, P.D. (Orden de 11 de junio de 2019, BOJA núm. 113, de 14.6.2019), el Viceconsejero de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Fdo. Mario Muñoz-Atanet Sánchez.

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