Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 02/02/2021

4. Administración de justicia

Tribunales de Instancia Mercantil

Edicto de 27 de noviembre de 2020, de la Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Tercera, dimanante de autos núm. 156/2019. (PP. 3068/2020).

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NlG: 4109142120190016450.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 156/2019. Negociado: 3.

De: Carnes y Pescados Hermanos Rosso, S.L.

Procuradora: Sra. María Dolores Viñals Álvarez.

Contra: Bella2h Restaurantes, S.L., don David Rivas Rodríguez, don Carlos López Carillo, don Jesús María Hernández Sánchez, don Antonio Baltasar Doblas Santana y don Francisco Javier López Carrillo.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 156/2019 seguido en el Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 3.ª) a instancia de Carnes y Pescados Hermanos Rosso, S.L., contra Bella2h Restaurantes, S.L., don David Rivas Rodríguez, don Carlos López Carillo, don Jesús María Hernández Sánchez, don Antonio Baltasar Doblas Santana y don Francisco Javier López Carrillo, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCiA núm. 439/20

En Sevilla, a 27 de noviembre de 2020.

Vistos por mi, don Miguel Ángel Navarro Robles, Magistrado-Juez del Tribunal de Instancia Mercantil, Sección 3.ª de esta Ciudad y su Partido Judicial los presentes autos de juicio ordinario sobre Responsabilidad de Administrador seguidos con el número y entre las partes supraindicadas.

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por la representación de la entidad Carnes y Pescados Hermanos Rosso, S.L.,, frente a don David Rivas Rodríguez, don Francisco Javier López Carrillo, don Carlos López Carillo, don Jesús María Hernández Sánchez y don Antonio Baltasar Doblas Santana, en su condición de administradores de la entidad Bella2h Restaurantes, S.L., en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro la responsabilidad solidaria de la demandada a la satisfacción de la deuda social de dicha entidad actuada en las presentes actuaciones, y en su consecuencia, le condeno, a estar y pasar por dicha declaración, y a que abone solidariamente a aquella entidad actora, la cantidad de 5.591,39 euros, con más los intereses legales devengados por dicha suma en la forma que se indica en el Fundamento Jurídico Tercero de esta resolución, y, todo ello, con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial y que deberá ser preparado y, en su caso, interpuesto ante este Juzgado.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Bella2h Restaurantes, S.L. y don Antonio Baltasar Doblas Santana extiendo y firmo la presente.

En Sevilla, a veintisiete de noviembre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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