Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 02/02/2021

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 28 de enero de 2021, de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de un contrato de Profesor Contratado Doctor para Personal Investigador Doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el Certificado I3.

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y a tendiendo a la tasa de reposición de efectivos fijada en el artículo 19.uno.2 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, prorrogados automáticamente para el ejercicio 2019 así como lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, prorrogados automáticamente para el ejercicio 2019 y una vez obtenida la Orden de autorización de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la Junta de Andalucía, de fecha 30 de mayo de 2019, según lo dispuesto en el Decreto 54/2013, de 21 de mayo (BOJA de 31 de mayo de 2013), y la Resolución de 28 de marzo de 2019, de la Universidad de Almería, por la que se aprueba nueva Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador para el año 2019 (BOJA de 4 de abril de 2019).

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones conferidas por los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, ha resuelto convocar a concurso la plaza que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas generales.

1.1. Al presente concurso le será aplicable la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13 de abril); el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería; los Acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables, particularmente el adoptado en fecha 3 de mayo de 2019, por el que se aprueba el Reglamento de la Universidad de Almería que regula el procedimiento de los concursos de plazas de profesorado contratado doctor; por las presentes bases de convocatoria, las normas de general aplicación y, en lo no previsto, las disposiciones que regulan el régimen general de ingreso en las Administraciones Públicas y el régimen de profesorado universitario.

1.2. El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso de valoración de méritos, en virtud del cual las Comisiones valorarán muy especialmente la especificidad del currículum de los aspirantes en relación con la actividad docente e investigadora y con el área de conocimiento a la que pertenece la plaza convocada.

1.3. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán respetar los horarios establecidos por los Centros y las actividades docentes asignadas por los Departamentos.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos en la presente convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, según lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril.

También podrán participar los descendientes y el cónyuge de un ciudadano de la Unión Europea, y los descendientes del cónyuge, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y que los descendientes sean menores de veintiún años o mayores de edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.

Si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del español, las respectivas comisiones de selección podrán establecer, en su caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.

b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.2. Asimismo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de Doctor.

b) Disponer de evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ANECA, o de la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento, DEVA (Antigua Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria), para la figura de Profesor Contratado Doctor.

c) Haber finalizado el Programa Ramón y Cajal con anterioridad al 30/04/2021 y haber obtenido el Certificado I3.

2.3. Los requisitos establecidos en la presente convocatoria deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante la vigencia del contrato.

3. Solicitudes.

3.1. La solicitud para participar en estas pruebas selectivas se ajustará al modelo que estará disponible en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería y que figura como Anexo II de la presente convocatoria.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector de la Universidad de Almería, a través del Registro General de esta, sito en Carretera de Sacramento, s/n, La Cañada de San Urbano (04120 Almería), o por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Registro General de la Universidad de Almería. Adicionalmente, los solicitantes que opten por un medio de presentación distinto al Registro de la Universidad de Almería deberán remitir copia de la primera página de su solicitud debidamente registrada (siendo visible el sello con la fecha y lugar de presentación) mediante un correo electrónico a la dirección infopdi@ual.es.

3.3. Las personas interesadas en participar en el presente concurso deberán abonar a la Universidad de Almería la cantidad de 35 euros en concepto de derechos de examen, especificando nombre, apellidos, número de documento nacional de identidad o pasaporte y el código de la plaza a la que concursa. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en la cuenta corriente de Cajamar número ES06 3058.0130.182731007006, con el título «Universidad de Almería, Concursos y Oposiciones», abierta en dicha entidad.

La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

3.4. Los aspirantes deberán presentar, junto con la solicitud, la siguiente documentación.

a) Fotocopia del documento nacional de identidad para los aspirantes que posean nacionalidad española.

Los aspirantes que no posean nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar certificación expedida por la autoridad competente de su país que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo cuando esta circunstancia proceda. Asimismo, en el supuesto de aquellos aspirantes que participen en las presentes pruebas selectivas por su condición de cónyuges, deberán presentar, además de los documentos señalados, declaración jurada de no hallarse separados de derecho de su respectivo cónyuge. Los documentos que así se precisen deberán presentarse traducidos al español.

b) Documentación justificativa de que reúne los requisitos exigidos en la base 2.2 de la presente convocatoria.

c) Currículum que deberá ajustarse al modelo disponible en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos, y que figura como Anexo III de la presente convocatoria, al modelo normalizado por la ANECA, al Modelo CVN (Curriculum Vitae Normalizado) u otros modelos oficiales. Se presentará obligatoriamente en papel, debidamente identificado con el nombre del concursante y el número de la plaza.

d) Resguardo que justifique el pago correspondiente a los derechos de participación en el concurso.

3.5. Los errores de hecho apreciados por la Universidad que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a solicitud de los interesados.

3.6. Las notificaciones que tengan que efectuarse personalmente, se practicarán en el lugar señalado a efectos de notificación por los aspirantes en sus solicitudes de participación, siendo responsabilidad exclusiva del concursante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a la Administración de cualquier cambio de dicho lugar a efectos de notificación. No se practicarán notificaciones personales, cuando en esta convocatoria esté prevista la publicación pertinente en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos.

