Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 12/11/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Extracto de la Resolución de 8 de noviembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se convocan las subvenciones públicas, reguladas en la Orden de 14 de octubre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de la Iniciativa para la promoción del Empleo Juvenil en las Zonas de Inversión Territorial Integrada (ITI) de Cádiz y Jaén.

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BDNS (Identificación): 594094.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo podrá consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

1. Se convocan las subvenciones públicas reguladas en la Orden de 14 de octubre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, de la Iniciativa para la promoción del empleo juvenil en las Zonas de Inversión Territorial Integrada (ITI) de Cádiz y Jaén.

2. Las ayudas se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo correspondiente a la siguiente partida presupuestaria, y con una cuantía máxima de 36.994.080 euros.

Línea subvencionable Partida Presupuestaria Importe total
Anualidad 2021
Iniciativa para jóvenes de entre
18 y 29 años de edad.
1039160000 G/32L/46207/00/D2522103N3 36.994.080 €

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, la cuantía máxima fijada en el punto anterior se distribuye en los ámbitos provinciales que a continuación se detallan:

Cádiz:

Línea subvencionable Partida Presupuestaria Importe total
Anualidad 2021
Iniciativa para jóvenes de entre
18 y 29 años de edad.
1039160000 G/32L/46207/11/D2522103N3 21.995.760 €

Jaén:

Línea subvencionable Partidas Presupuestarias Importe total
Anualidad 2021
Iniciativa para jóvenes de entre
18 y 29 años de edad.
1039160000 G/32L/46207/23/D2522103N3 14.998.320 €

Para realizar el reparto territorial de esta dotación presupuestaria, se ha partido de la premisa de la pertenencia a las zonas de Inversión Territorial Integrada de las provincias de Cádiz y Jaén, como medida de contingencia para dar respuesta a necesidades coyunturales o retos concretos de determinadas zonas del territorio andaluz. La asignación se ha efectuado de forma proporcional, en función del número de personas de 18 a 29 años de edad, ambos inclusive, demandantes de empleo no ocupadas, de cada municipio o entidad local autónoma.

3. La presente convocatoria estará abierta durante el periodo de presentación de solicitudes. En el supuesto de que antes de finalizar el mencionado plazo se agotase el crédito establecido en el apartado anterior, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta Andalucía una resolución para su general conocimiento. Dicha publicación pondrá fin al plazo de presentación de solicitudes.

4. El porcentaje de financiación europea se arbitra a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil (POEJ 2014-2020) en los siguientes porcentajes:

Administración de la Junta de Andalucía. Porcentaje: 8,11%.

La Unión Europea, a través del fondo: Programa Operativo de Empleo Juvenil (POEJ 2014-2020) Porcentaje: 91,89%.

5. Las subvenciones quedan acogidas a las opciones de costes simplificados establecidas en los artículos 67.1 y 67.2 bis del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, modificado por el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.

6. Se autoriza a los órganos competentes para conceder subvenciones o ayudas para, con cumplimiento de la normativa reguladora de las subvenciones, dejar sin efecto las convocatorias que no hayan sido objeto de resolución de concesión, así como suspender o no realizar las convocatorias futuras, en los términos establecidos en el artículo 29.2 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.

Segundo. Entidades beneficiarias.

Los ayuntamientos y las entidades locales autónomas pertenecientes a los territorios enmarcados en las zonas de Inversión Territorial Integrada (ITI) de Cádiz y Jaén. En todo caso, las entidades solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos en el apartado 4.a).2.º del cuadro resumen de la Orden de 14 de octubre de 2021, con las excepciones señaladas en el punto 4.d) de ese apartado.

Tercero. Objeto.

1. Esta línea de subvenciones tiene por objeto promover el desarrollo de la empleabilidad de las personas jóvenes desempleadas de los municipios de Cádiz y Jaén mediante la adquisición de experiencia laboral vinculada a una ocupación, a través de su contratación para la realización de proyectos puestos en marcha por ayuntamientos y entidades locales autónomas.

Los proyectos que desarrollen las entidades beneficiarias tendrán una duración máxima de nueve meses. Las personas jóvenes destinatarias recibirán la tutorización de las entidades beneficiarias y contarán con acciones de orientación a través del asesoramiento especializado por parte de profesionales de la orientación del Servicio Andaluz de Empleo.

2. Serán subvencionables las contrataciones realizadas por los ayuntamientos y entidades locales autónomas de las zonas de Inversión Territorial Integrada (ITI) de Cádiz y Jaén, para la realización de actuaciones definidas en el apartado 1 del Cuadro Resumen de la Orden de 14 de octubre de 2021, utilizando la modalidad de contrato por obra y servicio determinado, que especificará el proyecto que constituya su objeto, el cual tendrá autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la entidad beneficiaria y se formalizará por un periodo de 6 meses a jornada completa, de la personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas que tengan una edad comprendida entre los 18 y 29 años, ambos inclusive, y estén inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Los requisitos anteriores deberán cumplirse el día en el que se realice la búsqueda de candidaturas por parte de las Oficinas de Empleo correspondientes.

3. Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones y condiciones específicas establecidas en el apartado en el apartado 22.b)3.º del cuadro resumen.

Cuarto. Régimen jurídico.

Los incentivos que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 14 de octubre de 2021, por la que se se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, de la Iniciativa para la promoción del empleo juvenil en las Zonas de Inversión Territorial Integrada (ITI) de Cádiz y Jaén. (BOJA núm 202, de 20 de octubre de 2021).

Quinto. Cuantía.

Las subvenciones para la contratación realizada por los ayuntamientos y entidades locales autónomas, del colectivo señalado en el apartado 2.a) del cuadro resumen de la Orden de 14 de octubre de 2021, consistirán en un incentivo de 8.880 euros para cada contrato de 6 meses de duración, en un grupo de cotización del 4 al 10.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de este extracto de Convocatoria.

2. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de dichos plazos; la resolución de inadmisión será notificada a la entidad interesada.

Séptimo. Otros datos.

1. Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo que estará disponible en la web del Servicio Andaluz de Empleo a la que se podrá acceder a través del catálogo de procedimientos administrativos, apartado Servicios y Trámites, disponible en:

https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/sae/servicios.html

o bien directamente, en la Ventanilla Electrónica Servicio Andaluz de Empleo a través de la siguiente dirección electrónica: https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web

2. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo competente por razón del territorio, y se presentarán:

En el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/

El Director Gerente del Servicio Andaluz de Empleo, Miguel Ángel Terrero Prada.

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