Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 12/11/2021

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 4 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, por la que se modifica la Resolución de 20 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, por la que se efectúa convocatoria de selección y nombramiento de profesorado para la elaboración de recursos educativos abiertos de enseñanzas no universitarias y se establece la naturaleza de estos.

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La Resolución de 20 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, por la que se efectúa convocatoria de selección y nombramiento de profesorado para la elaboración de recursos educativos abiertos de enseñanzas no universitarias y se establece la naturaleza de estos, tenía por objeto efectuar la convocatoria para la selección y el nombramiento de 185 docentes para la elaboración de recursos educativos abiertos de las materias troncales de Primaria y Secundaria: Matemáticas, Lengua y Primera Lengua Extranjera (Inglés) desde 1.º de Primaria hasta 4.º Educación Secundaria Obligatoria y materias de libre configuración autonómica con contenidos de pensamiento computacional, robótica e investigación aeroespacial aplicada al aula desde 5.º de Educación Primaria hasta 2.º de Bachillerato y se establece la naturaleza de estos recursos.

Y, en la definición de su ámbito temporal se contemplaba cuatro períodos: el primer período será el comprendido entre el nombramiento de todo el profesorado y el necesario para la elaboración del diseño global del proyecto con sus bases tanto pedagógicas como organizativas por parte del equipo de personas que coordinan el proyecto previsto para el primer trimestre del curso 20/21. Los restantes tres períodos serán los comprendidos entre la finalización del diseño global del proyecto y la fecha de finalización de elaboración prevista para marzo de 2022.

Toda vez que el primer período que conllevaba el diseño global del proyecto con sus bases tanto pedagógicas como organizativas por parte del equipo de personas que coordinan el proyecto, ha requerido un tiempo mayor del estimado en la Resolución de 20 de noviembre, es necesario redefinir en esta modificación dicho ámbito temporal.

Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, esta Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa

HA RESUELTO

Primero. Modificación de la Resolución de 20 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, por la que se efectúa convocatoria de selección y nombramiento de profesorado para la elaboración de recursos educativos abiertos de enseñanzas no universitarias y se establece la naturaleza de estos.

Uno.

Se modifica el apartado Primero. Objeto y ámbito temporal que queda redactado como sigue:

«Primero. Objeto y ámbito temporal.

La presente resolución tiene como objeto efectuar la convocatoria para la selección y el nombramiento de 185 docentes para la elaboración de recursos educativos abiertos de las materias troncales de Primaria y Secundaria: Matemáticas, Lengua y Primera Lengua Extranjera (Inglés) desde 1.º de Primaria hasta 4.º Educación Secundaria Obligatoria y materias de libre configuración autonómica con contenidos de pensamiento computacional, robótica e investigación aeroespacial aplicada al aula desde 5.º de Educación Primaria hasta 2.º de Bachillerato y se establece la naturaleza de estos recursos.

Su elaboración se llevará a cabo en dos períodos: el primer período fue el comprendido entre el nombramiento de todo el profesorado y el necesario para la elaboración del diseño global del proyecto con sus bases tanto pedagógicas como organizativas por parte del equipo de personas que coordinan el proyecto, finalizado en julio de 2021. El otro período será el comprendido entre la finalización del diseño global del proyecto y la fecha de finalización de la elaboración de los recursos estimada para el último trimestre del año 2022.»

Dos.

Se modifica el apartado Decimosegundo. Obligaciones del profesorado seleccionado, que queda redactado como sigue:

«Decimosegundo. Obligaciones del profesorado seleccionado.

1. El profesorado seleccionado deberá cumplir con los plazos parciales de entrega que la propia organización del proyecto requiera y los recursos educativos deberán estar concluidos y entregados en la Consejería de Educación y Deporte antes del 31 de diciembre de 2022.

2. El profesorado seleccionado elaborará de forma coordinada los recursos educativos del curso y área o materia adjudicada o ejercerá las funciones de coordinación o asesoramiento adjudicadas, constituyendo equipos de trabajo que se compondrán y organizarán según lo recogido en el Anexo II.

3. El profesorado participará en las reuniones de coordinación de forma telemática salvo convocatorias puntuales que serán presenciales.

4. El profesorado deberá adoptar el comportamiento necesario para el adecuado funcionamiento coordinado del equipo de profesorado.

5. El profesorado deberá aprender y adoptar los procedimientos y métodos requeridos por las personas responsables de la organización del proyecto.

6. El profesorado elaborará los recursos educativos cumpliendo con la naturaleza de estos, recogida en el apartado décimotercero de esta resolución.»

Tres.

Se modifica el apartado Decimocuarto. Remuneración del profesorado seleccionado, que queda redactado como sigue:

«Decimocuarto. Remuneración del profesorado seleccionado.

Por la ejecución del trabajo encomendado, la persona nombrada tendrá derecho a percibir una remuneración de acuerdo con lo establecido en la Orden de 8 de marzo de 2005.

Los conceptos a remunerar son las siguientes:

Modalidad A y B:

Todo el profesorado será remunerado por los siguientes conceptos:

- Redacción de propuestas curriculares.

- Valoración de materiales didácticos con redacción de informe escrito.

- Elaboración de material didáctico u otro recurso educativo en soporte informático.

- Valoración de proyectos y memorias con redacción de informe escrito.

Las personas que ejerzan funciones de coordinación, serán remuneradas, además, por el siguiente concepto:

- Coordinación de equipos encargados de la elaboración de recursos educativos, materiales didácticos o propuestas curriculares.

Modalidad C, D y F:

- Elaboración de material didáctico u otro recurso educativo en soporte informático.

- Valoración de materiales didácticos con redacción de informe escrito.

- Valoración de proyectos y memorias con redacción de informe escrito.

Modalidad E:

- Elaboración de material didáctico u otro recurso educativo en soporte informático.

- Realización de estudio y/o evaluaciones con redacción de informe escrito.

- Valoración de materiales didácticos con redacción de informe escrito.

- Valoración de proyectos y memorias con redacción de informe escrito.

Con el propósito de alinear el esfuerzo realizado con los objetivos del proyecto, los abonos serán efectuados a la entrega de los recursos educativos abiertos que se vayan elaborando, previa aceptación por parte de la organización del proyecto y siguiendo el calendario de pagos estipulado.

Cada REA contendrá los distintos elementos asociados definidos en el diseño pedagógico del proyecto, que serán los resultantes de los distintos conceptos de la orden.

La remuneración por cada uno de los recursos educativos a elaborar será abonada en las anualidades 2021, 2022 y excepcionalmente el primer trimestre del año 2023.»

Segundo. Efectos de la presente resolución.

La presente resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la dirección general competente en materia de innovación educativa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de noviembre de 2021.- El Director General, Antonio Segura Marrero.

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