3.7. Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido por la Comisión encargada de resolver el concurso.

3.8. Serán excluidos aquellos aspirantes que no presenten los documentos señalados en la base 3.4 de esta convocatoria, así como los que presenten la instancia fuera de plazo. En ningún caso será subsanable la falta de abono de los derechos de examen durante el plazo de presentación de instancias.

4. Admisión de aspirantes y notificaciones.

4.1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las relaciones de admitidos y excluidos, adjudicaciones, comunicaciones, requerimientos y demás actos integrantes del presente concurso se publicarán en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, sustituyendo estas publicaciones a la notificación personal a los interesados y surtiendo sus mismos efectos.

4.2. Dichos documentos podrán publicarse adicionalmente en la página web del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de esta Universidad: http://www.ual.es (Epígrafes: Universidad > Servicios Generales > Servicio de Gestión de Recursos Humanos > Convocatorias), careciendo esta publicación web de los efectos de notificación a los que hace referencia el apartado anterior.

4.3. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará una resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Dicha resolución, junto con las listas completas de admitidos y excluidos, se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, con los efectos previstos en la base 4.1.

4.4. Contra dicha resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución que aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos. La presentación de nueva documentación fuera del plazo anteriormente establecido implicará su no consideración por parte de la Comisión.

4.5. Transcurrido el plazo anterior sin que se hubieran presentado reclamaciones o resueltas las que se hayan podido presentar, el Rector dictará resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma establecida en la base 4.1, y que servirá de notificación a los interesados. En el caso de que todos los aspirantes estuvieran admitidos en la relación provisional, esta devendrá en definitiva el día siguiente al de su publicación, pudiendo interponerse contra la misma recurso contencioso-administrativo ente el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de dicha resolución, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio); o con carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5. Comisión de Selección.

5.1. La composición de la Comisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento de la Universidad de Almería que regula el procedimiento de los concursos de plazas de profesorado contratado doctor aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería de 3 de mayo de 2019, es la que figura como Anexo IV de esta convocatoria.

5.2. La comisión deberá constituirse en el plazo máximo de tres meses desde el día siguiente a aquel en que se publique la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. Para ello, el Presidente de la Comisión, una vez realizadas las consultas oportunas con los restantes miembros, notificará a éstos la convocatoria del acto de constitución, señalando lugar, fecha y hora.

5.3. Transcurrido el plazo de constitución sin que esta hubiese tenido lugar, el Rector procederá de oficio a la sustitución del Presidente de la Comisión. El nuevo Presidente deberá convocar la constitución de la nueva Comisión en un plazo de un mes desde la publicación de su composición.

5.4. Para que la Comisión se constituya válidamente se precisará la asistencia de la totalidad de sus miembros titulares. Los miembros titulares que no asistiesen al acto de constitución cesarán y serán sustituidos por miembros suplentes.

Una vez constituida la Comisión, para que esta pueda actuar válidamente será necesaria la participación de, al menos, dos de sus miembros. En caso de ausencia del Presidente, actuará como tal el miembro de la Comisión de mayor categoría y más antigüedad.

5.5. La Comisión, en su funcionamiento, actuará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.6. En el mismo acto de constitución, la Comisión fijará y hará públicos los criterios para la adjudicación de las plazas, que respetarán los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Entre dichos criterios deberá figurar necesariamente los siguientes:

a) Adecuación del historial académico o currículum vitae del candidato al área de conocimiento y perfil, en su caso, de la plaza.

b) El historial académico o curriculum vitae, incluyendo la formación académica, la actividad docente y la actividad investigadora.

c) El proyecto docente referido a alguna de las asignaturas obligatorias de los planes de estudio de la Universidad de Almería correspondientes al área de conocimiento, así como el proyecto investigador.

d) Capacidad para la exposición y debate.

6. Acto de presentación de los candidatos.

6.1. El Presidente de la Comisión, una vez realizadas las consultas oportunas con los restantes miembros, notificará a todos los candidatos admitidos al concurso, con una antelación mínima de 10 días naturales, la convocatoria para el acto de presentación, señalando el lugar, fecha y hora de su celebración, que podrá tener lugar inmediatamente después de la constitución de la Comisión.

6.2. En el acto de presentación, que será público, los candidatos entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente documentación:

a) Historial académico o curriculum vitae por triplicado, así como un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.

b) Proyecto docente e investigador por triplicado.

c) Un resumen del tema elegido libremente entre los presentados en su proyecto docente para su exposición oral por triplicado.

6.3. Todos los méritos alegados por los concursantes deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La Comisión no valorará aquellos méritos que, siendo alegados en el currículum detallado, no estén debidamente justificados.

6.4. En el acto de presentación y si hay más de un candidato, se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de los candidatos. Asimismo, se fijará el lugar, la fecha y la hora del comienzo de las pruebas, circunstancias que se harán públicas por la Comisión. Las pruebas deberán comenzar en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente al del acto de presentación.

6.5. El Presidente de la Comisión garantizará que la documentación entregada en el acto de presentación esté disponible para que pueda ser examinada por todos los candidatos antes del inicio de las pruebas.

7. Desarrollo de las pruebas.

El concurso constará de una prueba única, con dos partes:

a) En la primera parte, el candidato expondrá oralmente, durante un tiempo máximo de 60 minutos, su historial académico o curriculum vitae y su proyecto docente e investigador. Seguidamente la Comisión debatirá con el candidato sobre los anteriores extremos durante un tiempo máximo de 90 minutos.

b) En la segunda parte de la prueba, el candidato expondrá oralmente, durante un tiempo máximo de 60 minutos, el tema que haya elegido libremente de entre los presentados en su proyecto docente. Una vez realizada la exposición del tema, la Comisión debatirá con el concursante, durante un tiempo máximo de 90 minutos, acerca de los contenidos expuestos, cuestiones metodológicas y de todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el tema presentado.

Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado de valoración general que tendrá en cuenta todos los aspectos evaluados en la prueba. A la vista de estos informes, la Comisión procederá a realizar una valoración mediante puntuación para determinar la propuesta de provisión de plaza.

Una vez terminado el concurso, la Universidad de Almería hará públicos los resultados de la evaluación de cada candidato, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.

8. Propuesta de provisión de plazas y duración del concurso.

8.1. La Comisión propondrá, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden de preferencia para la formalización del contrato, y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso.

8.2. El concurso podrá concluir con la propuesta de la Comisión de no provisión de plazas.

8.3. El tiempo transcurrido entre la constitución de la Comisión y la resolución del concurso de acceso no podrá exceder de cuatro meses. A efectos de cómputo de los plazos se excluirá el mes de agosto y los períodos declarados inhábiles en la Universidad de Almería, durante los cuales no tendrán lugar actuaciones de las Comisiones de selección.

8.4. En el caso de candidatos en situación de disfrute de licencia por maternidad o paternidad, podrá suspenderse el plazo de duración del concurso señalado en el punto anterior, a petición del interesado, en tanto se mantenga la situación de licencia señalada.

9. Reclamaciones, propuesta de provisión de plazas y nombramientos.

9.1. Los interesados, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de provisión, podrán presentar reclamación con cuantas alegaciones estimen conveniente, debiendo resolver la Comisión dichas reclamaciones en los 10 días hábiles siguientes a la finalización del referido plazo de alegaciones.

9.2. Contra la resolución de la reclamación anterior, podrá interponerse un recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante el Rectorado de la Universidad de Almería, que resolverá una vez recabada la información necesaria. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se entenderá desestimado el recurso y quedará expedita la vía procedente.

9.3. Resueltas las posibles reclamaciones o transcurrido el plazo establecido al efecto sin que se hayan producido, la Comisión de Selección elevará la propuesta motivada de provisión definitiva al Rector, que dictará resolución aprobando, en su caso, dichas propuestas y adjudicando los contratos que correspondan, adjudicación que la Universidad de Almería hará pública.

9.4. El candidato objeto del nombramiento deberá formalizar el contrato y presentar la documentación requerida necesaria, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir de la publicación de la resolución de adjudicación de la plaza correspondiente. En el supuesto de que en el plazo señalado los aspirantes propuestos para su contratación no presentaran la documentación o no formalizaran el contrato, se entenderá que renuncian a la firma del mismo.

9.5. La interposición del recurso de alzada al que se refiere el punto 2, no tendrá efectos suspensivos en la propuesta de nombramiento o formalización del contrato, salvo que el Rectorado, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación, o, aprecie en la fundamentación de la impugnación la existencia manifiesta de causa de nulidad de pleno derecho. A tal fin se formalizará el contrato laboral con la persona propuesta, sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso tanto en vía administrativa como jurisdiccional, llevará consigo la extinción de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como condición resolutoria de la misma.

10. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.

10.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, le informamos que la Universidad de Almería, sita en Edificio de Gobierno Paraninfo, 3.ª planta, Ctra. Sacramento, s/n, La Cañada de San Urbano, CP 04120 Almería, es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección electrónica: dpo@ual.es.

10.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la Universidad de Almería no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la Universidad de Almería, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.

10.3. En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la Universidad de Almería garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.

10.4. En cualquier momento, los interesados podrán ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación o Portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).

11. Disposición final.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa en virtud de los artículos 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y 122 de los Estatutos de la Universidad de Almería, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio); o con carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Almería, 28 de enero de 2021.- El Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

ANEXO I

Número de plaza: 02/2019/CDI3.

Dotación: 1.

Departamento: Biología y Geología.

Área/Ámbito: Geodinámica Externa.

Actividad docente: Geodinámica Externa-Geología.

ANEXO IV

Número de plaza: 02/2019/CDI3.

1. Comisión titular:

Presidente: José María Calaforra Chordi, Catedrático de Universidad de la Universidad de Almería.

Vocales:

- Francisco Sánchez Martos, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Almería.

- Ángela Vallejos Izquierdo, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Almería.

2. Comisión suplente:

Presidente: María Luisa Calvache Quesada, Catedrática de Universidad de la Universidad de Granada.

Vocales:

- Juan Pedro Rigol Sánchez, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Almería.

- Rosario Jiménez Espinosa, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Almería.

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